Resolución de 2 de julio de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria pública para la provisión del puesto de trabajo de libre designación correspondiente a la persona titular de la Dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional de La Rinconada (Sevilla).
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El Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en el artículo 19.2 que «la persona que ejerza la Dirección del Centro público integrado de formación profesional será nombrada por la persona titular del Centro directivo competente de la Consejería a la que este adscrita el centro, por el procedimiento de libre designación. En el caso de los Centros integrados de formación profesional de titularidad de la Administración educativa, el nombramiento se hará entre funcionarios públicos docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad y previa consulta a los órganos colegiados del centro».
El Decreto 116/2024, de 18 de junio, por el que se modifica la red de centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, recoge en su artículo 4 la creación del Centro Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, por desglose del Instituto de Educación Secundaria «San José de la Rinconada», código 41003765, ambos de La Rinconada (Sevilla).
En su virtud, esta Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en uso de las competencias que le confiere el artículo 9 del Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, ha resuelto dictar las siguientes bases en orden a la provisión del puesto de trabajo de libre designación correspondiente a la persona titular de la dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, de La Rinconada (Sevilla).
Primera. Objeto.
La presente convocatoria tiene como objeto la provisión del puesto de trabajo de libre designación correspondiente a la persona titular de la dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, de La Rinconada (Sevilla).
Segunda. Participantes y requisitos de las personas candidatas.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 del Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes recogidos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. El profesorado participante deberá tener, al menos, cinco años de antigüedad en uno de los cuerpos docentes referidos en el párrafo anterior o, de forma acumulada, en varios.
3. Dichos requisitos habrán de haberse cumplido a la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes.
Tercera. Solicitudes y plazos.
1. Las solicitudes se presentarán electrónicamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Las mismas irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y se cumplimentarán mediante la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen, y que habrán de firmarse y presentarse electrónicamente. Todo ello a través del portal docente de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente/, utilizando el Usuario Idea para acceder al portal docente y para la firma la Tarjeta DIPA o un certificado electrónico reconocido, expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. No se tendrán en cuenta las solicitudes que no completen el proceso de presentación establecido. Las personas solicitantes deberán obtener y conservar el resguardo del registro electrónico de la solicitud para cualquier comprobación que proceda realizar sobre la misma.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarta. Documentación.
Junto al formulario de solicitud, se adjuntará la siguiente documentación en formato pdf:
1. Curriculum vitae, en el que figurarán los datos personales de la persona interesada, en el que se incluirá el Cuerpo de pertenencia, la formación académica y la experiencia profesional, la gestión de equipos docentes, y la implantación de sistemas de gestión de calidad y mejora continua, así como cuantos otros méritos se relacionen con el puesto que se solicita.
2. Proyecto de Dirección, cuya extensión será como mínimo de 10 páginas y como máximo de 30 páginas, excluidas la portada, el indice, referencias normativas y bibliográficas, formato DIN-A-4, tamaño de letra 11 puntos, dejando a elección del candidato los demás parámetros, en el que se prestará especial atención, al menos, a los siguientes aspectos:
I. Adecuación del proyecto a la estructura y funciones de los Centros Públicos Integrados de Formación Profesional en Andalucía, definidas en el Decreto 334/2009, de 22 de septiembre.
II. Actuaciones para integrar acciones formativas de los sistemas de formación profesional para el empleo y formación profesional inicial, así como sus instrumentos de seguimiento y evaluación en el funcionamiento natural del centro docente.
III. Desarrollo de vínculos con el sistema productivo de los sectores asociados a las familias profesionales a las que pertenecen los ciclos formativos autorizados en el centro, que se desean promover.
IV. Información y orientación a los usuarios, así como a otros centros de formación profesional de Andalucía de los sectores asociados a las familias profesionales a las que pertenecen los ciclos formativos autorizados en el centro.
V. Actuaciones que se presentan para la dinamización de las aulas de emprendimiento y de tecnología aplicada en el centro.
VI. Participación en programas y proyectos de investigación e innovación en el centro.
VII. Participación en la organización y la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en los sectores productivos asociados a las familias profesionales a las que pertenecen los ciclos formativos autorizados en el centro.
VIII. Actuaciones por las que se establezca la estrategia de internacionalización del centro.
IX. Desarrollo, como referente de otros centros de formación profesional, de mecanismos de colaboración intercentros que favorezcan tanto el trabajo colaborativo como el intercambio de experiencias innovadoras.
X. Adaptación de la formación a colectivos con dificultades de aprendizaje y la formación que evite la segregación ocupacional en razón de género.
3. Los méritos alegados deben poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se adjuntarán mediante copia escaneada del documento original que lo acredite, en formato pdf.
Quinta. Procedimiento.
1. La Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ejercerá de órgano competente para el procedimiento de selección del personal solicitante.
2. La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos emitirá resolución por la que se adjudicará el puesto de trabajo de libre designación correspondiente a la persona titular de la dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, de La Rinconada (Sevilla).
3. Dicha resolución se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sexta. Recursos procedentes.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 2 de julio de 2024.- El Director General, Pablo Quesada Ruiz.
Descargar PDFBOJA nº 132 de 09/07/2024