Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 01/07/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 24 de junio de 2024, de la Agencia Tributaria de Andalucía, relativa a la suplencia temporal de los Gerentes Provinciales durante el período de vacaciones estivales.

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RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA, RELATIVA A LA SUPLENCIA TEMPORAL DE LOS GERENTES PROVINCIALES DURANTE EL PERIODO DE VACACIONES ESTIVALES

El artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que «Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos. En los supuestos previstos en el apartado anterior, si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato de quien dependa».

Visto el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/2012, de 17 de enero, procede establecer el régimen de suplencia adecuado durante el periodo vacacional de los Gerentes Provinciales de la Agencia Tributaria de Andalucía.

De acuerdo con lo anteriormente expresado,

DISPONGO

Primero. Designar suplente de la Gerente Provincial en Almería:

a) A la Gerente Provincial en Cádiz durante el periodo comprendido del 15 de julio al 2 de agosto de 2024, ambos incluidos.

b) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 5 al 9 de agosto de 2024, ambos incluidos.

c) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 12 al 14 de agosto, ambos incluidos.

d) Al Gerente Provincial en Córdoba el 16 de agosto de 2024.

Segundo. Designar suplente de la Gerente Provincial en Cádiz:

a) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 5 al 14 de agosto de 2024, ambos incluidos.

b) Al Gerente Provincial en Córdoba el 16 de agosto de 2024.

c) A la Gerente Provincial en Almería durante el periodo comprendido del 19 al 30 de agosto de 2024, ambos incluidos.

d) Al Gerente Provincial en Córdoba durante el periodo comprendido del 2 al 10 de septiembre de 2024, ambos incluidos.

Tercero. Designar suplente del Gerente Provincial en Córdoba:

a) A la Gerente Provincial en Granada durante el periodo comprendido del 29 de julio al 1 de agosto de 2024, ambos incluidos.

b) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 5 al 8 de agosto de 2024, ambos incluidos y durante el periodo comprendido del 12 al 14 de agosto de 2024, ambos incluidos.

c) A la Gerente Provincial en Almería durante el periodo comprendido del 19 al 22 de agosto de 2024, ambos incluidos y durante el periodo comprendido del 26 al 29 de agosto de 2024, ambos incluidos.

Cuarto. Designar suplente de la Gerente Provincial en Granada:

a) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 8 al 12 de julio de 2024, ambos incluidos.

b) A la Gerente Provincial de Huelva durante el periodo comprendido del 15 al 19 de julio de 2024, ambos incluidos.

c) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 12 al 14 de agosto de 2024, ambos incluidos.

d) Al Gerente Provincial en Córdoba el 16 de agosto de 2024.

e) A la Gerente Provincial de Almería durante el periodo comprendido del 19 al 30 de agosto de 2024, ambos incluidos.

Quinto. Designar suplente de la Gerente Provincial en Huelva:

a) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 5 al 9 de agosto de 2024, ambos incluidos.

b) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 12 al 14 de agosto de 2024, ambos incluidos.

c) Al Gerente Provincial en Córdoba el 16 de agosto de 2024.

d) A la Gerente Provincial en Almería durante el periodo comprendido del 19 al 23 de agosto de 2024, ambos incluidos.

e) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 26 al 30 de agosto de 2024, ambos incluidos.

Sexto. Designar suplente del Gerente Provincial en Jaén:

a) Al Gerente Provincial en Sevilla durante el periodo comprendido del 15 al 26 de julio de 2024, ambos incluidos.

b) A la Gerente Provincial en Granada durante el periodo comprendido del 29 al 31 de julio de 2024, ambos incluidos.

c) Al Gerente Provincial en Córdoba el 16 de agosto de 2024.

d) A la Gerente Provincial en Almería durante el periodo comprendido del 19 al 23 de agosto de 2024, ambos incluidos.

e) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 26 al 30 de agosto de 2024, ambos incluidos.

f) Al Gerente Provincial en Sevilla durante el periodo comprendido del 2 al 3 de septiembre de 2024, ambos incluidos.

Séptimo. Designar suplente del Gerente Provincial en Málaga:

a) Al Gerente Provincial en Córdoba durante el periodo comprendido del 15 al 26 de julio de 2024, ambos incluidos.

b) A la Gerente Provincial en Huelva durante el periodo comprendido del 29 de julio al 2 de agosto de 2024, ambos incluidos.

c) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 12 al 14 de agosto de 2024, ambos incluidos.

d) Al Gerente Provincial en Córdoba el 16 de agosto de 2024.

e) A la Gerente Provincial en Almería durante el periodo comprendido del 19 al 23 de agosto de 2024, ambos incluidos.

Octavo. Designar suplente del Gerente Provincial en Sevilla:

a) A la Gerente Provincial en Huelva el 29 de julio de 2024 y durante el periodo comprendido del 1 al 2 de agosto de 2024, ambos incluidos.

b) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 5 al 14 de agosto de 2024, ambos incluidos.

c) Al Gerente Provincial en Córdoba el 16 de agosto de 2024.

d) A la Gerente Provincial en Almería durante el periodo comprendido del 19 al 23 de agosto de 2024, ambos incluidos.

e) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 26 al 30 de agosto de 2024, ambos incluidos.

Noveno. Siempre que se ejerzan competencias con base en la suplencia establecida en esta resolución, deberá hacerse constar así en los actos o resoluciones administrativas correspondientes.

Décimo. La presente suplencia no implicará alteración alguna de las competencias atribuidas a los Gerentes Provinciales.

Sevilla, 24 de junio de 2024.- El Director, José Francisco Parra Soler.

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