Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 31/01/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Orden de 25 de enero de 2023, por la que se crea el portal de internet específico iticadiz.

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Dentro de la programación de la Unión Europea, el Acuerdo de Asociación de España 2014-2020 expone la estrategia de España, las prioridades y disposiciones para la utilización de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, con el fin de alcanzar un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, en consonancia con la Estrategia Europa 2020.

Enmarcado en el Acuerdo de Asociación de España citado, la Inversión Territorial Integrada ( ITI ) de Cádiz es un instrumento de gestión que se enmarca en la definición de la figura de Inversión Territorial Integrada, definida en el artículo 36 de Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.

Este Instrumento de inversión permite aplicar estrategias territoriales de un modo integrado, permitiendo a los Estados miembros implementar Programas Operativos de una forma transversal y recurrir a la financiación de varios ejes prioritarios de uno o más programas operativos para garantizar la implementación de una estrategia integrada para un territorio específico con necesidades especiales.

La Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, a través de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, tiene asignados créditos en la Medida A1A00123PO del programa operativo Feder Andalucía 2014-2020 Información y Comunicación de la ITI de Cádiz, enmarcada en el eje número 13 correspondiente a las asistencias técnicas.

El Decreto 506/2015, de 15 de diciembre, modificado por Decreto 99/2018, de 12 de junio, por el que se aprueban los procedimientos de gobernanza, transparencia y participación institucional de la Iniciativa Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz establece en el ámbito de la Junta de Andalucía, los procedimientos de gestión y organización correspondientes a la Administración de la Junta de Andalucía. La actuación de elaboración y estrategia de comunicación ITI Cádiz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 apartado 4 del Decreto 506/2015, de 15 de diciembre.

La estrategia de Comunicación de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Social Europeo de Andalucía 2014-2020, se regulan en el artículo 116 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes y generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, conforme al cual «las autoridades de gestión elaborarán una Estrategia de Comunicación para cada Programa Operativo».

Dicho Reglamento considera que es importante dar a conocer al público en general los logros de los Fondos de la Unión, así como concienciar sobre los objetivos de la política de cohesión. Los ciudadanos han de tener derecho a saber cómo se invierten los recursos financieros de la Unión. Los principales responsables de que llegue al público la información apropiada deben ser tanto las autoridades de gestión como los beneficiarios de los proyectos, así como las instituciones y los órganos consultivos de la Unión. Para que la comunicación al público en general sea más eficiente y las sinergias entre las actividades de comunicación emprendidas a iniciativa de la Comisión sean más fuertes, los recursos asignados a acciones de comunicación conforme al Reglamento han de contribuir también a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión en la medida en que guarden relación con los objetivos generales de la normativa comunitaria.

De acuerdo a lo establecido en el Anexo XII, sección 4, del Reglamento (UE) núm. 1303/2013, de 17 de diciembre, la Estrategia de Comunicación deberá incluir entre sus elementos las disposiciones relativas a las medidas de Información y Comunicación contempladas en el punto 2 (Lista de operaciones), con inclusión del sitio o el portal de Internet en los que pueden encontrarse esos datos.

El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, define como punto de acceso electrónico el conjunto de páginas web agrupadas en un dominio de Internet cuyo objetivo es ofrecer a la ciudadanía, de forma fácil e integrada, el acceso a la información y los recursos y servicios disponibles, y los regula clasificándolos en tres tipos: el Portal de la Junta de Andalucía, los portales de Internet específicos y las sedes electrónicas. En su artículo 16 establece que podrán crearse portales de internet específicos de la Junta de Andalucía, como espacios virtuales en los que difundir de manera más directa la información relativa a una concreta competencia o materia.

En relación con lo anterior, conforme a criterios de racionalidad, eficiencia y proximidad a la ciudadanía, en consonancia con la Estrategia de Comunicación de los programas operativos de la Unión Europea debidamente aprobados, con el informe favorable de la Agencia Digital de Andalucía, y de conformidad con el artículo 16 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Creación.

Mediante esta orden se crea el portal de internet específico de la Junta de Andalucía sobre la Inversión Territorial Integrada provincia de Cádiz en adelante (ITI de Cádiz).

Segundo. Objeto.

El portal tiene como objeto facilitar el acceso a la información y noticias sobre los avances de obras de todas las actuaciones y proyectos activos relacionados con la ITI de Cádiz.

Tercero. Dominio.

El portal de internet específico iticadiz se configura como una dirección electrónica disponible a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz.

La dirección electrónica de referencia del Portal será: https://iticadiz.es

Cuarto. Estructura.

El portal específico de la ITI de Cádiz es un espacio digital a través del cual se proporciona a los ciudadanos una amplia información de los proyectos enmarcados en la ITI de Cádiz.

El portal de internet específico iticadiz se estructura a través de los siguientes ejes principales: Información específica sobre el funcionamiento de la ITI de Cádiz, descripción de los proyectos y actuaciones que se llevan adelante y noticias de relevancia para la sociedad, todo ello enmarcado en la Estrategia de Comunicación Social de la ITI Cádiz. El portal constituirá un modo de difusión de los objetivos de la ITI, de sus actuaciones, de las novedades más importantes. Será una herramienta viva que se irá actualizando, todo ello dentro del cumplimiento de los objetivos de la Unión Europea.

Quinto. Prescripciones técnicas.

El portal contendrá información publicada de acuerdo con las prescripciones técnicas que se establezcan reglamentariamente que deberán adecuarse a los siguientes principios:

a) Accesibilidad: se proporcionará información estructurada sobre los documentos y recursos de información con vistas a facilitar la identificación y búsqueda de la información. La información y los servicios incluidos en el portal cumplirán los principios de accesibilidad establecidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, en los términos establecidos en los mismos, y en los dictados por la normativa vigente en esta materia en cada momento.

b) Interoperabilidad: Los contenidos publicados en el portal responderán a los criterios de interoperabilidad que establezcan los Esquemas Nacionales de interoperabilidad, en los términos establecidos por la Ley 11/2007, de 22 de junio, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en los dictados por la normativa vigente en esta materia en cada momento.

c) Reutilización: Se fomentará que la información sea publicada en formatos que permita su reutilización, de acuerdo con lo previsto en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público y en su normativa de desarrollo.

d) Seguridad: El portal dispondrá de sistemas que permitan el establecimiento de medidas de seguridad de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, la Resolución de 13 de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de Seguridad de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad, y en su normativa de desarrollo.

Sevilla, 25 de enero de 2023

ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social 
y Simplificación Administrativa
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