Extracto de la Orden de 19 de junio de 2024, por la que se convoca para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones de las actuaciones que se encuentren adscritas al programa de fomento del parque de viviendas en alquiler o de cesión de uso en Andalucía según la Orden de 4 de mayo de 2023.
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BDNS:770073
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se efectúa convocatoria para el ejercicio 2024 en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones de las actuaciones que se encuentren adscritas al programa de fomento del parque de viviendas en alquiler o de cesión de uso en Andalucía según la Orden de 4 de mayo de 2023.
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por Orden de 4 de mayo de 2023, por la que se regula la adscripción de actuaciones al programa de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso en Andalucía y la concesión de subvenciones a las mismas.
Tercero. Destinatarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas o entidades interesadas cuyas actuaciones hayan sido adscritas al programa de fomento del parque de viviendas en alquiler o cesión de uso, en cualquiera de las líneas descritas en el artículo 1.1 de la Orden de 4 de mayo del 2023, que mantengan los requisitos previstos en el artículo 2 y cumplan los requisitos regulados en el artículo 14 de la citada orden.
Cuarto. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la selección de actuaciones de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler o cesión del uso, de conformidad con lo establecido en el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, en sus artículos 25 y 26 y en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Quinto. Importe.
El crédito previsto para la convocatoria 2024 es 26.440.182,60 €. El importe señalado se distribuye en función del tipo de persona beneficiaria y provincia, por ser cada Delegación territorial competente en la resolución de las ayudas, en función de las solicitudes de adscripción recibidas. La distribución de crédito prevista es la siguiente:
Al amparo de lo establecido en el apartado e) del artículo 10 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se prevé la posibilidad de incrementar el importe de la convocatoria por aumentos sobrevenidos.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de subvención de las actuaciones que se encuentren ya adscritas, deberán presentarse ante la delegación territorial competente en materia de vivienda en la provincia en la que se ubique la actuación en el plazo de dos meses atendiendo al artículo 11.3 de la Orden de 4 de mayo de 2023, aplicándose el artículo 13 en caso contrario.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Esta convocatoria permanecerá abierta dos meses.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA, junto con la convocatoria.
Sevilla, 28 de junio de 2024
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ | |
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda |
BOJA nº 130 de 05/07/2024