Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 12/07/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Extracto de la Resolución de 3 de julio de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan dos becas de carácter plurianual 2024 para la formación en el Área de Documentación del Organismo en régimen de concurrencia competitiva.

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BDNS (Identif): 772905.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Convocatoria.

Se convocan con carácter plurianual, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, dos becas reguladas en el marco de la Orden de 16 de julio de 2013 (BOJA núm. 143, de 23 de julio), de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad para la concesión de becas de formación en el Área de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer.

Segundo. Personas beneficiarias.

Conforme a lo establecido en el artículo 2 de la orden reguladora mencionada, podrán ser beneficiarias de las becas las personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea y estar empadronada en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar en posesión del título de Grado en Información y Documentación o la Diplomatura de Biblioteconomía y Documentación y/o la Licenciatura de Documentación o, en su caso, las titulaciones que los sustituyan en nuevos planes de estudios universitarios.

Solo se considerarán las titulaciones en Biblioteconomía, Información y Documentación referidas en el párrafo anterior que estén reconocidas por el Ministerio y Consejería competentes en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

c) No haber transcurrido más de diez años desde la fecha de finalización de los estudios universitarios mencionados en la letra anterior.

d) No haber disfrutado anteriormente de esta beca en su integridad o no haber renunciado a la misma una vez iniciado su disfrute.

e) Los que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente al momento de la convocatoria.

Tercero. Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de becas dirigidas a personas físicas con la finalidad de su formación en técnicas documentales y de información aplicadas a los recursos documentales e informativos relacionados con mujeres e igualdad de género mediante su participación en actividades de formación en el Área de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer.

Cuarto. Régimen jurídico.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de becas dirigidas a personas físicas para su formación en técnicas documentales y de información aplicadas a los recursos documentales e informativos relacionados con mujeres e igualdad de género mediante su participación en actividades de formación en el Área de Documentación del Instituto Andaluz de la Mujer, aprobadas mediante la Orden de 16 de julio de 2013 (BOJA núm. 143, de 23 de julio).

Quinto. Financiación.

1. Las becas se concederán con cargo a la partida presupuestaria 1831010000 G/32G/48300/00/01, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria, incluyendo la cuota patronal a la Seguridad Social, de 35.692,56 euros.

2. De acuerdo a lo previsto en el apartado 2.e) del artículo 40 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, el expediente de gasto correspondiente a esta convocatoria de subvenciones es de carácter plurianual, extendiéndose a los ejercicios 2024 y 2025. La distribución para la anualidad presente es de una cuantía máxima de 11.897,52 euros; y para el ejercicio correspondiente al año 2025 una cuantía máxima de 23.795,04 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, así como en la sede del Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros de la Mujer Provinciales.

En Sevilla, a 3 de julio de 2024.- La Directora, Olga Carrión Mancebo.

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