Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 12/05/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 29 de abril de 2022, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2022.

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De conformidad con en el artículo 13.1 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, que establece que «Durante el año 2021 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal». Estos Presupuestos han sido prorrogados para el año 2022, de acuerdo con el Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.Uno.1 de la Ley 2/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 establece que:

«La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las siguientes tasas de reposición de efectivos:

a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien.»

….

3. Se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición:…

… I) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.

La Ley Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 establece, por otra parte, en el artículo 20.Uno.6 lo que no computa para el límite máximo de la tasa de reposición y en su apartado 7, el procedimiento de cálculo de la tasa de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso.

El cálculo de la tasa de reposición de efectivos, en función del número de personal docente e investigador, que durante el año 2021 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, conforme al cálculo previsto, asciende a 66 plazas. Además, de conformidad con lo establecido en el citado apartado 6, se incluyen 13 plazas de Catedráticos/as de Universidad que se proveerán mediante procesos de promoción interna.

Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20 de la Ley 2/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022; en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, y en el acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2022.

Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a la ley, y efectuada negociación con los órganos de representación del personal docente, ha resuelto:

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla para el año 2022, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de abril de 2022.

Segundo. En la Oferta de Empleo Público se incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, que se determina en el anexo.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la convocatoria para cubrir las plazas anunciadas se realizará mediante resolución del Rector que se publicará en los Boletines Oficiales correspondientes y se ejecutará dentro del plazo máximo establecido.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 9 de mayo de 2022.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.

ANEXO

Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la

Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla

Año 2022

GRUPO CUERPO/CATEGORÍA TOTAL DE PLAZAS
A1 Profesores Titulares de Universidad en aplicación de la tasa de reposición. 25
A1 Profesores Contratados Doctores en aplicación de la tasa de reposición. 31
A1 Profesores Titulares de Universidad por incorporación de Ramón y Cajal, en aplicación de la tasa de reposición, para personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3, en aquella categoría para la que se esté acreditado.
En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3, en aquella categoría para la que se esté acreditado.
10
A1 TOTAL PLAZAS DE NUEVO INGRESO 66
A1 PROMOCIÓN INTERNA: Catedráticos de Universidad que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna. 13
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