Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Empresas Públicas y Asimiladas

Anuncio de 21 de febrero de 2022, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, de declaración de proceso selectivo desierto celebrado para acceso al puesto con denominación de Técnico Naval, Grupo II, laboral con carácter fijo, con destino al Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz. (PP. 448/2022).

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Con fecha 1 de junio de 2001, se publicó en el BOJA núm. 103, las bases que han regido el acceso al puesto con denominación de Técnico Naval, Grupo II, laboral con carácter fijo, con destino al Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz. De acuerdo con lo expuesto, se publicaron en el BOJA núm. 168, de 1 de septiembre de 2021, y BOJA núm. 232, de 2 de diciembre de 2021, el listado provisional y definitivo de candidatos respectivamente.

Con fecha 29 de enero de 2022, se han celebrado pruebas selectivas para el acceso al puesto con denominación de Técnico Naval, Grupo II, laboral con carácter fijo, con destino al Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, consistentes en la realización de ejercicio teórico-práctico de la fase de oposición.

De acuerdo con lo establecido en las bases aprobadas que rigen el proceso selectivo, con fecha 31 de enero de 2022, se publicó en la web del Consorcio la plantilla de respuestas correctas con carácter provisional y se indicó que el plazo para presentar alegaciones mediante escrito remitido al correo contratación@cmtbc.es, finalizaba el 7 de febrero de 2022.

Reunida la Comisión de Selección con fecha 11 de febrero de 2022, al objeto de resolver las alegaciones presentadas, y proceder a corregir los ejercicios efectuados por los aspirantes, han sido analizadas y no son tenidas en cuenta por la Comisión de Selección las mismas, considerándose desestimadas y procediendo la elevación a definitiva de dicha plantilla de respuestas publicada en la web del Consorcio. Del resultado de la corrección del ejercicio de carácter teórico-práctico, resulta que ninguno de los aspirantes presentados, ha superado la nota de corte que figura en las base sexta apartado 2.1.b) de 60,50 puntos. De acuerdo con lo anterior, se debe declarar que queda desierto el proceso selectivo.

En consecuencia, esta Gerencia, teniendo en cuenta la autorización otorgada por el Consejo de Administración, en sesión celebrada el 7 de noviembre de 2019, para realizar todas las actuaciones necesarias, así como para dictar cuantas resoluciones requiera la convocatoria, para poder llevar a cabo el procedimiento de selección de dicho puesto de trabajo, así como las competencias estipuladas en el artículo 17 los Estatutos vigentes de este Consorcio, publicados en el BOJA núm. 149, de 5 de agosto de 2019,

RESUELVE

Primero. Aprobar como definitiva la plantilla de respuestas publicada en la web del Consorcio relativa al ejercicio teórico-práctico efectuado el 29 de enero de 2022, y publicada el 31 de enero de 2022.

Segundo. Declarar desierto el proceso selectivo convocado, al no existir candidatos que hayan superado la fase de oposición correspondiente al puesto con denominación de Técnico Naval, Grupo II, laboral con carácter fijo, y con destino al Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y exponer al público, en los lugares establecidos en la base primera, apartado 3 (web del Consorcio y tablón de anuncios del mismo, ubicado en la sede social situada en el Edificio Glorieta, planta 5, Módulos 3 y 4, Zona Franca de Cádiz).

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso, de conformidad a lo estipulado en el artículo 31 de los Estatutos de este Consorcio, publicados en el BOJA núm. 149, de 5 de agosto de 2019, y con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como con los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Cádiz, 21 de febrero de 2022.- La Directora Gerente, Concepción Parra Sesé.

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