Anuncio de 11 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se declara la condición de minero-medicinales, minerales naturales, a las aguas del Recurso de la Sección B), sito en la provincia de Granada. (PP. 8870/2024).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00303669.
El Delegado Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Granada, hace saber la declaración de aguas minero-medicinales, minerales naturales, en el término municipal de Alquife (Granada), según Resolución de la Secretaría General de Industria y Minas de fecha 19 de septiembre de 2023 y dice:
«Vistas la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, el Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, y demás disposiciones legales de pertinente y general aplicación, esta Secretaría General de Industria y Minas, a propuesta de la Dirección General de Minas y con la conformidad del Servicio de Minas,
RESUELVE
Declarar la condición de agua minero-medicinal, mineral natural, a las relativas al recurso de la Sección B), denominado «AQUA ALQUIFE», número 70, localizadas en el término municipal de Alquife (Granada), a instancias de la entidad Aqua de Alquife, S.L., cuyas coordenadas UTM son: X-491.325 Y-4.119.565
Todo ello, para el posterior aprovechamiento del recurso como agua envasada para consumo humano, debiendo solicitarse la oportuna autorización dentro del plazo improrrogable de un año, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, conforme establece el artículo 40 del Reglamento General para el Régimen de la Minería. En caso de no solicitarse dentro del plazo reseñado, se dará por extinguido, sin más trámite, el derecho preferente al aprovechamiento por parte de la entidad Aqua de Alquife, S.L.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»
Para mayor información sobre el derecho minero, el público interesado podrá consultar el Registro Minero de Andalucía en el Portal Andaluz de la Minería en la siguiente url: https://portalandaluzdelamineria.chie.junta-andalucia.es/portalandaluzdelamineria/ConsultaRMA
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el art. 140 y el Título IV del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.
Granada, 11 de octubre de 2023.- El Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.
Descargar PDFBOJA nº 137 de 16/07/2024