Orden de 30 de junio de 2023, por la que por la que se concede una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento a los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Entreolivos» de Dos Hermanas (Sevilla). (PP. 2358/2023).
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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Carmen La Casa García y doña María Concepción del Olmo Rodríguez, como representantes de Fomento de Centros de Enseñanza, S.A., entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Entreolivos», en solicitud de modificación de la autorización administrativa de funcionamiento de los mismos por ampliación en 1 unidad de segundo ciclo de educación infantil y supresión de 1 unidad de educación primaria.
Resultando que los mencionados centros tienen autorización administrativa para 4 unidades de primer ciclo de educación infantil con 61 puestos escolares y 14 unidades de segundo ciclo de educación infantil con 350 puestos escolares, por Orden de 9 de septiembre de 2021 (BOJA de 15 de octubre) y para 18 unidades de educación primaria con 450 puestos escolares, por Orden de 16 de julio de 2009 (BOJA de 12 de agosto).
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo), por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento por ampliación en 1 unidad de segundo ciclo de educación infantil y supresión de 1 unidad de educación primaria, a los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Entreolivos», promovida por Fomento de Centros de Enseñanza, S.A., como entidad titular de los mismos, con código 41001732, ubicados en Ctra. Hacienda Villanueva del Pítamo, s/n, de Dos Hermanas (Sevilla), quedando con la siguiente configuración:
a) Centro docente privado de educación infantil:
- 4 unidades de primer ciclo con 61 puestos escolares.
- 15 unidades de segundo ciclo con 375 puestos escolares.
b) Centro docente privado de educación primaria:
- 17 unidades con 425 puestos escolares.
Segundo. La entidad titular de los centros remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla la relación del profesorado de los mismos, con indicación de su titulación respectiva.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso 2023/2024.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de junio de 2023
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
BOJA nº 101 de 27/05/2024