Anuncio de 27 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, por el que se notifican a los interesados los actos relativos a determinados procedimientos sancionadores en materia de medio ambiente que se citan.
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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el último domicilio conocido de los interesados, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan los siguientes actos administrativos, para cuyo conocimiento íntegro podrán comparecer en la Secretaría General de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, sita en C/ Joaquina Eguaras, núm. 2, 2.ª planta en Granada, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación:
1.º NIF: 76626153C.
- Expte.: OBL 58/2024.
- Acto notificado: Notificación de la necesidad del cumplimiento de la obligación derivada del expediente sancionador GR/0142/23.
- Obligación: Con relación al asunto de referencia, por resolución definitiva sancionadora dictada por el Delegado Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en Granada, el 22 de diciembre de 2023, se le impuso la siguiente obligación no pecuniaria: «Deberá proceder a la retirada del remolque referido».
Por tanto, constando a día de hoy que no se ha cumplido la obligación, se le requiere para que en un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de recepción de esta notificación, proceda a su realización, debiendo comunicarlo y acreditarlo ante esta Delegación Territorial.
Transcurrido este periodo sin que se haya comunicado el cumplimiento por la titular, se solicitará que se gire de nuevo visita por los Agentes de Medio Ambiente al lugar de los hechos y si se confirma que continua la misma situación, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 20 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, así como la posibilidad que los artículos 98 y 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ofertan a las Administraciones Públicas a través de sus órganos competentes, se podrá proceder previo apercibimiento, a la ejecución forzosa del acto administrativo, mediante la imposición de multas coercitivas reiteradas por lapsos de tiempo, que sean suficientes para cumplir lo ordenado.
Granada, 27 de junio de 2024.- El Delegado, Manuel Francisco García Delgado.
Descargar PDFBOJA nº 127 de 02/07/2024