Resolución de 1 de abril de 2022, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se da cumplimiento a lo requerido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el procedimiento ordinario número 2016/2021.
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De conformidad con lo requerido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, por oficio dictado en el procedimiento ordinario número 2016/2021, seguido a instancia de don Daniel Barragán Maestre contra las resoluciones de este Instituto de 17 de febrero de 2021, por la que se desestiman los recursos potestativos de reposición interpuestos contra las resoluciones de 27 de octubre de 2020, por la que se aprueban las listas definitivas de personas admitidas y excluidas referentes al proceso de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000), y en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el ejercicio de la competencia delegada por la Orden de 4 de febrero de 2020 (BOJA número 29, de 12 de febrero),
RESUELVO
Primero. Emplazar a las personas interesadas en dicho procedimiento para que se personen como demandadas, si a su derecho conviene, en los autos citados ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de nueve días a contar desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante Abogado y Procurador, o solo Abogado con poder al efecto. De personarse con posterioridad al plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites sin que haya lugar a practicarles notificaciones de clase alguna.
Segundo. Ordenar la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, una vez conste en el mismo la publicación mencionada en el número anterior.
Sevilla, 1 de abril de 2022.- La Directora, María del Mar Caraza Cristín.
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