Acuerdo Plenario de 30 de marzo de 2023, del Ayuntamiento de Mengíbar, para el inicio del procedimiento para la adopción de los símbolos gráficos (logotipos) señalados en la propuesta de símbolos y en el informe preceptivo que se incorpora al expediente, para su uso en las plataformas digitales oficiales del Excmo. Ayuntamiento de Mengíbar. (PP. 2454/2023).
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El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 30 de marzo de 2023, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
«CUARTO. EXPEDIENTE 747/2023. PROPUESTA DE ALCALDÍA SOBRE INICIACIÓN DE OFICIO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ADOPCIÓN DE SÍMBOLOS GRÁFICOS (LOGOTIPOS) PARA SU USO EN LAS PLATAFORMAS DIGITALES OFICIALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MENGÍBAR.
Las redes sociales se están constituyendo como una de las principales herramientas de comunicación con el ciudadano, ya que abren la posibilidad de interacción entre usuarios y también la posibilidad de aumentar la relación entre Administración y ciudadano, es por lo que deben mostrarse a la ciudadanía con una imagen adecuada conforme a la identidad gráfica corporativa, como puede ser, el escudo oficial inscrito con fecha 17 de septiembre de 2004 (BOJA de 5.10.2004) en el Registro Andaluz de Entidades Locales.
El Ayuntamiento de Mengíbar viene utilizando plataformas digitales, como Facebook, Instagram y Twitter, cuya dirección y supervisión es realizada por el gabinete de comunicación, que cuenta con un periodista profesional.
La intención de este Ayuntamiento es establecer unos logotipos que, respetando la forma del escudo oficial de la ciudad, sea una imagen más amigable y moderna para la personalización de las cuentas corporativas, y que deberá ser aprobado por el Pleno, en cumplimiento de los artículos 6 y 14 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículos 186 y 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Resultando que de conformidad con lo señalado en los artículos 5 y 6 de la Ley 6/2003 el procedimiento para la adopción de símbolos podrá iniciarse de oficio, debiendo incluir el acuerdo de iniciación una propuesta de símbolo acompañada de un informe emitido por perito en la materia según la naturaleza del símbolo.
Resultando que se ha incorporado al expediente una propuesta de símbolos gráficos (logotipos), en la que se incluye informe emitido por don Luis Miguel Chica Fuentes de la agencia creativa “The Ad Store”.
Visto el Informe de Secretaria núm. 16/2023, de 22 de marzo de 2023, en el que se concluye que:
- El Ayuntamiento de Mengíbar en cumplimiento de la legalidad vigente tiene inscritos como símbolos en el Registro de Entidades Locales de Andalucía, el escudo, la bandera y el logotipo.
- La incorporación de un nuevo símbolo oficial o la actualización de uno existente en el Registro Andaluz de Entidades Locales se realizará de acuerdo con el procedimiento señalado en el presente informe y que se encuentra regulado en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, con las limitaciones y prohibiciones señaladas en los artículos 4 y 18 de la Ley referenciada.
Por todo ello, esta Alcaldía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.b), en relación con el 47.2.e), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al Ayuntamiento Pleno propone la adopción del siguiente
ACUERDO
Primero. Iniciar de oficio el procedimiento para la adopción de los símbolos gráficos (logotipos) señalados en la propuesta de símbolos y en el informe preceptivo que se incorpora al expediente, para su uso en las plataformas digitales oficiales del Excmo. Ayuntamiento de Mengíbar, por reunir la misma todos los requisitos enumerados en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía.
Segundo. Publicar el acuerdo de inicio en el tablón de edictos de la Entidad Local y en las emisoras de radio y televisión locales, si las hubiese.
Tercero. Abrir un período de información pública por plazo de veinte días, a contar dentro de los quince días siguientes desde este acuerdo, mediante anuncio publicado en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Mengíbar; en las emisoras de radio y televisión locales, si las hubiese y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén.
Cuarto. Citar expresamente a las asociaciones vecinales y aquellas otras cuyo objeto social esté directamente relacionado con la conservación y promoción del patrimonio histórico, artístico y cultural de la Entidad Local que estén inscritas en el Registro.
Quinto. Solicitar información al Registro Andaluz de Entidades Locales respecto al símbolo que se vaya a aprobar con la finalidad de que no sea idéntico o induzca a error o confusión con otros válidamente inscritos.»
Mengíbar, 30 de marzo de 2023.- El Alcalde-Presidente, Juan Bravo Sosa.
Descargar PDFBOJA nº 148 de 03/08/2023