Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00302223.
En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 89.3 de la citada Ley Orgánica del Sistema Universitario, en virtud de la ejecución del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de abril de 2024, por el que se aprueba la modificación del Plan de Promoción 2024-2026 del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, y con sujeción al Reglamento de Selección, contratación y nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz y a las bases que se acompañan,
RESUELVO
Convocar proceso selectivo para el ingreso en la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna, con sujeción a las bases que se acompañan.
Cádiz, 16 de mayo de 2024.- El Rector, P.D., la Gerente, Mariví Martínez Sancho.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, de ocho plazas para el ingreso en la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz, mediante turno de promoción interna.
1.1.1. Las personas candidatas que ocupen puestos de trabajo con doble adscripción a los subgrupos A1 y A2 según lo establecido en la relación de puestos de trabajo y superen el proceso selectivo, permanecerán en sus respectivos puestos, hasta que no obtengan otro mediante los procedimientos normales de provisión de puestos de trabajo, en su caso.
En el caso de personas candidatas que superen el proceso selectivo y ocupen puestos del subgrupo A2, se les adscribirá a plazas de Asesor/a Técnico/a nivel 24.
1.1.2. El perfil genérico de estas plazas es el siguiente:
- Planificar y dirigir el funcionamiento de los diferentes servicios y/o unidades organizativas asignadas.
- Planificar, coordinar y dirigir con criterios de calidad, la gestión en los diferentes ámbitos de la administración y los servicios universitarios.
- Supervisar, coordinar y motivar al personal en las tareas y trabajos asignados.
- Diseñar e implementar procedimientos de mejora organizativa para optimizar la gestión.
- Elaborar informes o trabajos técnicos de naturaleza diversa (Derecho y procedimiento administrativo; gestión de personal y seguridad social; gestión financiera, presupuestaria y contratación administrativa; gestión universitaria), como soporte del sistema de toma de decisión.
1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz de fecha 18 de diciembre de 2017, el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, con carácter supletorio, y a las bases de la presente convocatoria.
1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5. La duración máxima de la fase oposición será de noventa días hábiles, a contar desde la finalización del primer ejercicio.
2. Requisitos de participación.
2.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Ingeniería, Arquitectura, Licenciatura o equivalente.
Las personas con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.1.2. Pertenecer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz, prestar servicios en la Universidad de Cádiz con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes.
3.1. De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, la presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=442
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud, por lo que no podrá entenderse que se han concluido los trámites de presentación de la misma si no se ha obtenido el citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de la persona aspirante.
3.2. Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
a) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación supletoria o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
b) Para la valoración en la fase de concurso, se debe presentar junto con la solicitud, relación de méritos alegados según modelo disponible en la página web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, así como la documentación acreditativa de los mismos, excepto que la misma conste en el expediente del Área de Personal.
No se admitirá la alegación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
c) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 30 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049- 4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «PS A1 AG PI24 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición aportando a la solicitud certificación de discapacidad.
3.3. Las personas quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4. Las personas con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la página web del Área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobado el listado provisional de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de solicitudes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5. Tribunal Calificador.
El nombramiento del Tribunal Calificador de la presente convocatoria se hará público junto con la resolución por la que se publique el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
5.1. Quienes forman parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran alguna de las circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución, declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este apartado, así como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).
5.2. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran el Tribunal según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.3. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página web del Área de Personal, resolución por la que se nombran a quienes hayan de sustituir en el Tribunal a las personas que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.4. Previa convocatoria de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus integrantes, titulares o suplentes, en su caso. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, titulares o suplentes, en su caso.
5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre de 2022, en los términos correspondientes.
5.6. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores o asesoras especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El nombramiento de dichos asesores o asesoras corresponderá al Rector de la Universidad de Cádiz.
5.7. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.8. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas aspirantes.
5.9. Contra las resoluciones del Tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Edificio Hospital Real, Plaza Falla, núm. 8, C.P. 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039 y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera establecida en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.12. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 1 de octubre de 2024. La fecha, lugar y hora de celebración del mismo se hará pública, junto con el listado definitivo de admisión y exclusión, en la página web del Área de Personal: https://personal.uca.es/convocatoria-pas. La publicación de los anuncios de celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2. En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación en el que se requiera de una actuación individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado definitivo de admisión y exclusión, por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.4. Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. Resultados.
7.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del Área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Cádiz, que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de la fase de concurso de las personas aspirantes que hayan superado aquella, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Cádiz, que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En el caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el proceso selectivo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.
7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.5. La Presidencia del Tribunal elevará al Rector de la Universidad la propuesta de nombramiento de personal funcionario de carrera.
8. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario.
8.1. En el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las personas opositoras deberán presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.
b) Quienes hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
8.2. Quienes hayan superado el proceso selectivo estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento en la Universidad de Cádiz.
8.3. Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombradas funcionarias de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4. Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
8.5. Las personas aspirantes que superen el proceso selectivo y ocupen un puesto de doble adscripción a los subgrupos A1 y A2 permanecerán en sus respectivos puestos, hasta que no obtenga otro mediante los procedimientos normales de provisión de puestos de trabajo, en su caso.
En el caso de aspirantes que superen el proceso selectivo y ocupen puestos adscritos al subgrupo A2, permanecerán en ellos, y se procederá a la modificación de sus puestos de trabajo en cumplimiento de los acuerdos sobre planes de promoción del Personal Técnico de Gestión, Administración y Servicios funcionario.
8.6. La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del nombramiento de personal funcionario de carrera de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz.
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente dirección electrónica: https://dpd@uca.es/.
9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.
9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
9.4. En cualquier momento las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (www.ctpdandalucia.es).
10. Norma final.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La interposición de recursos administrativos se realizará a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica:
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=304
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I
EJERCICIOS Y VALORACIÓN
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz:
- Se celebrará en primer lugar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio.
- La fase de oposición supondrá el 60 por ciento del total del proceso selectivo, mientras que la puntuación de la fase del concurso supondrá el 40 por ciento del mismo.
- La fase de concurso se aplicará a aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
I.A) Fase de oposición.
La fase de oposición, de carácter eliminatorio, estará formada por los ejercicios que a continuación se indican:
Primer ejercicio. Consistirá en contestar, mediante ordenador sin conexión a internet, una serie de cuestiones o una prueba situacional de competencias, para valorar las capacidades relacionadas con el perfil de las plazas y el contenido del bloque I del temario. La duración máxima de este ejercicio será de 150 minutos.
Segundo ejercicio. De carácter teórico. Consistirá en el desarrollo por escrito, mediante ordenador sin conexión a internet, de un tema o epígrafe de tema, a elegir de entre cuatro propuestos por el tribunal, los cuales se corresponderán uno por cada uno de los bloques del II al V del temario. La duración máxima de este ejercicio será de 150 minutos.
Tercer ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico o prueba situacional a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, en el que se deberá proponer una solución al problema planteado o emitir, mediante ordenador sin conexión a internet, una propuesta o un informe en los términos indicados en el supuesto o prueba pudiendo utilizar los manuales de legislación no comentados que consideren oportunos y hoja de cálculo Excel, en su caso. Los supuestos o pruebas planteadas intentarán abarcar varios bloques temáticos en el que está dividido el temario. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 240 minutos.
Los criterios generales de valoración de los ejercicios serán:
- Grado de conocimiento técnico de las materias propias del temario.
- Capacidad de integración e interrelación en las respuestas a las cuestiones planteadas.
- Capacidad de síntesis en las respuestas a las cuestiones planteadas.
- Capacidad de expresión escrita.
- Corrección ortográfica y gramatical.
- Grado de calidad en la presentación formal del ejercicio.
El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos necesarios para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de corrección.
Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar el siguiente ejercicio haber obtenido la puntuación mínima en el anterior, tal y como se señala a continuación: los tres ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos. Será necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de 15 puntos entre los tres ejercicios, conforme a lo indicado en el párrafo anterior.
I.B) Fase de concurso.
La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera:
1. Nivel de formación académica. Se valorará la posesión de la mayor de las siguientes titulaciones académicas:
a) Titulación de Máster oficial: 0,4 puntos.
b) Titulación de Doctorado: 0,8 puntos.
2. Cursos de formación recibidos. Se valorará la suma total de horas de formación recibida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones del subgrupo A1 de administración general, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos y privados, conforme se indica a continuación:
2.1. Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A1 de Administración General, organizados por Universidades y centros públicos, se otorgará la siguiente puntuación:
- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,5 puntos.
- De 101 a 200 horas acumuladas: 1 punto.
- De 201 a 300 horas acumuladas: 1,5 puntos.
- Más de 300 horas acumuladas: 2 puntos.
2.2. Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A1 de Administración General, organizados por centros privados se otorgará la siguiente puntuación:
- De 1 a 100 horas acumuladas: 0,2 puntos.
- De 101 a 200 horas acumuladas: 0,4 puntos.
- De 201 a 300 horas acumuladas: 0,6 puntos.
- Más de 300 horas acumuladas: 0,8 puntos.
Los cursos en cuyo certificado no aparezca el número de horas se valorarán con una hora. Si el curso tiene certificado de aprovechamiento se multiplicará el número de horas del mismo por 1,5.
La puntuación máxima en el apartado 2.1 será de 2 puntos, en el apartado 2.2 será de 0,8 y el total de este mérito será de 2 puntos.
3. Cursos de formación impartidos. Se valorará la suma total de horas de formación impartida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A1 de Administración General, organizados y/u homologados por Universidades y centros públicos, otorgando la siguiente puntuación:
- De 1 a 50 horas acumuladas: 0,5 puntos.
- De 51 a 100 horas acumuladas: 1 punto.
- De 101 a 150 horas acumuladas. 1,5 puntos.
- Más de 150 horas acumuladas: 2 puntos.
La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos.
4. Experiencia. Por la realización de funciones y tareas en los puestos de trabajo que a continuación se indican, hasta un máximo de 7 puntos, computados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
- Dirección de área o asimilado: a razón de 0,5833/365 puntos por día de servicios prestados.
- Jefatura de servicio o asimilado: a razón de 0,4667/365 puntos por día de servicios prestados.
- Jefatura de sección o asimilado: a razón de 0,3500/365 puntos por día de servicios prestados.
- Puesto técnico o asimilado: a razón de 0,2333/365 puntos por día de servicios prestados.
- Cualesquiera otras funciones: a razón de 0,1167/365 puntos por día de servicios prestados.
5. Grado consolidado. Según el grado consolidado a la fecha de finalización de presentación de solicitudes se otorgará la siguiente puntuación:
- Grado 22: 0,2 puntos.
- Grado 23: 0,4 puntos.
- Grado 24: 0,6 puntos.
- Grado 25: 0,8 puntos.
- Grado 26: 1 punto.
6. Puesto de trabajo. Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:
- Nivel 22: 0,4 puntos.
- Nivel 23: 0,8 puntos.
- Nivel 24: 1,2 puntos.
- Nivel 25: 1,6 puntos.
- Nivel 26: 2 puntos.
La valoración efectuada en este apartado, no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
7. Grupo de adscripción según RPT. Según el grupo de adscripción del puesto de trabajo establecido en la RPT que se ocupe el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente puntuación:
- A2/C1 o A2: 1 punto.
- A1/A2: 2 puntos.
8. Antigüedad. La antigüedad se valorará hasta un máximo de 1,67 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:
- Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en la escala de Gestión, asignándose 0,1676/365 puntos por día.
- Servicios prestados en la Universidad de Cádiz en otros cuerpos o escalas y en categorías laborales, asignándose 0,1/365 puntos por día.
- Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en cuerpos o escalas y en categorías laborales, asignándose 0,068/365 puntos por día.
No se computarán, a efectos de antigüedad, los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.
9. Libros, publicaciones y ponencias. Los libros y publicaciones autoría de las personas participantes en el proceso selectivo, en materias propias de las funciones asignadas a personal funcionario de la Administración General, en los que conste depósito legal e ISBN, se valorarán a razón de 0,3952 puntos por libro y 0,1976 puntos por publicación.
Las publicaciones en revistas especializadas se valorarán a razón de 0,1197 puntos. Cualquier otra publicación, ponencia o similar, se valorará a razón de 0,1197 puntos por cada una.
La puntuación máxima de este apartado no podrá superar los 2 puntos.
I.C) Proceso selectivo.
La determinación del número de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará sumando la puntuación obtenida en los tres ejercicios de la fase de oposición de quienes hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de oposición.
ANEXO II
PROGRAMA
Bloque I. Gerencia pública y organización de la Administración.
1. La Administración por objetivos: dirección por objetivos y programación de proyectos. Administración para la calidad. Modelos de gestión: el modelo EFQM. Los sistemas de certificación y acreditación.
2. El factor humano en la organización. El liderazgo: estilos y competencias del líder. El grupo en la organización: dinámicas de trabajo, el trabajo en equipo. La motivación. La comunicación interna en las organizaciones.
3. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Gestión de los conflictos en las organizaciones. La negociación. El cambio organizacional.
4. La gestión por competencias: concepto y tipos de competencias. El análisis y descripción de puestos de trabajo. La evaluación del desempeño.
5. El proceso de comunicación: concepto, elementos y tipos. El Buzón de Atención al Usuario de la Universidad de Cádiz (BAU).
6. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Transparencia de la actividad pública. Publicidad activa. El derecho de acceso a la información pública. Reglamento UCA/CG05/2019, de 17 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno de la Universidad de Cádiz.
7. Tercer Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz: misión, visión y valores; diagnóstico; dimensiones y objetivos.
8. Política Antifraude de la Universidad de Cádiz. La Comisión Antifraude.
Bloque II. Derecho Administrativo.
1. La actividad del Sector Público. Del servicio público en sentido estricto al servicio de interés general. La gestión de los servicios públicos: gestión directa y gestión indirecta.
2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales. Los órganos de las Administraciones Públicas.
3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Regulación del procedimiento sancionador y de responsabilidad patrimonial en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Funcionamiento electrónico del sector público. Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Organización y funcionamiento del sector público institucional.
6. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones Públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones.
7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas.
8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. De los actos administrativos.
9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
10. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. De la revisión de los actos en vía administrativa.
11. Concepto de Administración Pública a efectos del recurso contencioso-administrativo. Los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Reglas determinantes de sus respectivas competencias: la distribución de competencias de las Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El procedimiento contencioso-administrativo. La sentencia y los recursos contra las mismas.
12. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
13. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de promoción de la igualdad de género en Andalucía. Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
Bloque III. Gestión de personal y seguridad social.
1. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El TREBEP. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de empleo pública. Las relaciones de puestos de trabajo. Análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo. La formación del personal.
2. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Ingreso en los cuerpos y escalas de las Administraciones Públicas. La provisión de puestos de trabajo.
3. Situaciones del personal funcionarios: supuestos y efectos de cada una de ellas.
4. Derechos y deberes del personal funcionario. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades: regulación general y excepciones.
5. Régimen disciplinario: faltas, sanciones y tramitación.
6. Cuerpos Docentes Universitarios: su regulación en la LOSU y en los Estatutos de la Universidad de Cádiz. El régimen del profesorado universitario. Los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
7. El personal docente e investigador laboral: su regulación en la LOSU y en los Estatutos de la Universidad de Cádiz.
8. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios: su regulación en la LOSU y en los Estatutos de la Universidad de Cádiz.
9. Las fuentes del Derecho del Trabajo. Los convenios colectivos de trabajo. Concepto, naturaleza y régimen jurídico. Especial referencia al IV Convenio Colectivo del PAS laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
10. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción. Modalidades del contrato de trabajo.
11. Derecho sindical. La libertad sindical: contenido. La participación del personal en la empresa. Representación sindical. Régimen electoral.
12. El sistema español de seguridad social. El Régimen General. Tipos y características de las prestaciones. Afiliación de trabajadores. Altas y bajas. Cotización. Acción protectora. Aspectos generales del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
13. Prevención de riesgos laborales. Funciones y competencias de la Administración. Obligaciones de los empresarios.
Bloque IV. Gestión financiera y contratación administrativa.
1. El presupuesto, concepto y clases. Principios presupuestarios. El ejercicio presupuestario. Estructura del presupuesto: clasificación orgánica, funcional y económica. El ciclo presupuestario.
2. La Universidad de Cádiz. Créditos presupuestarios. Modificaciones de los créditos iniciales. Gastos plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de tesorería. Créditos ampliables. Transferencias de crédito. Ingresos que generan crédito. Remanentes de crédito.
3. La Universidad de Cádiz. Estado de ingresos del presupuesto. Ingresos presupuestarios. Créditos presupuestarios y remanentes de crédito.
4. La Universidad de Cádiz. Devoluciones de ingreso. Minoraciones de ingreso. Contraído, formalización. Tesorería, rentas públicas y gastos públicos.
5. El Plan General de Contabilidad Pública. Ámbito de aplicación y contenido del Plan. Normas de valoración Las Cuentas Anuales.
6. La Universidad de Cádiz. Ordenación del gasto y ordenación del pago: órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio. Control del gasto público. Clases. Especial referencia del control de legalidad. La Cámara de Cuentas de Andalucía. El Tribunal de Cuentas.
7. La Universidad de Cádiz. Gastos de personal. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos financieros. Gastos de transferencia: corrientes y de capital. Gastos de inversión.
8. La Universidad de Cádiz. Pagos: concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos en firme y a justificar. Justificación de libramientos. Sistemas de pago.
9. El sistema tributario español. Características. Estructura del Sistema de Imposición directa. Obligaciones tributarias de la UCA. El IRPF: naturaleza, características, hecho imponible y sujetos pasivos. Rentas exentas. Tratamiento de las retribuciones de personal, becas y ayudas. Retenciones a cuenta del impuesto.
10. Estructura del Sistema de Imposición indirecta. El IVA: naturaleza y objeto. Prestaciones patrimoniales de carácter público. Especial referencia a la Ley de Tasas y Precios Públicos. Precios públicos de servicios universitarios.
11. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Disposiciones generales.
12. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Partes en el contrato. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público.
13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas. De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas. De los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos públicos.
14. Gestión de subvenciones y transferencias. Conceptos generales. Nociones básicas sobre la Ley y el Reglamento de subvenciones. Legislación estatal y legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza.
15. Régimen patrimonial de la Universidad de Cádiz. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas: preceptos básicos. Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía: su aplicación en el ámbito universitario. La regulación en la Ley Andaluza de Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Cádiz.
16. Incidencia de las leyes de estabilidad presupuestaria en el proceso de elaboración, aprobación y ejecución del Presupuesto.
17. Régimen Económico de la Universidad, su regulación en la LOSU, LAU y Estatutos de la Universidad de Cádiz.
Bloque V. Gestión universitaria.
1. El Espacio Europeo de Educación Superior. Horizonte Europa.
2. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El Plan Propio de la Universidad de Cádiz.
3. Ley Orgánica del Sistema Universitario: Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación. Reglamento UCA para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, en colaboración con otras entidades o personas físicas.
4. Ley Orgánica del Sistema Universitario: Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades. Creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario. Cooperación, coordinación y participación en el sistema universitario. Universidad, sociedad y cultura. Internacionalización del sistema universitario.
5. Ley Orgánica del Sistema Universitario: Régimen jurídico, estructura y gobernanza de las universidades públicas.
6. Ley Orgánica del Sistema Universitario: Organización de las enseñanzas. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
7. Ley Orgánica del Sistema Universitario: El estudiantado en el Sistema Universitario. Normativa sobre acceso a la UCA.
8. Normativa sobre admisión, matriculación y permanencia en la Universidad de Cádiz.
9. Normativa reguladora de los estudios de Doctorado.
10. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad de Cádiz. Los Departamentos Universitarios: constitución, competencias y órganos de gobierno. Las Facultades y Escuelas: creación, funciones y órganos de gobierno. Las Facultades y Escuelas: creación, funciones y órganos de gobierno.
11. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Los órganos colegiados de gobierno en la Universidad de Cádiz. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno.
12. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Los órganos unipersonales de gobierno. El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario General. El Gerente.
13. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Docencia e investigación. Los estudiantes.
14. El Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz.
15. Código ético de la Universidad de Cádiz (Código Peñalver).
Descargar PDFBOJA nº 100 de 24/05/2024