Resolución de 24 de febrero de 2022, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se acuerda la avocación de la competencia delegada en la Secretaria General del Instituto sobre el conocimiento y tramitación de los contratos administrativos, así como el perfeccionamiento de aquellos cuyo presupuesto no supere los 60.000 € IVA excluido.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00256661.
La Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica como organismo autónomo, confirió a éste personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo previsto en el artículo 4.1.a) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Posteriormente, de acuerdo con la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 216/2011, de 28 de junio, de adecuación de diversos organismos autónomos a las previsiones de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, el Instituto adoptó la forma de agencia administrativa.
Por su parte, el Decreto 359/2003, de 22 de diciembre, modificado por el Decreto 240/2008, de 13 de mayo, aprueba los Estatutos del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica. Actualmente, en virtud del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, se adscribe el Instituto a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
El artículo 10.e) de los Estatutos otorga al titular de la Presidencia la potestad de dictar disposiciones, instrucciones y circulares relativas al funcionamiento y organización interna de esta Agencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Junta de Andalucía; es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y artículos 101, 102 y 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, siendo un principio de actuación básico de esta Agencia el potenciar una estructura flexible que favorezca la coordinación y cooperación entre sus órganos, se hace necesaria una reordenación de las competencias administrativas, en base a lo que se dicto la Resolución de 14 de marzo de 2012, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se delegan competencias en las personas titulares de la Secretaría General y de las Direcciones de los Centros de este Instituto y se dispone la suplencia en las competencias delegadas y en las propias de la Secretaría General.
En el apartado 3.b del resuelvo primero de la citada Resolución de 14 de marzo de 2012, se establece la delegación de competencias en la Secretaría General del Instituto para «el conocimiento y tramitación de los contratos administrativos, así como el perfeccionamiento de aquéllos cuyo presupuesto no supere los 60.000 € IVA excluido».
En consecuencia, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 101, 102 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Avocar la competencia delegada en el apartado 3.b) del resuelvo primero de la Resolución de 14 de marzo de 2012, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se delegan competencias en la persona titular de la Secretaría General y de las Direcciones de los Centros de este Instituto y se dispone la suplencia en las competencias delegadas y en las propias de la Secretaría General, sin perjuicio de la delegación de competencias del resto de elementos y de mantener la delegación de firma de la Resolución de 28 de octubre de 2021 de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se delega la firma de las actuaciones en materia de contratación administrativa en la persona titular de la Secretaría General.
Segundo. La presente disposición surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de febrero de 2022.- La Presidenta, Lourdes Fuster Martínez.
Descargar PDFBOJA nº 43 de 04/03/2022