Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Presidencia de la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta, por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de la persona titular de la Gerencia de la Fundación.
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La Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta, entidad instrumental del sector público andaluz adscrita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, precisa cubrir el puesto de Gerente, mediante contrato laboral de Alta Dirección, establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
Sobre el personal directivo de las entidades del sector público andaluz, el artículo 25 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, establece: «1. Es personal directivo de las agencias de régimen especial, de las agencias públicas empresariales, de las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz y de los consorcios, el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas (...)».
«El personal directivo profesional de estas entidades será designado atendiendo a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad. La valoración de esa idoneidad de los aspirantes a personal directivo profesional ha de corresponder exclusivamente a comités calificadores compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. Asimismo, deberán quedar justificados el mérito, la capacidad y la idoneidad por las que el personal directivo profesional ha sido designado para estas entidades.»
Así mismo, los Estatutos de la citada Fundación establecen, en su artículo 19, que la persona que ocupe el puesto de Gerencia será contratada por la Fundación en régimen laboral de Alta Dirección teniendo en cuenta los principios de mérito, capacidad e idoneidad, estando su contrato sometido a los límites, requisitos y condiciones del personal directivo de las entidades instrumentales del sector público andaluz.
Igualmente es de aplicación a la presente convocatoria el principio de publicidad mediante el anuncio de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Portal de la Junta de Andalucía y en la web de la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta.
El Presidente de la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 de los Estatutos de la Fundación Rodríguez-Acosta y conforme al Acuerdo del Patronato de la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta de 28 de junio de 2023, aprueba la convocatoria del proceso de selección con arreglo a las siguientes
BASES
Primera. Normas generales.
1.1. Objeto.
Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión, en régimen laboral especial de alta dirección con dedicación exclusiva, del puesto de trabajo de Gerente, cuyo perfil profesional se indica seguidamente.
1.2. Denominación.
Gerente.
1.3. Descripción del puesto y atribuciones principales.
La persona titular de este puesto directivo, de conformidad con el artículo 19 de los Estatutos, bajo los principios de eficacia, eficiencia, transparencia y calidad, ejercerá las siguientes facultades:
a) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Patronato.
b) Adoptar las medidas organizativas y funcionales necesarias para el adecuado desarrollo de los servicios.
c) La administración y custodia de los recursos financieros, materiales y humanos de la Fundación.
d) Elaborar los presupuestos, y el seguimiento, control y elaboración de las cuentas y balance de la Fundación.
e) Elaborar la propuesta del Plan de Actuación para su aprobación por el Patronato y desarrollar su ejecución.
f) Formalizar los contratos del personal de la Fundación conforme a la normativa aplicable a las entidades instrumentales del sector público.
g) Elaborar y custodiar el inventario de bienes de la Fundación.
h) Las demás funciones que le sean encomendadas por el Patronato para el mejor cumplimiento de sus objetivos.
Segunda. Condiciones básicas de la contratación.
2.1. Régimen jurídico.
La contratación estará sometida a la relación laboral de carácter especial de alta dirección regulada en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía; en el artículo 25 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, y en la normativa de general y particular aplicación.
2.2. Duración del contrato.
Sin perjuicio de la aplicación cuando proceda de las causas de cese legalmente establecidas, el presente contrato se suscribe por tres años prorrogables, con un período de prueba de cuatro meses.
2.3. Retribuciones e incompatibilidades.
La persona titular de este puesto directivo, como persona que ejercerá funciones ejecutivas de máximo nivel, estará sujeta al régimen de incompatibilidades de altos cargos previsto en la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, y su normativa de desarrollo, por lo que en el ejercicio del cargo deberá desarrollarse en régimen de dedicación absoluta y exclusiva, siendo incompatible con cualquier otro cargo, profesión o actividad públicos o privados, incluidos la docencia y los cargos electivos de representación popular en colegios, cámaras o entidades que tengan atribuidas funciones públicas, salvo las excepciones establecidas en el artículo 3 de la ley.
Para el régimen retributivo se estará a lo dispuesto en las leyes de presupuestos anuales, así como al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2012, en cuanto a la equiparación de las retribuciones máximas con las Direcciones Generales o Viceconsejerías, incluyendo las retribuciones básicas así como otros conceptos que pudieran ser de aplicación según la normativa de desarrollo citada por la Comunidad Autónoma Andaluza.
2.4. Centro de trabajo.
El centro de trabajo está en Callejón Niños del Rollo, número 8, de Granada.
Tercera. Requisitos mínimos.
3.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán cumplir en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación los siguientes requisitos mínimos:
a) Poseer titulación universitaria oficial de licenciatura o grado superior.
b) Experiencia acreditada en planificación y gestión de objetivos estratégicos en gestión cultural.
c) Experiencia acreditada en materia de recursos humanos. Concretamente, la persona aspirante debe poseer experiencia y capacidad para definir, planificar, coordinar y evaluar la gestión y administración de los recursos humanos y para adoptar medidas para la prevención y resolución de situaciones de conflicto en materia de recursos humanos.
d) Experiencia acreditada en materia jurídica y de recursos económicos y financieros. Concretamente, la persona aspirante debe poseer experiencia y capacidad para definir, planificar, coordinar y evaluar la gestión jurídica y de administración de los recursos económicos y financieros.
e) Experiencia acreditada en planificación y gestión de los Sistemas de Información. Concretamente, la persona aspirante debe poseer experiencia y capacidad para definir, planificar, coordinar y evaluar la gestión de los recursos tecnológicos.
f) Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
1.º Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el órgano administrativo nacional competente.
2.º Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.
3.º No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.2. Los requisitos 3.1. b), c), d) y e) se acreditarán mediante currículum vitae, informe de vida laboral u hoja de prestación de servicios en la Administración, contrato, certificado de puesto desempeñado y funciones realizadas. Así mismo, han de presentar una declaración responsable indicando el cumplimiento de lo establecido en el apartado 3.1. f).3.º) de la base tercera.
Cuarta. Aspectos a valorar.
4.1. De conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, la valoración del mérito, capacidad e idoneidad de los aspirantes al puesto de alta dirección corresponderá a un Comité Calificador, con la composición indicada en la base sexta. Dicho comité valorará a las personas aspirantes que cumplan los requisitos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
- Habilidades propias de la alta dirección.
- Habilidades tecnológicas.
- Habilidades en gestión de recursos humanos.
- Habilidades en gestión jurídica y de recursos económicos y financieros.
- Características personales como la capacidad comunicativa, mentalidad estratégica, iniciativa, liderazgo, etc.
Quinta. Solicitudes de participación y documentación a presentar.
5.1. Solicitudes.
5.1.1. Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán formular solicitud, según modelo que consta en el Anexo I, dirigida a la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada.
5.1.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
5.1.3. La presentación de las solicitudes y los documentos anexos señalados en el apartado 5.2 de la base quinta se realizarán preferentemente por vía telemática a través del portal de la Ventanilla Electrónica General de la Junta de Andalucía a través del siguiente enlace: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml accediendo a «Presentación electrónica general», o a través de presentación presencial en los términos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.1.4. Para aquellas candidaturas enviadas por correo postal a la dirección Paseo de la Bomba, núm. 11, 18008 de Granada, y en las presentadas en algún registro oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico a la siguiente dirección: delegadogranada.ctcd@juntadeandalucia.es, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos o de la fecha de presentación por Registro dentro del plazo. Esta documentación se entregará dirigida a la persona titular de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada, en un sobre cerrado, junto con el Formulario de Solicitud de Inscripción (Anexo I) firmado, mencionando en el asunto «Convocatoria Gerente Fundación Pública Rodríguez-Acosta». No se admitirán candidaturas ni documentación remitida en fechas y por vías distintas de las expuestas o que no se haya comunicado su envío conforme se establece.
5.1.5. La no presentación de las solicitudes y/o de los documentos que deban acompañarla en el tiempo y/o la forma establecidos supondrá la no inclusión de la persona aspirante en el proceso selectivo, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación o en los documentos presentados.
5.1.6. Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de las solicitudes.
5.2. Documentación anexa a presentar.
5.2.1. Junto a la Solicitud de participación en el proceso de selección cumplimentada y firmada (Anexo I), se acompañará la documentación, original o fotocopiada, que se señala a continuación:
a) DNI o documento que acredite la nacionalidad.
b) Currículum vitae pormenorizado, titulación universitaria oficial de licenciatura o grado superior, informe de vida laboral u hoja de prestación de servicios en la Administración, contrato, certificado de puesto desempeñado y funciones realizadas, declaraciones responsables y cualquier otra documentación acreditativa de los requisitos mínimos exigidos y méritos a valorar.
c) Un Proyecto de Gestión, en el que, en extensión no superior a cuatro folios formato A-4, la persona aspirante haga constar: los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura y el esquema que propone para la organización, desarrollo de las funciones a su cargo y forma de dirección y gestión del personal a su cargo.
Sexta. Comité Calificador.
6.1. La composición del Comité Calificador es la siguiente:
Presidencia: La persona titular de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada.
Vocalías:
Vocal 1: Una persona funcionaria de la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en Granada con rango al menos de Jefatura de Servicio.
Vocal 2: Una persona funcionaria del Patronato de la Alhambra y Generalife.
Vocal 3: Una persona miembro de la Comisión Ejecutiva de la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta.
Secretaría: Una persona funcionaria de la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en Granada con rango al menos de Jefatura de Sección. Con voz pero sin voto.
Séptima. Proceso de selección.
La convocatoria del proceso de selección será pública y tendrá una duración como máximo de tres meses para su resolución, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del correspondiente anuncio.
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
7.1. Preselección.
Primero. Se realizará por la secretaría del Comité Calificador. En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:
a) Certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas en tiempo y forma. Esta certificación se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en los apartados 3.1. a) y f) de la base tercera de la convocatoria.
c) Redacción del informe de preselección de candidaturas admitidas por el cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 3.1. a) y f) de la base tercera de la convocatoria.
Segundo. Se llevará a cabo por el Comité Calificador, que comprobará el cumplimiento de los requisitos mínimos recogidos en los apartados 3.1. b), c), d) y e) de la base tercera de la convocatoria de las solicitudes de participación admitidas conforme el informe referido en el apartado c) del punto anterior, procediendo a su estudio y revisión, junto con el Proyecto de Gestión que ha de acompañar obligatoriamente a las solicitudes de participación.
El Comité Calificador podrá computar hasta 50 puntos por el Proyecto de Gestión, con la siguiente distribución:
a) Los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura. Máximo 30 puntos.
b) El esquema que propone para la organización, desarrollo de las funciones a su cargo y forma de dirección y gestión del personal a su cargo. Máximo 20 puntos.
El Comité podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.
La documentación original acreditativa de la formación y experiencia profesional podrá ser requerida en cualquier momento del procedimiento por el Comité Calificador.
Tercero. El Comité Calificador conformará la lista de candidaturas admitidas o excluidas. Sólo serán admitidas las que cumpliendo la totalidad de los requisitos mínimos establecidos en la presente convocatoria obtengan una puntuación mínima de 30 puntos en el Proyecto de Gestión.
7.2. Entrevista competencial.
El Comité Calificador convocará a las personas candidatas que hayan sido admitidas a una entrevista competencial, indicando lugar, fecha y hora de realización de la citada entrevista. Las comunicaciones con las candidaturas serán por correo electrónico y con acuse de recibo, mediante la dirección de correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.
La entrevista se desarrollará siguiendo el guión y estructura previamente establecidos por el Comité Calificador y será la misma para todas las personas candidatas a fin de garantizar la imparcialidad y objetividad de la misma.
A la entrevista competencial se le asignará un máximo de 50 puntos.
El Comité Calificador verificará el cumplimiento de varios de los aspectos recogidos en la base cuarta, como son las habilidades tecnológicas, gestión de recursos humanos, gestión de recursos económicos y financieros y las propias de alto directivo, así como características personales, a través de la valoración de las siguientes competencias generales:
- Liderazgo. La persona que desempeñe un puesto directivo público debe tener capacidad de liderazgo, de persuasión hacia otras personas para hacer algo o adoptar un punto de vista, y de decisión de acciones basadas en sus convicciones. Máximo 10 puntos.
- Iniciativa. El personal directivo ha de mantener un elevado grado de actividad, establecer estándares de ejecución exigentes y persistir en su ejecución. Ha de expresar el deseo de avanzar hacia mayores cotas de desempeño. Máximo 10 puntos.
- Planificación. Capacidad para estructurar el trabajo y proveer los recursos necesarios para asegurar una eficaz ejecución de las tareas. Igualmente ha de tener la flexibilidad necesaria para gestionar lo imprevisible. Máximo 10 puntos.
- Comunicación. Las habilidades de comunicación interpersonal, de convicción y de persuasión resultan esenciales en la dirección de equipos de trabajo y en la gestión del cambio en las organizaciones. Máximo 10 puntos.
- Visión estratégica. El personal directivo debe ser capaz de pensar a largo plazo, comprendiendo escenarios complejos y previendo los posibles efectos derivados de las políticas públicas. Máximo 10 puntos.
7.3. Valoración de candidaturas.
La valoración de la idoneidad requerida se realizará por el Comité Calificador según los criterios previamente establecidos, quedando debidamente reflejado en el acta que se redacte al efecto y que incluirá la propuesta de candidaturas que hayan obtenido la mayor puntuación.
7.4. Propuesta de selección.
La propuesta de selección recaerá en la candidatura que cumpliendo los requisitos haya obtenido la máxima puntuación en el proyecto de gestión y en la entrevista competencial.
En caso de empate en la puntuación total en el proceso selectivo, éste será resuelto según el siguiente criterio:
- La candidatura con mayor puntuación obtenida en la entrevista competencial.
- La candidatura con mayor puntuación obtenida en el proyecto de gestión.
Octava. Resolución del proceso.
El Comité Calificador remitirá al Patronato, como competente para el nombramiento conforme al artículo 20.e) de los Estatutos, la propuesta de selección en la que se incluirá la candidatura que haya obtenido la mayor puntuación.
Los resultados del proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la página web o, en su caso, sede electrónica de la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta y en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, así como en todos aquellos lugares donde se haya publicado la convocatoria.
La persona designada suscribirá el contrato de trabajo que le vincule a la entidad, el cual se ajustará al modelo previamente aprobado al que se alude en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Novena. Norma final, incidencias y recursos.
El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. Para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación.
Sevilla, 19 de septiembre de 2023.- El Presidente, Carlos Arturo Bernal Bergua.
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE GERENTE DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA RODRÍGUEZ-ACOSTA
1. Denominación de la categoría y/o puesto de trabajo solicitado.
2. Datos personales.
- Primer apellido:
- Segundo apellido:
- Nombre:
- DNI/NIE:
- Nacionalidad:
- Fecha de nacimiento:
- Teléfono de contacto:
- Correo electrónico:
- Domicilio:
- Municipio:
- Código postal:
- Provincia:
3. Requisitos exigidos para concurrir.
- Poseer titulación universitaria oficial de Licenciatura o Grado Superior.
- Experiencia en planificación y gestión de objetivos estratégicos en gestión cultura.
- Experiencia en materia de recursos humanos.
- Experiencia en materia de recursos económicos y financieros.
- Experiencia para la planificación y gestión de los Sistemas de Información.
- Proyecto de Gestión.
Se ha de adjuntar a esta solicitud:
- Currículum vitae.
- Informe de vida laboral expedido por la TGSS u Hoja de prestación de servicios en la Administración.
- Copia completa contratos/certificado de funciones/acreditación autónomo.
- Copia del DNI.
- Copia del título universitario.
- Copia de título formativo oficial en las áreas indicadas, en su caso.
- Declaraciones responsables.
- Proyecto de Gestión.
4. Solicitud, declaración, lugar, fecha y firma.
El/la abajo firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso de selección a que se refiere la presente convocatoria, DECLARA:
1. Que conoce y acepta íntegramente las bases de la convocatoria, declarando asimismo bajo su responsabilidad que los datos incluidos en la solicitud son ciertos, teniendo constancia de que la inexactitud de los datos dará lugar a la no admisión o expulsión del proceso selectivo, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que pueda incurrir.
2. Que se compromete a presentar la documentación original que, en su caso, le sea requerida, dado que los documentos adjuntos a este anexo son copias del original que obra en poder de la que suscribe a disposición del Área de Recursos Humanos de la Fundación.
3. Que autoriza a la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta a utilizar, a efectos de comunicaciones, los datos de contacto que ha proporcionado en su solicitud de concurrencia a la Oferta de Empleo.
4. Que AUTORIZA que sus datos personales aportados en la solicitud y contenidos en la documentación que se acompaña sean tratados por la Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta, para la gestión del procedimiento de selección de personal.
El/la solicitante, leídas las anteriores declaraciones, firma el presente documento en prueba de conformidad.
En …………………………, a……… de……………………. de 2023.
EL/LA SOLICITANTE
Fdo.: ………………………………………………………
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BOJA nº 187 de 28/09/2023