Anuncio de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, en procedimiento de modificación de la resolución de concesión de la ayuda solicitada.
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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e intentada, sin efecto, la notificación personal en el domicilio que consta en dicho expediente, por el presente anuncio se notifica a la persona interesada que figura en el anexo adjunto, el acto administrativo que se indica.
El texto íntegro del mencionado acto se encuentra a disposición del interesado, en el lugar que se indica en el anexo, que podrá comparecer para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto. Las notificaciones se entenderán producidas a todos los efectos legales desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Sevilla, 20 de mayo de 2024.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
ANEXO I
Procedimiento: Expte. 2018/CA05/OGBPS5/116. Sobre modificación de la resolución de concesión por pérdida de derecho al cobro total de la ayuda concedida.
Fecha e identificación del acto a notificar: Resolución de 17 de marzo de 2024, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro total de la ayuda concedida mediante Resolución de fecha 15 de junio de 2021.
Extracto del acto notificado: Resolución por la que la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria modifica la Resolución de 15.6.2021, por la que se conceden las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para la intervención «La Camionnette», en el sentido de declarar la pérdida del derecho al cobro total de la cantidad concedida.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Acceso al texto íntegro: Servicio de Gestión y Control de Ayudas FEADER Desarrollo Rural de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, C/ Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla.
Lín. | DNI/NIF | Núm. expediente |
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1 | 15435904Y | 2018/CA05/OGBPS5/116 |
BOJA nº 100 de 24/05/2024