Extracto de la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas acuícolas sostenibles, previstas en la orden que se cita.
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BDNS (Identif): 733984, 733985 y 733986.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la acuicultura marina y continental en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
a) Convocatoria única de ayudas para la creación de empresas acuícolas sostenibles por parte de nuevos acuicultores:
Partida presupuestaria | Cuantía máxima (€) |
---|---|
2024 | |
1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023001236 | 200.000 |
b) Primera convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía:
Partida presupuestaria | Cuantía máxima (€) | ||
---|---|---|---|
2024 | 2025 | 2026 | |
1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023000723 | 600.000 | 1.500.000 | 800.000 |
c) Segunda convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía:
Partida presupuestaria | Cuantía máxima (€) | ||
---|---|---|---|
2024 | 2025 | 2026 | |
1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023000723 | 300.000 | 1.500.000 | 1.200.000 |
Segundo. Beneficiarios.
a) Para inversiones productivas en la acuicultura: las personas físicas o jurídicas así como las comunidades de bienes y sociedades civiles, titulares de la autorización administrativa necesaria para llevar a cabo el cultivo al que se destina el proyecto para el que solicita la ayuda.
Las ayudas previstas para la diversificación mediante actividades complementarias se concederán a las empresas del sector que presenten un plan empresarial para el desarrollo de sus nuevas actividades.
b) Para la creación de empresas acuícolas: las personas físicas o jurídicas así como las comunidades de bienes y sociedades civiles que inicien sus actividades en este sector, siempre que:
1.º Sean titulares de la autorización administrativa necesaria para llevar a cabo el cultivo en el lugar donde se pretende llevar a cabo la inversión y cuenten con las competencias y cualificaciones profesionales adecuadas.
2.º Creen por primera vez una microempresa o pequeña empresa acuícola como titulares de la misma.
3.º Presenten un plan empresarial para el desarrollo de sus actividades acuícolas.
Tercero. Objeto.
El objeto de esta orden es convocar para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la acuicultura marina y continental en la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la acuicultura marina y continental en la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
Quinto. Cuantía.
La dotación de estas líneas de ayuda se expones en los cuadros que se recogen en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será el siguiente:
a) Primera convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía: Del 2 al 19 de enero de 2024, ambos inclusive.
b) Segunda convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía: Del 3 al 20 de junio de 2024, ambos inclusive.
c) Convocatoria única de ayudas para la creación de empresas acuícolas sostenibles por parte de nuevos acuicultores: Del 2 al 19 de enero de 2024, ambos inclusive.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en los siguientes enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
LÍNEA DE AYUDA | CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO |
ENLACE |
---|---|---|
Ayudas para Inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía, a fin de fomentar la competitividad y sostenibilidad del sector. | 25272 | https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25272.html |
Ayudas para la creación de empresas acuícolas sostenibles por parte de nuevos acuicultores, para impulsar el espíritu empresarial y favorecer el relevo generacional. | 25273 | https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25273.html |
Sevilla, 11 de diciembre de 2023.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la Consejera (Orden de 21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 248 de 29/12/2023