Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 01/03/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Resolución de 21 de febrero de 2023, del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, por la que se efectúa convocatoria para cubrir mediante contrato indefinido a tiempo completo, una plaza de Jefe/a del Departamento de Conservación del Centro de Arqueología Subacuática.

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(REFERENCIA 05/2023_JD_CONSERVACIÓN_CAS).

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico (IAPH) es una agencia pública empresarial adscrita a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. Se constituyó mediante la Ley 5/2007, de 26 de junio, que fue desarrollada por el Decreto 75/2008, de 4 de marzo, por el que el IAPH se adaptó a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y se aprobaron sus estatutos.

Conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Decreto 75/2008, de 4 de marzo, que aprueba los estatutos de la Agencia, se procede a convocar públicamente un proceso selectivo, con arreglo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, para cubrir un puesto de Jefatura de Departamento de Conservación del Centro de Arqueología Subacuática con carácter indefinido.

Esta convocatoria se regirá por lo establecido en estas bases; en los artículos 55, 61 y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; por el Estatuto de los Trabajadores; por el I Convenio Colectivo del IAPH; por lo establecido en las Leyes de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del Estado y por lo establecido en la Instrucción Conjunta 1/2018, de 30 de mayo, de la Dirección General de Planificación y Evaluación y de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los criterios generales y los procedimientos de aplicación para la contratación de personal con carácter indefinido y temporal por las Entidades del Sector Público Andaluz.

A solicitud del IAPH, la Secretaria General de Regeneración, Racionalización y Transparencia de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local informó favorablemente y, en consecuencia, se autorizó la contratación en los términos descritos.

1. Normas generales.

1.1. Se convoca el proceso selectivo para cubrir, por el sistema de concurso-oposición, el puesto de Jefe/a de Departamento de Conservación del Centro de Arqueología Subacuática en el centro de trabajo sito en el Balneario de la Palma, Duque de Nájera, núm. 3, 11002-Cádiz, conforme a lo establecido en el art. 31 del I Convenio Colectivo del IAPH.

1.2. El proceso selectivo contará con las fases que se desarrollan en el punto 9 de las bases:

- Pruebas teóricas y test psicotécnico (valoración de las competencias necesarias para el desempeño de la plaza ofertada).

- Exposición oral y defensa del Proyecto/Documento-propuesta de gestión del puesto de mando intermedio, que deberá contener al menos propuestas de mejoras, propuestas de gestión, proyectos, metodología, etc., alineadas con las directrices marcadas en el plan estratégico vigente. Cada candidato/a dispondrá de un máximo de 30 minutos para la exposición del mismo.

- Valoración de méritos.

2. Condiciones del contrato de trabajo.

2.1. Modalidad contractual: Contrato indefinido a tiempo completo. Periodo de prueba de seis meses de trabajo efectivo.

2.2. Misión.

Coordinar las acciones técnicas y científicas encaminadas a la conservación y restauración de bienes culturales que forman parte del patrimonio arqueológico subacuático. Esta actividad se desarrollará tanto en los talleres de conservación del IAPH como «in situ» en el lugar de ubicación de los yacimientos o bienes arqueológicos subacuáticos.

Es un puesto que se considera mando intermedio ya que incluye dentro de sus funciones, además de las propias de su categoría profesional asistencial o de gestión y servicios, investigadora y docente, son la planificación, ejecución y control de la actuación de los equipos de trabajo de carácter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones necesarias conducentes a la consecución de las metas, objetivos y resultados establecidos por la el Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico, o por los instrumentos que en cada momento lo sustituyan.

2.3. Tareas:

- Colaborar en la planificación y organización de las actividades y de los procesos definidos en su área, elevando a su jefatura propuestas de mejoras para contribuir al desarrollo y evolución de esta.

- Colaborar en el desarrollo de los proyectos y/o servicios asignados a su Jefatura:

• Participando en la elaboración/redacción de proyectos y/o servicios que se desarrollen en su ámbito de actuación.

• Realizando, en su caso, la Dirección Técnica de los proyectos, actividades y/o servicios encomendados.

• Coordinando y/o ejecutando las actividades emanadas de los proyectos y/o servicios encomendados, evaluando, si procede, los distintos hitos fijados, con el fin de lograr los objetivos definidos.

• Desarrollando, si procede, labores de investigación y/o experimentación referidas a los proyectos y/o servicios asignados, siguiendo para ello los protocolos establecidos.

• Formulando proyectos de investigación en el ámbito de sus competencias.

• Impartiendo, si procede, actividades formativas con las personas usuarias (externas o internas) del servicio con el objeto de facilitar su accesibilidad al mismo.

• Llevando a cabo la preparación y redacción de los informes y memorias que le sean solicitados en relación con los proyectos o actividades encomendadas.

- Llevar a cabo labores de investigación y experimentación sobre tratamientos relativos a la conservación del patrimonio arqueológico subacuático.

- Participar en la difusión y transferencia de los conocimientos generados en base a su actividad profesional.

- Colaborar en Proyectos y/o actividades transversales con otras Unidades o Centros del IAPH e instituciones externas siempre que le sea requerido en los aspectos relacionados con las funciones de su puesto de trabajo.

- Ofrecer asesoramiento técnico sobre la materia que desarrolla en su trabajo tanto a otros miembros de la Unidad como a usuarios/as del Servicio que se presta.

- Elevar a la jefatura de área propuestas de mejoras para contribuir al desarrollo y evolución de esta.

- Velar, mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas personas a las que pueda afectar su actividad

2.4. Grupo profesional según clasificación del IAPH: Grupo 1, Nivel 2.

2.5. Jornada: a tiempo completo, siendo de 35 horas semanales en cómputo anual.

2.6. Retribución bruta anual 2023 prevista: 39.200,38 €.

3. Requisitos de las personas candidatas.

Para la admisión en el proceso selectivo, las candidaturas deben reunir los requisitos obligatorios, los cuales deberán cumplirse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.1. Requisitos obligatorios:

3.1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

3.1.2. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas por resolución judicial.

En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

3.1.3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

3.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones descritas en la convocatoria.

3.1.5. Estar en posesión de titulación universitaria superior (240 ETCS) en alguna de las titulaciones relacionadas a continuación o de la justificación acreditativa de haber solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención: Licenciatura en Bellas Artes, especialidad conservación y restauración; Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

3.1.6. Título de buceo tanto profesional como deportivo.

3.1.7. Experiencia mínima de tres años en conservación y restauración de patrimonio arqueológico.

4. Méritos valorables.

4.1. En el Anexo I de la presente convocatoria se refleja la puntuación de los méritos valorables. En los méritos valorables no se baremarán aquellos méritos que se hayan computado como requisito para ser incluido o excluido en la convocatoria.

4.2. Méritos valorables relacionados con el ámbito del contrato:

4.2.2. Título de Doctor/a en el área de conservación y restauración de bienes culturales.

4.2.3. Formación universitaria de posgrado relacionada con la conservación-restauración del patrimonio arqueológico subacuático y/o en el área de conocimiento de arqueología náutica y subacuática.

4.2.4. Cursos especializados relacionados con la conservación y restauración del patrimonio arqueológico subacuático.

4.2.5. Becas y estancias formativas de posgrado en el ámbito de la conservación y restauración del patrimonio arqueológico subacuático.

4.2.6. Nivel B2 o superior en otro idioma (inglés, francés o italiano), acreditado según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).

4.2.7. Experiencia profesional acreditada en conservación y restauración de patrimonio arqueológico subacuático, distinta a la exigida en los requisitos obligatorios.

4.2.8. Producción científica relacionada con la conservación y restauración de patrimonio arqueológico subacuático (Publicaciones de los últimos 10 años).

4.2.9. Comunicaciones, ponencias o docencia en cursos, congresos y seminarios, relacionados con la materia objeto del contrato.

4.2.10. Dirección y participación en proyectos o actividades de I+D+i relacionados con la conservación y restauración de patrimonio arqueológico subacuático.

5. Competencias.

Trabajo en equipo, proactividad, liderazgo, flexibilidad, planificación.

6. Solicitud y documentación.

6.1. Las personas interesadas en participar en el proceso de selección deberán presentar solicitud de participación según el modelo que consta en el Anexo III, adjuntando en todo caso la siguiente documentación debidamente numerada:

- Curriculum vitae.

- DNI.

- Titulación académica oficial o resguardo de haber abonado las tasas correspondientes para la expedición. En caso de aportarse una titulación extranjera, la persona solicitante deberá acreditar estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que atestigüe, en su caso, la homologación o equivalencia de la titulación.

- Proyecto/Documento-propuesta de gestión del puesto de mando intermedio, en el que se refleje el sistema de trabajo y las áreas relacionales de la plaza, incluyendo los ejemplos que procedan, así como propuestas de mejoras en la gestión del departamento, gestión de proyectos, de la metodología del departamento, etc., alineadas con las directrices marcadas en el plan estratégico vigente. Cada candidato/a dispondrá de un máximo de 30 minutos para la exposición del mismo.

6.2. Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en la solicitud de participación, sin que puedan efectuar modificación alguna en la misma una vez finalizado el plazo de presentación recogido en el siguiente apartado, sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro de plazo, en cuyo caso el anterior quedará sin efecto.

6.3. Adicionalmente se aportará la documentación acreditativa de la formación complementaria susceptible de valoración, y en general toda la documentación oficial necesaria para acreditar los méritos valorables que se aleguen.

6.4. Toda la documentación que se presente en idioma distinto al español deberá acompañarse de su traducción. La persona que resulte adjudicataria de la plaza deberá adjuntar la correspondiente traducción oficial al español de dichos documentos.

6.5. Se podrá aportar la documentación fotocopiada, si bien a lo largo del proceso se podrá requerir la aportación de los documentos originales. En todo caso la persona seleccionada deberá presentar los originales de toda la documentación de forma previa a la formalización del contrato.

6.6. Únicamente se admitirán las solicitudes que contengan el Anexo III debidamente cumplimentado y firmado, así como la totalidad de la documentación obligatoria relacionada y actualizada. Sólo se valorarán los méritos consignados y paginados en su apartado correspondiente y que queden correctamente acreditados según lo establecido en la convocatoria. La no presentación de la documentación o presentación fuera del plazo implica la exclusión del proceso de selección.

6.7. Tratándose de un puesto con la característica singular de «Contacto habitual con Menores», la persona adjudicataria deberá firmar antes de la contratación la correspondiente Declaración Responsable de no haber sido condenadas por sentencia firme en los términos establecidos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, así como prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. De no autorizar la consulta, habrá de aportarse certificación negativa emitida por dicho órgano, que será presentada obligatoriamente utilizando medios electrónicos junto con la solicitud de participación en el proceso.

7. Plazo y lugar de presentación.

7.1. La solicitud (Anexo III) y documentación adjunta deben presentarse en el plazo de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. A estos efectos y de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles.

7.2. El lugar de presentación de las solicitudes así como de la documentación requerida será el Registro del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico (a la atención del Área de Gestión de Personas), sito en C/Camino de los Descubrimientos s/n, Isla de la Cartuja, 41092, Sevilla, o bien remitidas por correo certificado a la misma dirección, sin perjuicio de los establecido en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se deberá indicar en el sobre y la documentación la referencia 05/2023_JD_CONSERVACIÓN_CAS.

7.3. En aquellas candidaturas enviadas por correo certificado o por cualquiera de las vías que permite el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá comunicarse dicho envío a la dirección de correo electrónico gestiondepersonas.iaph@juntadeandalucia.es adjuntando toda la documentación presentada junto con la solicitud en formato pdf, dentro del mismo día de su imposición, aportando justificante de su imposición en las oficinas de correos o en los registros permitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7.4 No se admitirán solicitudes ni documentación remitidas por otras vías, ni presentadas en otros registros distintos al consignado anteriormente.

8. Admisión de aspirantes.

8.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del IAPH, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Portal de ofertas de empleo de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, para la presentación de alegaciones y documentación que a su derecho convenga. Las alegaciones deberán presentarse a través del correo electrónico gestiondepersonas.iaph@juntadeandalucia.es. La estimación o desestimación de las alegaciones presentadas será notificada mediante el envío de un correo electrónico a las personas alegantes.

Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

8.2. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la Dirección del IAPH dictará resolución, que se publicará en el Portal de ofertas de empleo de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Dicha publicación servirá de notificación a quien haya hecho alegaciones.

La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del IAPH, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

9. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de pruebas.

9.1. Las candidaturas que pasan al proceso de selección participarán en las siguientes fases:

9.1.1. Ejercicio 1: Prueba teórica de contenidos, que versará sobre los conocimientos teóricos requeridos para el desempeño de las funciones previstas en el punto 2, y test psicotécnico que valorará las competencias enumeradas en el apartado 5.

La prueba teórica de contenidos consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter teórico-práctico elaborado por la comisión de selección. Las preguntas versarán sobre las materias a las que hace referencia el Anexo II.

Esta fase tendrá carácter eliminatorio, pasando a la siguiente fase las personas con las 5 mejores puntuaciones. En caso de empate, se ampliará el número de candidaturas incluyendo aquellas que tengan la misma puntuación.

La puntuación máxima de esta fase será de 35 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

- Prueba teórica: Máximo 25 puntos.

- Prueba psicotécnica: Máximo 10 puntos.

9.1.2. Ejercicio 2: Exposición oral y defensa del Proyecto/Documento-propuesta de gestión del puesto de mando intermedio, que deberá contener al menos propuestas de mejoras, propuestas de gestión, proyectos, metodología, etc., alineadas con las directrices marcadas en el plan estratégico vigente. Cada candidato/a dispondrá de un máximo de 30 minutos para la exposición del mismo.

La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.

Las dos primeras fases se realizarán en la ciudad de Sevilla y para cada una de ellas se convocará a las personas candidatas en llamamiento único y se excluirá a quienes no comparezcan.

9.1.3. Estudio y valoración de los méritos aportados por las personas que han realizado el ejercicio 2 y continúan en el proceso, conforme al baremo establecido en el Anexo I.

La puntuación máxima de esta fase será de 35 puntos.

La calificación final del proceso no podrá superar los 100 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada una de las fases descritas.

En caso de empate en las puntuaciones finales, se tendrá en consideración en primer lugar a efectos de desempate, el género menos representado en el Área al que se adscribe la plaza. De persistir éste, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de estudio y valoración de los méritos aportados.

9.2. Finalizadas las fases descritas en el apartado 9.1.1 y 9.1.2, la comisión de selección hará pública en el portal de ofertas de empleo de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía la lista de las puntuaciones provisionales obtenidas en cada una de ellas por las candidaturas admitidas en el proceso de selección. Se abrirá un plazo de tres (3) días hábiles para la presentación de alegaciones, que deberán hacerse a través del correo electrónico gestiondepersonas.iaph@juntadeandalucia.es.

Finalizado el plazo de alegaciones previsto en el párrafo anterior, la comisión de selección hará pública en el mismo portal la lista con las puntuaciones definitivas obtenidas, en la que quedará constancia de las candidaturas que continúan en el proceso de selección y de aquellas que quedan excluidas de las siguientes fases. Dicha publicación servirá de notificación a quien haya hecho alegaciones.

9.3. Finalizada la fase descrita en el apartado 9.1.3. se hará pública en el portal de ofertas de empleo de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía la lista con las puntuaciones provisionales totales (suma de las puntuaciones de las tres fases del proceso) obtenidas por las candidaturas que continúan en el proceso de selección. Se abrirá un plazo de tres (3) días hábiles para la presentación de alegaciones, que deberán hacerse a través del correo electrónico gestiondepersonas.iaph@juntadeandalucia.es.

Finalizado el plazo previsto en el párrafo anterior, la comisión de selección hará pública en el mismo portal la lista con las puntuaciones totales definitivas obtenidas por las candidaturas que forman parte del proceso, por orden de prelación, así como la Resolución de adjudicación de la plaza a la persona posicionada en primer lugar. Dicha publicación servirá de notificación a quien haya hecho alegaciones.

9.4. Una vez publicada la lista definitiva de las candidaturas por orden de puntuación y la Resolución de adjudicación, se comunicará a la primera candidatura clasificada su condición para proceder a su contratación. Si ésta renunciara, o bien causara baja por cualquier causa, incluso una vez ya contratada, se seguirá el orden de prelación para la contratación o eventuales sustituciones.

9.5. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del IAPH, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

9.6. En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización de la situación que motiva el aplazamiento y a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas. La realización de las pruebas no podrá demorarse más de 45 días hábiles desde el llamamiento previsto en la presente base de manera que no se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección, debiendo realizarse las pruebas, en todo caso, antes de la publicación de la lista con las puntuaciones totales definitivas.

A tal fin, con anterioridad a la fecha fijada a la realización de la prueba, la comisión de selección publicará con antelación suficiente en el Portal de ofertas de empleo de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía las instrucciones a las que deberán someterse las personas participantes afectadas por esta situación excepcional.

9.7. En los supuestos previstos en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan, considerándose que no han completado el proceso. Las personas aspirantes que soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, y acompañar a dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento y celebración de las pruebas de las que consta del proceso. La solicitud de aplazamiento de la prueba deberá presentarse a través de correo electrónico gestiondepersonas.iaph@juntadeandalucia.es. En la resolución por la que se resuelvan las peticiones de aplazamiento de las pruebas selectivas, se podrá determinar la admisión condicionada a aquellas personas aspirantes que, habiendo presentado solicitud en plazo, quedaran pendientes de subsanar documentación.

9.8. La presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía en el apartado de Ofertas de empleo de entidades instrumentales, desde donde se efectuarán exclusivamente, y en su caso, las comunicaciones necesarias relacionadas con el procedimiento de selección. En ese mismo portal se publicará así mismo la resolución de adjudicación del puesto.

9.9. Las comunicaciones y citaciones a los interesados e interesadas para las pruebas se realizarán a través de correo electrónico y/o teléfono que deberán ser facilitados obligatoriamente al cumplimentar el Anexo III.

9.10. Se podrá enviar al correo que la persona interesada haya consignado en su solicitud, aviso de las publicaciones realizadas; estos avisos no tendrán carácter de notificación y no eximen a la persona interesada de su obligación de acceder al portal web para el conocimiento de las publicaciones que se produzcan.

10. Comisión de Selección.

10.1. La comisión de selección estará constituida por: Presidencia, Jefatura del Centro de Arqueología Subacuática. Presidencia Suplente: Jefatura del Centro de Documentación y Estudios. Vocales, Jefatura del Centro de Investigación y Transferencia, Jefatura del Centro de Intervención. Vocalía suplente: Jefatura del Área de tratamiento de Bienes Muebles. Secretaría: Jefatura de Asesoramiento Jurídico. Secretaría suplente, Técnico/a de los Servicios Jurídicos.

10.2. Corresponde a la comisión de selección el desarrollo y la calificación de las pruebas selectivas, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en la realización de las pruebas, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

10.3. La pertenencia a la comisión de selección será a título individual, sin que pueda ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

10.4. Las personas que formen parte de una comisión de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico, cuando concurran en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia de la comisión de selección deberá exigir a quienes la compongan declaración expresa de no hallarse incursas en las mencionadas circunstancias.

Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a los miembros de la comisión de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

10.5. Por resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico se podrá nombrar personal técnico que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de asesoramiento, ejecución material y ordenación administrativa del proceso que le atribuya la comisión de selección. Este personal estará adscrito a dicha comisión de selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que esta le curse al efecto.

10.6. Las personas que formen parte de la comisión de selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos legalmente.

10.7. Para la válida constitución de la comisión de selección a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia, al menos, de tres de sus miembros, entre los cuales estarán incluidos necesariamente quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, quienes les sustituyan.

10.8. La comisión de selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.

10.9. La comisión de selección se ajustará en su actuación a lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Sevilla, 21 de febrero de 2023. El Director, Juan José Primo Jurado.

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