Extracto de la Resolución de 1 de julio de 2024, de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico, por la que se efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía.
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BDNS: 772059.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se convoca para los años 2024 a 2027 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas acogidas al Decreto 114/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las pymes y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
Segundo. Objeto.
1. La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva correspondiente a la línea de proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía, definidos en el Decreto 114/2024, de 18 de junio.
2. La información asociada al procedimiento de subvenciones a estos proyectos está disponible con el código de procedimiento 2/CEHFE/25607, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25607
3. Los proyectos deberán cumplir los requisitos establecidos en el cuadro resumen de las bases reguladoras para esta línea de ayudas.
Tercero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarias las empresas, teniendo la condición de PYME con las siguientes formas jurídicas: sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.
2. Deberán además cumplir el resto de los requisitos y condiciones establecidas en el Decreto 114/2024, de 18 de junio.
Cuarto. Bases reguladoras.
Decreto 114/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las pymes y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía (BOJA núm. 120, de 21.6.2024).
Quinto. Presupuesto y financiación.
1. Atendiendo a lo dispuesto en la disposición adicional única de las bases reguladoras, se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas correspondientes a la presente convocatoria por importe de 7.500.000,00 euros con cargo al presupuesto de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
2. Las subvenciones estarán cofinanciadas al 85% por la Unión Europea, dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 en los términos que se establecen en la resolución de la convocatoria.
3. La partida presupuestaria con cargo a la que se imputará el gasto de estas subvenciones son las siguientes:
PARTIDA PRESUPUESTARIA | IMPORTE MÁXIMO |
---|---|
1051 17 0003 G/72B/ 770000/ 00/ A411CA21EB 2024001229 | 7.500.000,00 € |
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del tercer día hábil posterior a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en la forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y finalizará a las 14:00 horas del 30 de diciembre de 2027.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios de solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como anexos a la resolución de convocatoria y se encuentran incorporados en la herramienta de tramitación de solicitudes, debiendo ser cumplimentados telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico.
Durante la tramitación de los expedientes de ayuda, además de la documentación expresamente identificada en los apartados 14.a).1 y 2 del cuadro resumen, podrá ser necesario solicitar otra documentación adicional exclusivamente relacionada con la comprobación de la elegibilidad de la persona o entidad solicitante y/o del proyecto solicitado.
El Director General.
Descargar PDFBOJA nº 130 de 05/07/2024