Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 04/07/2024

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Anuncio de 26 de junio de 2024, de la Dirección de Administración General de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria de provisión interna de vacante de Técnico Superior de Comunicación de Servicios Centrales.

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Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la Resolución de fecha 21 de junio de 2024, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

«RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA DE PROVISIÓN INTERNA DE VACANTE DE TÉCNICO SUPERIOR DE COMUNICACIÓN DE SERVICIOS CENTRALES DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA.

ANTECEDENTES

Primero. Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, los cuales no sólo se han adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del sector público de Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del régimen jurídico de las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sino que responden a un nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se vió sensiblemente modificado y ampliado a la consolidación en la prestación de servicios.

La aprobación de los Estatutos supuso la introducción de diversos cambios en aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.

La asunción de estas potestades y competencias hacen especialmente relevantes el mantenimiento, en la medida de lo posible, de los puestos de carácter técnico dentro de la Agencia y, por consiguiente, la potenciación de la promoción interna fomentada desde 2021 por la entonces Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Pública al señalar en el informe recaído en el Expediente CN-00062/2021 que: «El procedimiento de promoción interna dentro de convenio colectivo no precisa informe de esta Secretaría General. Como es lógico, derivado de la promoción interna la persona trabajadora cambiará no solo sus condiciones económicas sino también las de trabajo, ya que pasará a realizar tareas diferentes. En todo caso, no es preceptivo el informe de este Centro Directivo al tener regulado dicho procedimiento en el Convenio Colectivo.»

Segundo. El artículo 19 del IV Convenio Colectivo de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía establece el régimen de vacantes y proceso para su cobertura:

“1. Se entiende por vacante la necesidad de la Agencia de cubrir el desempeño efectivo de un puesto de trabajo, de acuerdo con las necesidades de producción de cada momento, y que sea jurídicamente viable su cobertura conforme a la normativa vigente.

2. Como máximo anualmente, la Agencia formulará una propuesta de cobertura de vacantes. De dicha propuesta se dará traslado a la representación de los trabajadores para que emita el correspondiente informe, con carácter previo a su remisión al Consejo de Administración de la Agencia.

3. En primer lugar serán llamadas a la cobertura de vacantes las personas en situación de excedencia voluntaria que hayan solicitado la reincorporación y que provengan del mismo área, grupo y puesto tipo.

Para hacer efectivo este derecho la Dirección ofertará las plazas a las personas mencionadas en el apartado anterior antes de proceder a la apertura del proceso de provisión interna de vacantes.”

Tercero. El artículo 21 del IV Convenio Colectivo de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía desarrolla el sistema de provisión interna de vacantes en los siguientes términos:

“1. Para posibilitar el desarrollo profesional efectivo de la plantilla de AVRA, se proveerán las vacantes mediante este procedimiento basado en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

2. La provisión interna se llevará a cabo por los procedimientos de concurso, que consistirán en la valoración de mérito y capacidades de los candidatos por un órgano de selección.

3. Las bases reguladoras contemplarán los requisitos necesarios para acceder a las plazas así como los criterios de ponderación de méritos, rigiéndose por los perfiles recogidos en el catálogo de puestos de trabajo.

4. De forma general atenderán a los siguientes criterios:

a) Experiencia y méritos profesionales, 20-40 puntos.

b) Antigüedad, 20-40 puntos.

(Entre ambos conceptos deben sumar como máximo 60 puntos.)

c) Formación directa, 10-25 puntos.

d) Formación indirecta, 5-20 puntos.

(Entre ambos conceptos deben sumar como máximo 30 puntos.)

e) Otros méritos, 0-10 puntos.

Con carácter previo a la valoración de estos criterios, las bases podrán contemplar pruebas eliminatorias para evaluar las aptitudes profesionales. Así mismo las bases determinarán los criterios de resolución en caso de empate numérico.

5. Los criterios anteriores se reconocerán en los términos establecidos en cada caso en la convocatoria.”

Cuarto. La cobertura de las vacantes por la vía de la promoción profesional entre personal de la Agencia está prevista en el IV Convenio Colectivo de la Agencia y permitida por las Consejerías competentes en la materia a tenor de los dispuesto en el informe a la consulta planteada a la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local relativa a la necesidad de informe favorable para la realización de un procedimiento de promoción interna regulado en convenio colectivo, contenido en el Expte: CN-00062/2021 .

Quinto. Ante la jubilación producida del único puesto de Técnico Superior de Comunicación de la Agencia, y la inexistencia de solicitud de reincorporación por personas en excedencia voluntaria en los términos del artículo 19.3 del IV Convenio Colectivo de la Agencia, se convoca la presente promoción interna para la cobertura definitiva del mismo.

Vistos los anteriores antecedentes, en uso de las facultades que se me reconocen por aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.2.a) de los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, aprobados por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, y demás normativa de aplicación

HE RESUELTO

Primero. Aprobar la convocatoria pública para la provisión interna de un puesto de Técnico Superior de Comunicación en Servicios Centrales de AVRA.

Segundo. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases que más abajo se transcriben, por lo regulado en el IV Convenio Colectivo de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, en la Ley 12/2023, de 26 de diciembre (BOJA núm. 248, de 29.12.2023), del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, en el Estatuto de los Trabajadores y en el Estatuto Básico del Empleado Público así como en la Ley 5/2023, de 7 de junio de la Función Pública de Andalucía, en cuanto resulte de aplicación.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Objeto de la convocatoria.

A) Puesto de trabajo: Técnico Superior Comunicación.

Número de plazas: 1.

Lugar de trabajo: Servicios Centrales.

Grupo profesional: A.

Titulación requerida: Licenciatura en Ciencias de la Información o Titulación Universitaria Superior con estudios especializados en las técnicas requeridas, o equivalente según el sistema educativo vigente.

Funciones del puesto:

Perfil recogido en el catálogo de puestos de trabajo, que son las acordadas en la ficha del puesto de trabajo de TS COMUNICACIÓN del IV Convenio Colectivo, publicado en la intranet de la Agencia concretamente en Portal del Empleado, punto 9- Catálogo de puestos, áreas funcionales y organigrama de la Agencia, Áreas y ámbitos funcionales, Área de Comunicación.

Formación: (los conocimientos incluidos en este apartado serán considerados formación directamente relacionada con las funciones del puesto ofertado):

• Diseño y planificación de gestión de contenidos digitales.

• Planificación y estrategias de comunicación.

• Redes Sociales.

• Periodismo y marketing digital.

• Estrategia y marketing comercial.

• Diseño gráfico.

• Redacción de intervenciones públicas y notas de prensa.

• Comunicación corporativa.

• Comunicación pública e institucional.

• Imagen y reputación corporativa.

• Accesibilidad web.

• Protocolo y organización de eventos.

• Aplicaciones informáticas de gestión de contenidos.

• Análisis de datos cualititativos de la empresa.

• Administración Electrónica.

• Aplicaciones corporativas de la Agencia.

• Ofimática.

• Atención al Público.

• Reglamento General de Protección de Datos.

• Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

• Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

• Otras materias relacionadas directamente con las funciones del puesto.

2. Requisitos de los/as candidatos/as.

Podrán participar en el proceso de selección todos aquellos/as candidatos/as de la plantilla de AVRA, que reúnan los siguientes requisitos de carácter excluyentes:

a) Tener relación laboral vigente en la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía o suspendida por IT, maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo y/o lactancia, desde la publicación de la presente convocatoria hasta la formalización de la resolución de adscripción. Se admitirán las solicitudes de los excedentes con relación laboral fija siempre que a fecha de finalización de presentación de solicitudes de la presente convocatoria hayan solicitado la reincorporación inmediata a la Agencia.

b) Estar, al momento de finalización de presentación de solicitudes, en posesión del título universitario expedido por el Ministerio correspondiente, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.

c) No estar afectado/a por las inhabilitaciones de ascenso previstas en el Régimen Disciplinario del IV Convenio Colectivo de AVRA.

d) No estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias del puesto objeto de la convocatoria al que se opte.

e) No hallarse inhabilitado/a para el desempeño de la profesión o funciones relacionadas con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria que se solicite.

f) No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

g) Carnet de conducir vigente.

h) Disponibilidad para viajar.

3. Órgano de selección.

El Órgano de Selección está compuesto por cuatro personas, dos de ellas designadas por la Sección de Recursos Humanos: Natalia Martín Candau y Miguel Ángel Flores Cordón, ambos trabajadores indefinidos que ocupan el puesto de trabajo de Técnico Superior de Recursos Humanos, y dos trabajadores de la Agencia que pertenezcan al mismo o superior grupo profesional que el de la plaza ofertada y que serán elegidos/as mediante sorteo de una lista de candidatos/as proporcionada por los Representantes de los Trabajadores.

Los miembros del Órgano de Selección poseerán un amplio conocimiento del área profesional en que estén incardinados los puestos o funciones a que se dirige la selección, o un dominio de las técnicas y habilidades específicas de selección de personal, o ambas cosas al mismo tiempo.

Los miembros del Órgano de Selección serán elegidos de entre el personal de AVRA ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y tendiendo a la paridad entre mujeres y hombres, sin que forme parte del mismo el personal de elección o de designación política, el eventual y el interino o temporal.

Podrán asistir a las sesiones del Órgano de Selección, con voz y sin voto, hasta dos representantes de los trabajadores de la provincia elegidos por la Representantes de los Trabajadores de la misma, o si afecta a varias provincias, por el Comité Intercentros.

El Órgano de Selección queda facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases y podrá estar asesorado por entidades o técnicos especialistas en selección de personal.

Corresponde al Órgano de Selección el desarrollo de las distintas fases del proceso de cobertura de vacantes, así como la propuesta de la persona candidata más idónea para el desempeño del puesto ofertado, debiendo actuar en base a los principios de imparcialidad, objetividad y profesionalidad.

Uno de los miembros del Órgano de Selección designado por la Sección de Recursos Humanos actuará como Secretario/a de dicho Órgano de Selección.

Los trabajos de gestión serán desarrollados por la Sección de Recursos humanos, una vez fijados los criterios por el Órgano de Selección.

4. Solicitudes y plazo de presentación.

1. La solicitud para participar en el proceso de selección y la autobaremación se encuentran anexas a la presente convocatoria.

Habiéndose establecido expresamente un formulario de participación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas.

Los/as aspirantes que concurran deberán autobaremarse conforme a lo estipulado en la base sexta. En el caso de que la/s candidatura/s no se autobareme/n será/n excluída/s del proceso de selección.

Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el formulario de participación, sin que puedan efectuar modificación una vez presentado. Sin perjuicio de lo anterior, podrá presentarse una nueva solicitud dentro del plazo de participación recogido en el presente apartado, en cuyo caso la primera solicitud y la documentación anexa a la misma quedará sin efecto.

La entrega de la solicitud, sin las declaraciones juradas y/o sin la documentación justificativa requeridas y/o la no cumplimentación de la solicitud en la forma descrita o presentación fuera de plazo será causa automática de inadmisión y exclusión del proceso de selección.

2. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación acreditativa de méritos finalizará a los 5 días laborables desde la publicación en la INTRANET de AVRA, e irán dirigidas a la persona titular de la Gerencia de AVRA.

3. La presentación de solicitudes, declaraciones juradas y documentación justificativa se realizará exclusivamente de forma electrónica accediendo a la siguiente dirección correspondiente a la presentación electrónica general de la Junta de Andalucía:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml

Una vez que se haya accedido a la presentación electrónica general de la Junta de Andalucía deberá accederse a “Nueva Solicitud”.

El siguiente paso será autentificación, mediante Certificado Digital o Clave.

Posteriormente, en la ventana de Documentación Obligatoria/Solicitud/ se ha de seleccionar Iniciar, y a continuación rellenar el formulario genérico de solicitud en sus diversos apartados:

• Apartado 1 relativo a los datos de la persona solicitante (Nombre, apellido y DNI/NIE/CIF aparecen cumplimentados con los datos del Certificado Digital o Clave).

• Apartado 2 relativo al destinatario, donde el Órgano al que se dirige el formulario es la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y el Órgano/Agencia/ETC es la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA).

• Apartado 3 expone, en el que habrá que hacer constar el siguiente texto:

«Se adjunta modelo de solicitud, declaraciones juradas y documentación justificativa que no puede ser introducida en CANDIL por carecer de campos para ello y que guarda relación con los datos personales, de la titulación académica oficial expedida por la autoridad competente, de los méritos y de los demás requisitos exigidos en las presentes bases para participar en la promoción interna a puesto de técnico medio.»

• Apartado 4 solicita, en el habrá que hacer constar el siguiente texto:

«Ser admitido al proceso de selección».

La presentación de solicitud fuera de plazo será causa automática de exclusión del proceso de selección.

La documentación acreditativa que acompaña la solicitud deberá ser introducida en CANDIL, siempre que ello fuera posible, plataforma habilitada para los datos laborales y académicos de todo el personal de AVRA; es decir, los datos referentes a experiencia laboral fuera de AVRA y formación realizadas tanto dentro (La formación interna de AVRA a partir del año 2008 aparece en CANDIL en el apartado “Mi Formación”) como fuera de la Agencia, así como títulos académicos, carnet de conducir, conocimientos de aplicaciones informática, etc.

Al acceder a CANDIL se introducirán los datos curriculares, los cuales conformarán el C.V.

4. El acceso a la aplicación se realizará a través del siguiente enlace:

http://candil.epsa.junta-andalucia.es

No computarán aquellas acciones formativas correspondiente al actual Plan de Formación, que aún no estén completadas y/o finalizadas en algunas de sus ediciones o sesiones.

En la solicitud se ha detallar y autobaremar toda la formación y experiencia profesional de la candidatura.

5. Documentación acreditativa a aportar.

La documentación que cada candidato/a deberá aportar por registro será la siguiente:

Formulario de solicitud y autobaremación cumplimentado y firmado, indicando el correo electrónico donde se desea recibir las notificaciones. La documentación que cada candidato/a deberá rellenar y aportar en CANDIL será la siguiente:

Toda la documentación acreditativa tanto de la “formación” como de la “experiencia y méritos profesionales fuera de AVRA así como títulos académicos, carnet de conducir vigente, conocimientos de idiomas, de aplicaciones informáticas….(La formación interna de AVRA a partir del año 2008 aparece en CANDIL en el apartado “Mi Formación”).

La Sección de Recursos Humanos se pone a disposición de los/as candidatos/as para facilitarles el acceso a la documentación que exista en su expediente pero no se hace responsable de completar aquellas solicitudes que se presenten sin dicha documentación acreditativa de la “experiencia y méritos profesionales” y de la “formación”, que deberá ser cargada en CANDIL para ser tenida en cuenta por la Órgano de Selección. En CANDIL podrá cargarse toda la documentación hasta el último día del periodo de presentación de solicitudes.

Con el fin de salvaguardar la igualdad de oportunidades para todos/as los/as aspirantes, no se tendrá en cuenta la experiencia profesional adquirida por vía del artículo 16 del IV Convenio Colectivo de AVRA.

Tampoco se tendrán en cuenta certificados o documentos de experiencia y/o antigüedad contradictorios con el Informe de Vida Laboral, salvo aquello que estén suficientemente acreditados o permitan la comprobación fehaciente de los mismos.

El Informe de Vida Laboral tendrá carácter acreditativo de los periodos temporales cotizados por el/la candidato/a.

El Órgano de Selección, podrá requerir a los/as candidatos/as, concediendo a tal efecto un plazo de tres días laborables, para la presentación de aquellos documentos que se consideren aclaratorios o necesarios para la correcta valoración de su solicitud. Una vez finalizado dicho plazo no se admitirá documentación. Dicha documentación podrá ser requerida por escrito acusando recibo, mediante el correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.

5.1. Documentación acreditativa de la experiencia profesional fuera de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía: La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado, contrato de trabajo, certificado de empresa, o nombramiento de funcionario, o cualquier otro medio admitido en Derecho, etc.

Cuando se aporte el certificado de funciones, éste debe cumplir los siguientes requisitos:

• Denominación del puesto e indicación de funciones.

• Sellado y firmado por la empresa y/o entidad que lo expide.

• Datos oficiales de la empresa que certifica.

La experiencia y méritos profesionales por cuenta propia habrá de acreditarse mediante certificación visada por el Colegio Profesional de los trabajos realizados, o cualquier otro medio admitido en Derecho, y deberá justificarse mediante formulación de «curriculum» profesional en el que de forma pormenorizada se describa la actividad profesional y los méritos que puedan concurrir en el aspirante, no valorándose aquella experiencia que no tenga relación directa con el puesto ofertado.

5.2. Documentación acreditativa de la formación que no consta en la aplicación de CANDIL de MI FORMACIÓN AVRA:

- Formación recibida:

• Denominación del curso.

• Centro, organismo o institución oficial, con acreditada solvencia, que lo expide.

• Descripción del programa impartido.

• Número de horas.

- Formación impartida:

• Certificado acreditativo de las horas de docencia y del programa impartido, expedido por el organismo competente dentro de la institución con acreditada solvencia que patrocine esa actividad de docencia.

- Publicaciones o Ponencias:

Copia del artículo publicado y de la ponencia impartida, que serán de entidad suficiente y relacionada con las funciones del puesto objeto de la convocatoria. Dicha ponencia estará acompañada de un certificado acreditativo expedido por el organismo competente de la institución con acreditada solvencia que lo patrocine.

Del artículo publicado, se deberá acreditar la autoría.

No se tendrán en cuenta publicaciones o ponencias en que la participación haya consistido en distribuir, difundir, maquetar, imprimir o dar formato al contenido cuya autoría intelectual corresponde a otros/as.

En todo caso los/as candidatos/as tendrán que tener acreditados documentalmente todos sus méritos con anterioridad a la fecha de la propuesta de candidato/a idóneo/a por el Órgano de Selección.

6. Procedimiento de selección de la provisión interna de vacante.

1. Para posibilitar el desarrollo profesional efectivo de la plantilla de AVRA, se proveerán las vacantes mediante este procedimiento basado en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

2. La provisión interna se llevará a cabo por el procedimiento de concurso, que consistirán en la valoración de mérito y capacidades de los candidatos por el Órgano de Selección.

3. Los criterios generales de baremación y ponderación de méritos serán los siguientes:

• Cumplir los requisitos establecidos en el apartado 2 de las presentes bases de selección.

• Adecuación a los perfiles recogidos en el catálogo de puestos de trabajo.

• El Órgano de Selección procederá al análisis curricular de los datos aportados por los/las candidatos/as, a fin de comprobar que cumplen los requisitos exigidos y se adecúan al perfil del puesto ofertado, de acuerdo con los “criterios de baremación y ponderación de méritos” contenidos en las presentes bases.

• En el caso de concurrir más de un/a candidato/a al puesto ofertado se contempla, con carácter previo a la baremación, una prueba eliminatoria para evaluar las aptitudes profesionales relacionadas con el perfil del puesto. Dicha prueba eliminatoria se realizará conforme se indica en el Anexo núm. 2 de los criterios específicos de baremación y ponderación de méritos y la aptitud en la misma tendrá un valor de 10 puntos en la baremación.

• Se valorarán los siguientes 4 parámetros conforme se indica en el Anexo núm. 1 de los criterios específicos de baremación y ponderación de méritos: (1) la experiencia y méritos profesionales, (2) la antigüedad, (3) la formación directa y (4) la formación indirecta.

◦ La Experiencia y méritos profesionales se valorará “hasta” con 40 puntos.

◦ La Antigüedad se valorará con 20 puntos. Se tendrá en cuenta la antigüedad reconocida en los términos previstos en el Convenio Colectivo de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.(4)

◦ La Formación directa se valorará con 25 puntos.

◦ La Formación indirecta se valorará con 5 puntos.

En caso de igualdad de la baremación en los apartados de experiencia profesional, antigüedad y formación directa e indirecta, se incorporará la candidatura del género menos representado. Si persiste el empate en género o se ha llegado al mismo sin tener iguales resultados en todos los apartados, se adjudicará la provisión interna a la candidatura que haya obtenido una mejor puntuación en la prueba eliminatoria. En caso de que también se haya producido un empate en la prueba de conocimientos, resolverá la Dirección de la Agencia mediante informe motivado.

• Para garantizar la adecuación entre “la experiencia y méritos profesionales” aportada por los/as candidatos/as y el perfil del puesto, el Órgano de Selección podrá acordar al inicio del proceso la utilización de coeficientes ponderados en la baremación, haciendo uso del “HASTA” contenido en el apartado “Experiencia Profesional” de la presente convocatoria.

• No se valorará el solapamiento de periodos de trabajo. Si concurriera el solapamiento de experiencias y méritos profesionales en un mismo periodo, se tendrá en consideración el más favorable, con el porcentaje de dedicación que se acuerde por el Órgano de Selección.

4. Finalizado el proceso de selección, el Órgano de Selección propondrá a la Gerencia de la Agencia la candidatura más idónea para el desempeño del puesto ofertado según el art. 23.1 del IV Convenio Colectivo. La Gerencia designará al candidato/a finalista conforme al/el candidato/a propuesto por el Órgano de Selección.

5. Resuelto el proceso de selección y designado el/la candidato/a finalista por la Gerencia de la Agencia, el/la trabajador/a deberá incorporarse a su nuevo destino en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución de adscripción en la intranet de la Agencia, si es dentro de la misma provincia, y un plazo de 20 días naturales si es en distinta provincia. Este plazo podrá adelantarse o demorarse dependiendo de la planificación y necesidades organizativas de la Agencia. En el caso de no producirse la incorporación se entenderá que renuncia a su resultado de candidato/a finalista.

6. Se establece un periodo de prueba de 4 meses en virtud de lo establecido en la art. 24.2 del IV Convenio Colectivo.

7. Procedimiento de reclamación.

Los interesados/as podrán presentar reclamaciones ante la Gerencia de la Agencia, contra las actuaciones y en los plazos que a continuación se referencian:

- Admisión de los candidatos/as que reúnan los requisitos de la convocatoria: 3 días laborables desde su publicación en la intranet de la Agencia.

- Publicación de los candidatos/as aptos de la prueba y su puntuación: 3 días laborables desde su publicación en la intranet de la Agencia.

- Designación de el/la candidato/a finalista: 3 días laborables desde su publicación en la intranet de la Agencia.

La resolución de la Gerencia sobre la reclamación presentada será recurrible en alzada en el plazo de un mes desde su notificación ante la Dirección General, cuya resolución será definitiva, y contra la misma podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social en el plazo de dos meses, sin necesidad de interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social.

En el supuesto que transcurran tres meses sin haber sido notificada la resolución que resuelva el recurso de alzada, se podrá entender desestimado el recurso en los términos del artículo 122.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el/la interesado/a podrá formalizar la demanda en el plazo de dos meses ante la jurisdicción social sin necesidad de interponer reclamación previa a la vía judicial social.

En Sevilla, a la fecha de la firma digital del presente documento

Fco. Javier Díaz Pérez. EL GERENTE».

Las bases que desarrollan la presente convocatoria se encuentran publicadas en la intranet de la Agencia de vivienda y Rehabilitación de Andalucía que se describe a continuación: https://www.juntadeandalucia.es/avra/opencms/servicios/rrhh/index.html

Sevilla, 26 de junio de 2024.- La Directora de Administración General, María Dolores de Pablo-Blanco Oliden.

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