Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Anuncio de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, por el que se da publicidad a la Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se delega en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén, la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada de la actuación «Aprovechamiento de aguas regeneradas para riego» en las provincias de Jaén y Granada, promovido por la Comunidad de Regantes de Alcalá la Real y de sus modificaciones.

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El Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, dispone en su artículo 7 que la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada cuando la actuación afecte a más de una provincia corresponde a la Dirección General competente en materia de prevención y control ambiental, salvo que delegue dicha competencia a una de las Delegaciones Territoriales afectadas.

Según el proyecto presentado por el promotor Comunidad de Regantes de Alcalá la Real, la actuación del proyecto «Aprovechamiento de aguas regeneradas para riego», se localiza entre las provincias de Jaén y Granada.

El proyecto tiene por objeto la construcción de una serie de infraestructuras de riego y energía, para regar una superficie 399,71 ha dedicada al cultivo del olivar, mediante el aprovechamiento de las aguas regeneradas procedentes de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Alcalá la Real.

El agua tratada se captará del laberinto de cloración de la EDAR, desde ahí se transportará hasta una arqueta, que repartirá el volumen de agua captada para su uso posterior, así como el destinado a mantener el caudal ecológico del vertido de la depuradora. Esta arqueta garantizará que el volumen de agua captado no será superior al 80% del volumen de vertido.

En dicha arqueta se dispondrá una cántara para impulsar el agua captada hacia la balsa de regulación, pasando previamente por una estación de tratamiento terciario ubicada en una parcela cercana a la EDAR. Estas instalaciones de tratamiento cubrirán las necesidades de calidad del agua de riego de la comunidad.

El tratamiento terciario propuesto se basará en los procesos de filtración y de tratamiento con hipoclorito para asegurar el cumplimiento de los parámetros indicados en el real decreto,mencionado anteriormente.

En la balsa proyectada se acumulará el volumen de agua necesario para el riego de la Comunidad de Regantes. La balsa garantizará la disponibilidad de agua, ya que la Comunidad de Regantes será quien regule el agua captada.

La zona regable de la Comunidad de Regantes se divide en cuatro sectores. Los sectores 1 y 2 se abastecerán directamente del agua que se impulsará desde la balsa, mientras que el agua para el riego del sector 3 se impulsará hasta un depósito que servirá como arqueta de rotura de carga, desde el cual a su vez reimpulsará el agua a las parcelas de este sector. El sector 2.b) tendrá un esquema de funcionamiento muy similar al del sector 3, con una reimpulsión, aunque tiene la particularidad de que el abastecimiento al depósito de rotura de carga se hace desde la red de distribución del sector 2 y no con una tubería independiente.

Para suministrar las presiones necesarias a cada sector de riego se proyectan tres estaciones de bombeo.

Se proyecta una red de riego telescópica, con una estructura ramificada, en las que el camino que sigue el agua para llegar a cada una de las tomas en parcela es único, sin posibilidad de itinerarios alternativos. Teniendo en cuenta la extensión que ocupa la comunidad de regantes y la dispersión de las parcelas a lo largo de varios términos municipales, se ha establecido la división de la misma en cuatro sectores de riego.

Los equipos de la Comunidad de Regantes se abastecerán desde varias fuentes de suministro eléctrico, siendo necesario ejecutar las conexiones con la red eléctrica. Para cada conexión se dispondrá un nuevo centro de transformación y se ejecutará una nueva instalación eléctrica de baja tensión.

La instalación fotovoltaica en proyecto, que dará suministro a la estación de bombeo, se llevará a cabo utilizando la tecnología fija flotante, en la balsa proyectada. La planta estará compuesta de 630 módulos de 545 Wp, o similar, conectados en series de 18 unidades por cada string, alcanzando una potencia total de 343 kWp. Para cubrir la potencia prevista de la planta fotovoltaica será necesario el uso de 3 inversores de 100 kW cada uno, para alcanzar un total de 300 kWn.

Para la telegestión de las infraestructuras se prevé la implementación de un sistema de telecontrol integral centralizado, que integrará tanto la automatización y telecontrol de la entrada de agua al sistema de la comunidad de regantes, el sistema de llenado de la balsa, así como el telecontrol de la red de riego.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 25 de noviembre de 2022, tienen entrada en el Registro General de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, procedente de la Comunidad de Regantes de Alcalá la Real, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada y documentación adjunta del citado proyecto, en aplicación del artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la autorización ambiental unificada.

Segundo. Con fecha 15 de diciembre de 2022 se emite Propuesta de Resolución de Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se delega en la persona titular de la Delegación Territorial de de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén la competencia para la instrucción y resolución de la actuación del proyecto «Aprovechamiento de aguas regeneradas para riego», en las provincias de Jaén y Granada, promovido por la Comunidad de Regantes de Alcalá la Real, y de sus modificaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, entró en vigor el 20 de enero de 2008. Esta, en su artículo 27, establece las actuaciones, tanto públicas como privadas, que deberán someterse a autorización ambiental unificada.

Segundo. La instalación de referencia se encuadra en los siguientes epígrafes del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía:

- 8.1. Presas, embalses y otras instalaciones destinadas a retener el agua o almacenarla siempre que su capacidad de almacenamiento, nuevo o adicional, sea superior a 200.000 metros cúbicos.

- 9.5. Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura, con inclusión de proyectos de riego o de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor de 10 hectáreas o bien proyectos de consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas.

Se encuentra sometida a autorización ambiental unificada.

Tercero. De conformidad con el artículo 29 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, la tramitación y resolución del procedimiento para la obtención de la autorización ambiental unificada corresponde a la Consejería competente en materia de medio ambiente.

Cuarto. Esta Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático, en aplicación del artículo 7.2 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, entiende que, dado que la instalación de la balsa y el campo fotovoltaico se encuentran en la provincia de Jaén, procede realizar la delegación de la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de Autorización Ambiental Unificada de la actuación referenciada, así como sus modificaciones, en la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén.

Quinto. Por ello, teniendo en cuenta el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, que en su artículo 12.1 indica que corresponde a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible, y de conformidad con el artículo 7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, y las disposiciones adicionales tercera y novena del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, así como del artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

RESUELVO

Primero. Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Jaén, la competencia para la instrucción y resolución de los procedimientos de autorización ambiental unificada del proyecto «Aprovechamiento de aguas regeneradas para riego», en las provincias de Jaén y Granada, promovido por la Comunidad de Regantes de Alcalá la Real, y de sus modificaciones.

Segundo. La persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático podrá en cualquier momento, mediante resolución motivada, avocar la competencia delegada en esta resolución.

Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. La delegación prevista en la presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de diciembre de 2022.- La Directora General, María López Sanchís.

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