Orden de 30 de mayo de 2023, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, y se efectúa su convocatoria.
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La Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, y se efectúa su convocatoria, establece en el artículo 2.5 que las solicitudes se presentarán en el Formulario de Solicitud (Anexo II) en el plazo de seis meses a contar desde las 00:00 del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
Teniendo en cuenta que la finalidad para la que están destinadas estas subvenciones supone una gran oportunidad de transformación, modernización y competitividad del sector turístico, propiciando la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, se considera oportuno ampliar el plazo de presentación de solicitudes para facilitar la máxima participación de las entidades del sector del turismo, al considerarse sector estratégico en Andalucía, que impulsa el empleo y la riqueza en la Comunidad Autónoma.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Turismo, de conformidad con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, modificado por el Decreto 78/2023, de 4 de abril,
DISPONGO
Primero. Ampliar hasta el 23 de septiembre de 2023, inclusive, el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 2.5 de la Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, y se efectúa su convocatoria.
Segundo. La presente orden producirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Sevilla, 30 de mayo de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA | |
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte |
BOJA nº 108 de 08/06/2023