Anuncio de 9 de mayo de 2023, de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, de delegación de competencias en la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía relativas a la realización de medidas compensatorias de carácter agrícola.
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Resolución de delegación de competencias en la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía relativas a la realización de medidas compensatorias de carácter agrícola en la ZEPA Campiñas de Sevilla.
La Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, de 24 de noviembre de 2016 (Asunto 461/14), sobre el procedimiento de infracción núm. 2010/4235, deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies en la zona de protección especial «Campiñas de Sevilla», estima que el reino de España incumplió sus obligaciones en lo relativo a la Directiva Aves, hasta la fecha de declaración de la ZEPA (29-07-2017), y a partir de la misma, sus obligaciones en el cumplimiento de la Directiva Hábitats.
Al objeto de proceder a la ejecución de la citada sentencia, la Junta de Andalucía redactó un nuevo Estudio de Impacto Ambiental, para conocer el impacto real generado por la infraestructura ejecutada y, por consiguiente, para determinar la necesidad de adoptar o no medidas compensatorias o correctoras. Con dicho estudio, se procedió a realizar una modificación de la Declaración de Impacto Ambiental de 2006, mediante una nueva Autorización Ambiental Unificada, circunscrita al ámbito concreto de la Zona ZEPA «Campiñas de Sevilla» y limitada a las obras realizadas hasta la fecha (Infraestructura: plataforma, movimientos de tierras, estructuras y vallados). El 15 de junio de 2018 se emite la Resolución de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, sobre la modificación de las condiciones de la Declaración de Impacto Ambiental de 24 de noviembre de 2006 (expdte. EIA/309/2006) solicitada por la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, para el proyecto de renovación de vía, mejora del trazado y duplicación de Plataforma del eje ferroviario transversal de Andalucía, tramo Marchena-Osuna (Tramo I y II), incluida en la zona de especial protección para las aves (ZEPA) «Campiñas de Sevilla», expediente: AAU/SE/841/2017/M1/VIRT).
La autorización ambiental unificada, en el apartado IV-B sobre límites y condiciones técnicas establecidas, incluye que debe redactarse un programa de Medidas Compensatorias que desarrolle las condiciones y medidas establecidas en la AAU, determinándose la necesidad de establecer un calendario de ejecución de las medidas compensatorias, con una asignación presupuestaria. Las medidas correctoras y compensatorias propuestas tienen un valor estimado de 926.000 euros (IVA excluido), de acuerdo con lo que figura en la propia Autorización. En cumplimiento de ello, en diciembre de 2018, se presentó ante la citada Delegación Territorial un Proyecto Básico de Medidas Compensatorias, recibiéndose finalmente la conformidad con el mismo.
Las medidas propuestas son, COR-01-Adaptación del vallado., COMP-01-Ciclo integral [compra de cosecha], COMP-02-Compra de producción rastrojera-, COMP-03-Construcción de charcas-bebederos-, COMP-04-Mejora de las zonas húmedas-, COMP-05-Mejora del conocimiento de otras aves esteparias singulares.
Con fecha 6 de octubre de 2021, se emite resolución de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía por la que se encarga a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía la realización de medidas compensatorias de carácter agrícola en la Zepa Campiñas de Sevilla.
La ejecución del encargo hace necesaria la firma de instrumentos jurídicos con los agricultores y titulares de los predios afectados por las medidas compensatorias, de carácter agrícola, en la Zepa Campiñas de Sevilla, para el efectivo cumplimiento del objeto de encargo en los términos previstos en su fundamento de derecho quinto (página 5/31).
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece en su artículo 9 que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas. En idénticos términos se pronuncia la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía en su artículo 101.
En su virtud de los acuerdos adoptados por el Consejo Rector en sesión de 9 de mayo de 2023,
RESUELVO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, se acuerda delegar en la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, las competencias para la formalización y seguimiento de los instrumentos jurídicos con los agricultores y titulares de los predios afectados por las medidas compensatorias, de carácter agrícola, en la Zepa Campiñas de Sevilla, para la supervisión y efectivo cumplimiento de las actuaciones objeto del encargo, de fecha 6 de octubre de 2021.
Segundo. Disponer la publicación del anterior acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que surta efectos.
Sevilla, 9 de mayo de 2023.- El Director-Gerente, Julio Jesús Caballero Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 90 de 15/05/2023