Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 13/01/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, por la que se declara la finalización de la disponibilidad presupuestaria para la concesión de subvenciones de la Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, y convocada mediante Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.

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Examinadas, por el Servicio de Economía Social y Autónomos de esta Delegación Territorial, las solicitudes de ayudas de la Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, presentadas al amparo de la Orden de 21 de septiembre de 2018 (BOJA núm. 187, de 26 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, modificada por la Orden de 27 de junio de 2019 (BOJA núm. 124, de 1 de julio), se constatan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 27 de mayo de 2022 se publica en BOJA núm. 100, la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, abriéndose el plazo de presentación de solicitudes, según lo dispuesto en el apartado séptimo de la resolución.

Segundo. En la resuelve tercero de la referida resolución se acuerda la distribución territorial de los créditos disponibles, correspondiendo a la provincia de Málaga los siguientes:

Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo
Medida Partida presupuestaria Importe
Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años 1000010063 G/72C/77806/29 270.000 €
1000180063 G/72C/77800/29 S0045 855.000 €
Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años 1000010063 G/72C/77806/29 185.000 €
1000180063 G/72C/77800/29 S0045 595.000 €
Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más 1000010063 G/72C/77806/29 332.463 €
1000180063 G/72C/77800/29 S0045 1.052.410 €
Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más 1000010063 G/72C/77806/29 454.730 €
1000180063 G/72C/77800/29 S0045 1.430.397 €

Tercero. Realizada la instrucción y resolución de las solicitudes, siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro electrónico de esta Delegación Territorial, órgano competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, se comprueba que, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación, 30 de septiembre de 2022, señalado en el resuelve séptimo de la Resolución de 13 de mayo de 2022, se ha alcanzado el límite de las consignaciones presupuestarias asignadas en cada una de las medidas señaladas, con el número de solicitud y a la fecha y hora siguientes:

MEDIDA NÚMERO SOLICITUD FECHA PRESENTACIÓN HORA PRESENTACIÓN
Mujeres trabajadoras autónomas menores
de 35 años
CTC-2022291906 02/09/2022 22:30:31
Hombres trabajadores autónomos menores
de 30 años
CTC-2022292543 05/09/2022 11:30:53
Mujeres trabajadoras autónomas
de 35 años o más
CTC-2022298749 14/09/2022 08:15:25
Hombres trabajadores autónomos
de 30 años o más
CTC-2022302520 19/09/2022 16:51:56

A los referidos antecedentes son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 y el apartado segundo de la disposición adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo; y el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, a las personas titulares de las Delegacion Territoriales de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en sus diferentes ámbitos.

Segundo. El artículo 31 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 señala en su punto 4 que, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Tercero. El artículo 34 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 establece en su primer punto que en lo referente a la concesión de las subvenciones reguladas en los Capítulos II, III, IV y V, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro electrónico del órgano competente para su tramitación, hasta el límite de la consignación presupuestaria. La finalización de la disponibilidad presupuestaria se hará pública en la web de la Consejería competente en materia de trabajo autónomo, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Cuarto. El resuelve séptimo de la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, establece que las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 30 de septiembre de 2022.

Vistos los artículos citados, y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Declarar la finalización de la disponibilidad presupuestaria que, para la Línea 1 fue asignada a esta Delegación Territorial por la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en dicha Resolución, con el número de solicitud y a la fecha y hora de presentación señaladas en el Antecedente de Hecho Tercero de la presente Resolución para cada una de las medidas convocadas.

Segundo. Publicar en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la presente resolución por la que se declara la finalización de la disponibilidad presupuestaria para la concesión de las subvenciones correspondientes al Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de 21 de septiembre de 2018.

Málaga, 22 de diciembre de 2022.- La Delegada, M. Carmen Sánchez Sierra.

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