Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 29/05/2024

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esta provincia.

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Mediante Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Delegada Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Córdoba, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» núm. 206, de 26 de octubre, fue convocado concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en dicha provincia.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en relación con el apartado 2 de la disposición derogatoria única de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, y con el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero (en adelante, el Reglamento), una vez finalizados los trabajos de valoración conforme a las bases de la convocatoria, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente propuesta de resolución del concurso, con la valoración final de las personas adjudicatarias y de los puestos que han resultado desiertos.

En su virtud, esta Delegación Territorial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 de la citada Ley 6/1985, de 28 de noviembre, en uso de la competencia atribuida por el artículo 43 del Reglamento, y conforme a la propuesta de resolución efectuada por la Comisión de Valoración,

RESUELVE

Primero. Adjudicación de los puestos de trabajo convocados.

1. Aprobar el listado definitivo de personas adjudicatarias de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I que acompaña a la presente resolución. Asimismo, en el Anexo II se relacionan los puestos que han resultado desiertos.

2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables salvo que, antes de que se produzca el cese efectivo o, en todo caso, antes de que finalice el plazo de cese se hubiese obtenido otro destino con carácter definitivo mediante convocatoria pública, en cuyo caso serán las personas interesadas las que, antes del día fijado para el cese, habrán de optar por uno de los dos puestos, viniendo obligadas a comunicar, por medios electrónicos a través de la «web de Emplead@», la opción ejercida a esta Delegación Territorial y a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en los términos establecidos en el artículo 50.1 del Reglamento. De no comunicarse en la forma y plazo indicado se entenderá que opta por el destino adjudicado.

3. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de resolución de las alegaciones presentadas contra la lista provisional de personas adjudicatarias, en los términos que constan en el acta de la sesión correspondiente.

4. Publicar en la «web de Emplead@»

(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/)

las listas definitivas de personas admitidas que no resultan adjudicatarias de este concurso, así como de las que han resultado excluidas con indicación de las causas de exclusión.

Segundo. Plazos de cese y toma de posesión.

1. El cese del personal funcionario de carrera en su anterior destino se efectuará con fecha 31 de mayo de 2024.

No obstante, se podrá diferir el cese por necesidades del servicio y motivadamente hasta veinte días hábiles, al personal funcionario cuyos puestos no hayan sido adjudicados a resultas por su participación en alguna de las convocatorias simultáneas, comunicándolo a la unidad a la que haya sido destinado el personal funcionario.

2. La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes a contar desde el día 1 de junio de 2024.

3. El plazo de incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se efectuará en los tres días hábiles siguientes al del cese si no implica cambio de residencia, o en el plazo de un mes si comporta cambio de residencia con la obligación, en este último caso, de acreditar de forma fehaciente dicho extremo. Si la adjudicación definitiva comportase el reingreso al servicio activo, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá en la misma fecha en la que se toma posesión en el mismo.

4. De conformidad con el artículo 51.4 del Reglamento, el cómputo del plazo de toma de posesión se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas.

Asimismo, el plazo de toma de posesión se iniciará, en su caso, cuando finalice el periodo de vacaciones que haya podido ser concedido a las personas adjudicatarias o la situación de incapacidad temporal en que se hayan podido encontrar, de conformidad con la base decimocuarta de la convocatoria.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la persona titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, de conformidad con el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 15.3 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Córdoba, 22 de mayo de 2024.- La Delegada, Raquel López Moriana.

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