Resolución de 2 de julio de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para residencias literarias para el ejercicio 2024.
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La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, entidad de derecho público adscrita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, tiene atribuidas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía, las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
De conformidad con las competencias atribuidas en materia de literatura, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales está interesada en llevar a cabo un programa de residencias literarias, dirigido especialmente a autores que investigan con nuevos lenguajes o procesos literarios contemporáneos, con la contraprestación de asumir la obligación de participar en la programación literaria impulsada por el Centro Andaluz de las Letras. Se pretende así tanto promover la creación literaria como favorecer la presencia de escritores españoles o extranjeros en la programación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
Mediante la presente resolución, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales convoca residencias literarias dirigidas a autores españoles o extranjeros que cuentan con al menos una obra publicada en España, que se regirá por las siguientes
BASES
Primera. Objeto.
El objeto de esta convocatoria es la selección de seis (6) proyectos de cualquier género literario (novela, poesía, ensayo, obra teatral, relatos cortos, etc.), y otros tres (3) proyectos de autores/as emergentes para el desarrollo de parte del proyecto creativo en las residencias literarias de Andalucía. Como contraprestación, el adjudicatario asume la obligación de (I) cumplir con el tiempo de residencia establecido y desarrollar los trabajos incluidos en el proyecto; (II) la obligación de impartir dos conferencias o ponencias en la programación literaria del Centro Andaluz de las Letras, siendo uno de ellos una intervención pública sobre su trayectoria y proceso creativo y el otro un encuentro con lectores, especialistas o integrantes de clubes de lectura. Asimismo, (III) deberá entregar al menos dos (2) ejemplares de su último libro publicado antes de la residencia para la biblioteca del Centro Andaluz de las Letras e (IV) incluir en la obra resultante del proyecto seleccionado la siguiente leyenda: «Para la escritura de este libro, el autor participó en una estancia en el programa de Residencias literarias de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales»; mientras que en el caso de los autores/as emergentes, la leyenda será «Para la escritura de este libro, el autor participó en una estancia en el programa de Residencias literarias de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en colaboración con la Universidad Internacional de Andalucía». Una vez publicada esa obra el autor enviará dos ejemplares a la residencia para su incorporación a la biblioteca. La persona titular de la autoría se obliga (V) a ceder a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, sin carácter exclusivo, los derechos de propiedad intelectual, incluida la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública, para llevar a cabo su edición en formato escrito y en cualquier otro formato, sobre soporte técnico, incluido el medio electrónico, de un texto breve original y propio que se incluirá en la obra literaria colectiva con título provisional «Residencias literarias de Andalucía».
Segunda. Participantes.
Podrán presentar su proyecto cualquier autora/a mayor de 18 años que haya publicado una o más obras en España (no se tendrán en cuenta las ediciones auto editadas, coediciones o los trabajos de investigación académicos). Podrán ser escritores/as españoles y extranjeros, en este último caso deberán acreditar su conocimiento del español. En el caso de los autores/as emergentes, se requiere ser menor de 30 años.
Tercera. Solicitud y plazo de presentación.
A) Presentación de las solicitudes: Se presentarán preferentemente por vía telemática a través del portal de la Ventanilla Electrónica General de la Junta de Andalucía
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/ o a través del registro electrónico del Portal de Atención a la Ciudadanía (Presentación Electrónica General, PEG), disponible en la pestaña «Servicios y Trámites» en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es//servicios.html
También podrán presentarse en las oficinas de Correos, por correo postal certificado, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de asistencia en materia de registros, o en los registros de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte y de las Delegaciones Provinciales y en los diferentes registros establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
B) Para aquellas candidaturas enviadas por correo postal certificado y las presentadas en algún registro oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico a la dirección residencias.literarias.aaiicc@juntadeandalucia.es, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de Correos o la fecha de entrega para registro en otro centro dentro del plazo. En estos casos, se entregarán, dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Agencia, en un sobre cerrado, junto con el formulario de solicitud firmado, mencionando en el asunto «Convocatoria Residencias Literarias AAIICC».
La dirección postal para el envío es la siguiente:
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
Centro Andaluz de las Letras.
C/ Álamos, 24. Málaga 29012.
C. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarta. Documentación a presentar.
a) Formulario de solicitud.
b) Documento que incluya:
1. Proyecto literario que el/la autor/a tenga previsto desarrollar en la residencia, incluyendo título, información sobre el género literario, sinopsis o tema/s principales, planificación de los trabajos, estado de desarrollo del proyecto al inicio de la residencia (diseño inicial, en desarrollo, próximo a concluir) y cualquier otro dato que facilite al comité de valoración conocer el plan creativo a desarrollar.
2. Dossier literario: Con fragmentos literarios de obras ya publicadas de su autoría como muestra representativa de su hacer literario.
3. Curriculum vitae/trayectoria literaria.
4. Acreditación de haber publicado una o más obras en España según el punto segundo de las bases.
5. Acreditación a través de DNI, NIE, ID o pasaporte en vigor, en el caso de los autores/as emergentes, de ser menor de 30 años.
Quinta. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañará de la documentación preceptiva, se requerirá de manera conjunta a la persona interesada para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución.
El trámite de subsanación se notificará de forma conjunta a todos los interesados publicándose en la página web de la Agencia. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Sexta. Comisión de Valoración.
La valoración de los proyectos se realizará por una Comisión de Valoración que será presidida por la persona titular de la Dirección del Centro Andaluz de las Letras, y estará formada por tres vocales, técnicos en la materia, designados mediante resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Podrán ser invitados a participar, con voz y sin votos, expertos independientes en la materia.
La Comisión estará asistida por una persona licenciada en Derecho adscrita a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a. La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
La Comisión tendrá facultades para resolver cuantas dudas surjan en la interpretación de esta convocatoria y podrá requerir a los solicitantes, en cualquier momento de la fase de valoración, cuantos datos y acreditaciones juzgue precisos para valorar y completar aquellos que se deduzcan de la documentación aportada. La Comisión actuará con pleno respeto de los criterios de igualdad, transparencia y no discriminación. La Comisión de Valoración se regirá, en lo no previsto por esta resolución, por lo establecido en la Sección Primera del Capítulo Segundo del Título IV de la mencionada Ley 9/2007, de 22 de octubre, y el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Criterios de valoración.
7.1. Para la valoración de las solicitudes, la Comisión tomará en consideración los siguientes criterios, con la puntuación que se indica:
a) El curriculum y dossier literario (40 puntos).
b) La calidad e innovación del proyecto literario presentado (35 puntos).
c) Viabilidad de realización de la propuesta durante la estancia en la residencia (25 puntos).
7.2. Para la valoración de las solicitudes de autores/as emergentes, la Comisión tomará en consideración los siguientes criterios, con la puntuación que se indica:
a) El curriculum y dossier literario (40 puntos).
b) La calidad e innovación del proyecto literario presentado (35 puntos).
c) Viabilidad de realización de la propuesta durante la estancia en la residencia (25 puntos).
Octava. Proyectos seleccionados.
Completada la valoración de la totalidad de las solicitudes presentadas, se elaborará una orden de prelación. Las propuestas mejor valoradas serán seleccionadas en cada modalidad para su desarrollo en las residencias literarias de Andalucía.
Una vez elaborado el orden de prelación se dictará la resolución que ponga fin al procedimiento de selección, que indicará los proyectos seleccionados y el orden de prelación, así como los suplentes. La resolución será notificada mediante su publicación en la web de la Agencia. La resolución de la convocatoria deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses, contado desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
En caso de vacantes se podrán seleccionar como suplentes hasta 4 solicitantes, siguiendo el orden de prelación establecido por la puntuación. La Comisión propondrá asignar a cada proyecto seleccionado, el plazo más adecuado para su desarrollo, así como, en su caso, las actividades a desarrollar dentro de la programación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
8.1.a) El período de residencia será de un máximo de cuatro semanas. Los espacios serán asignados en función de las características de los proyectos seleccionados y la disponibilidad de los mismos.
b) Las fechas exactas de uso de los espacios se determinarán de conformidad con la disponibilidad y necesidades, durante los meses de octubre y noviembre del presente. Las residencias literarias de autores/as emergentes tendrán lugar en el mes de noviembre.
c) Las residencias literarias tendrán lugar en Málaga, mientras que en el caso de los autores/as emergentes se celebrarán en colaboración con la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) en su sede de Santa María de La Rábida, en Palos de la Frontera (Huelva). Las personas seleccionadas deberán permanecer en el espacio asignado de residencia durante las fechas concedidas. La ausencia sin justificación será causa de resolución de la residencia.
d) Los autores/as residentes se obligan a las siguientes contraprestaciones: (I) cumplir con el tiempo de residencia establecido y desarrollar los trabajos incluidos en el proyecto; (II) participar en al menos dos actividades literarias, en las que expondrán su proceso creativo y trayectoria literaria y/o mantendrán encuentros con lectores, especialistas y/o clubes de lectura en el marco de la programación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales; (III) deberá entregar al menos dos (2) ejemplares de su último libro publicado antes de la residencia para la biblioteca del Centro Andaluz de las Letras e (IV) incluir en la obra resultante del proyecto seleccionado la siguiente leyenda: «Para la escritura de este libro, el autor participó en una estancia en el programa de Residencias literarias de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales»; mientras que en el caso de los autores/as emergentes, la leyenda será «Para la escritura de este libro, el autor participó en una estancia en el programa de Residencias literarias de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en colaboración con la Universidad Internacional de Andalucía». Una vez publicada esa obra el autor enviará dos ejemplares a la residencia para su incorporación a la biblioteca. La persona titular de la autoría se obliga (V) a ceder a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, sin carácter exclusivo, los derechos de propiedad intelectual, incluida la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública, para llevar a cabo su edición en formato escrito y en cualquier otro formato, sobre soporte técnico, incluido el medio electrónico, de un texto breve original y propio que se incluirá en la obra literaria colectiva con título provisional «Residencias literarias de Andalucía».
8.2. Durante la residencia los autores asumen además las siguientes obligaciones:
a) Seguir estrictamente las indicaciones de la Dirección del espacio en cuanto a horarios de uso, normas de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales.
b) Atender todas las indicaciones del personal de la Agencia respecto al acceso y uso de los espacios y asumir las normas internas que los regulan.
c) Acreditar estar en posesión de la tarjeta sanitaria europea o un seguro médico que cubra las posibles eventualidades médicas que puedan darse durante el periodo de residencia.
d) El adjudicatario declara conocer y aceptar las condiciones de cada espacio, asumiendo la responsabilidad de cuantas contingencias pudieran producirse durante su estancia.
e) En el caso de autores extranjeros, el autor será responsable de gestionar la documentación que necesite para el acceso, permanencia y trabajo artístico durante su estancia en España, para lo que la Agencia le facilitará la correspondiente carta de invitación.
8.3. Durante la residencia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asume las siguientes obligaciones:
a) Proporcionar en la fecha determinada un lugar adecuado para el desarrollo de su proyecto literario, además de alojamiento en habitación con baño de uso individual en régimen de pensión completa.
b) Una retribución de 2.000 euros más IVA, o 2.500 euros más IVA en el caso de que la residencia habitual del autor/a no esté en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en concepto de remuneración por la participación del autor en la actividades literarias programadas o propuestas por la organización de acuerdo con lo expuesto en las bases primera y octava de la presente, y por la cesión de los derechos de autor y edición detallados asimismo en las bases primera y octava. En el caso de autores/as emergentes, será una retribución 1.000 euros más IVA, o 1.500 euros más IVA en el caso de que la residencia habitual del autor/a no esté en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en concepto de remuneración por la participación del autor en la actividades literarias programadas o propuestas por la organización de acuerdo con lo expuesto en las bases primera y octava de la presente, y por la cesión de los derechos de autor y edición detallados asimismo en las bases primera y octava.
Novena. Propiedad intelectual.
Los participantes declaran bajo su responsabilidad que el proyecto presentado es de creación intelectual exclusivamente propia y original. En el caso de que el proyecto incorpore obras o prestaciones intelectuales preexistentes, sujetas a algún derecho de propiedad intelectual, declaran y garantizan que cuentan con las correspondientes autorizaciones para su utilización conforme a todos los fines establecidos en la presente convocatoria. Corresponde en exclusiva a los participantes la asunción de todas las responsabilidades que por la infracción de lo dispuesto en los párrafos anteriores pudieran exigirse y se responsabilizarán frente a terceros de cualquier reclamación que pudieran producirse.
El autor/a autoriza la grabación de su participación en la programación literaria de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, así como la toma de imágenes del proceso de creación a efectos exclusivos de documentación y archivos, no pudiendo proceder a la explotación comercial del mismo; así mismo se autoriza a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a tomar imágenes con fines de promoción y difusión del programa.
Décima. Derechos de imagen.
Con el fin de poder cumplir con lo establecido en el apartado anterior, los seleccionados aceptan y autorizan que su apariencia física, voz y nombre, en su caso, pueda aparecer en todo tipo de soportes físicos y digitales (vídeos, fotografías, carteles, etc.) para su difusión informativa o promocional, con la salvedad y delimitación de aquellos usos o aplicaciones que pudieran atentar a su derecho al honor en los términos previstos por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
Décimo primera. Protección de datos.
Los participantes deberán respetar la normativa nacional y europea en materia de protección de datos de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la circulación de estos datos (RGPD).
http://www.juntadeandalucia.es/cultura/aaiicc/rgpd/politica-proteccion-datos-caracter-personal
Decimotercera. Aceptación de las bases.
Los participantes, por el mero hecho de presentarse a esta convocatoria de residencia, aceptan las condiciones establecidas en la misma. El incumplimiento de lo establecido en estas bases podría suponer la interrupción de la residencia concedida, así como el reintegro de la cantidad correspondiente si la hubiere recibido.
Sevilla, 2 de julio de 2024.- El Director, José Ángel Vélez González.
Descargar PDFBOJA nº 135 de 12/07/2024