Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 06/06/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción

Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo, próximo a quedar vacante, por el sistema de libre designación.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00302905.

Conforme a lo establecido en los artículos 31.1 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, y el artículo 58 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, aprobado por Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, esta Dirección, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 14.2.g) del citado reglamento, anuncia la provisión de un puesto de trabajo por el sistema de libre designación, con sujeción a las siguientes

BASES

Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación, que se detalla en el anexo de la presente resolución.

Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Tercera. La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El deber de relacionarse con la institución por medios telemáticos comprenderá también, necesariamente, la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran de una comunicación personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

No serán tenidas en cuenta las solicitudes de participación presentadas por papel ni por otro medio electrónico que no sea el indicado en el apartado anterior. En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal o de la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.

Las solicitudes de participación y cuanta documentación se acompañe, se dirigirán a la persona titular de la Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción través del trámite específico habilitado en su sede electrónica accesible a través de la url https://antifraudeandalucia.sedelectronica.es dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

A tal efecto, se deberá cumplimentar el formulario de solicitud habilitado en la sede electrónica, adjuntando los documentos en formato PDF que deban aportarse en virtud de lo dispuesto en las presentes bases. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación telemática de las solicitudes, se estará a lo que disponen los apartados 3 y 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta. En el formulario referido figurarán los datos personales y profesionales requeridos así como el puesto al que aspira, debiendo acompañarse del currículum vitae y de la hoja de acreditación de datos (hoja de servicios o similar), en el que se harán constar el número de registro de personal, cuerpo de pertenencia y destino actual, grado personal consolidado, títulos académicos, cursos de perfeccionamiento, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, años de servicio, y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicite.

Quinta. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y su acreditación documental podrá ser requerida en cualquier momento por esta institución.

Sexta. De estimarse necesario, se celebrarán entrevistas con objeto de garantizar la adecuación de los candidatos al puesto que se aspira, pudiendo declararse la convocatoria desierta si se entendiera que ninguna persona solicitante reúne las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el desempeño.

Séptima. Una vez trascurrido el período de presentación de instancias, la solicitud formulada será vinculante para el peticionario y el destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Octava. Una vez publicada la resolución de adjudicación del puesto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la toma de posesión se deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al de cese en el destino de origen y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde dicha publicación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina, aprobado por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 20 de abril de 2022, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de mayo de 2024.- El Director, Ricardo Vicente Puyol Sánchez.

ANEXO

Denominación del puesto: Secretaría de Dirección y Unidad de Tramitación.*

Núm. de plazas: 1.

Adscripción: F.

Grupo/s: A2/C1.

Nivel: 22.

C. específico: 17.265,60 €.

Modo de acceso: LD.

Requisitos: Experiencia de, al menos, cuatro años en funciones o área de Administración Pública. Formación relacionada con alguna de las funciones o áreas antes indicadas.

*Próximo a quedar vacante

Descargar PDF