Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Montilla (Córdoba).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00305323.
Examinada la documentación remitida por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba para la modificación de la Zona de Interés Artesanal de Montilla, al amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación, se han apreciado los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con objeto de la obligación de comunicación de datos y variaciones de la Zona de Interés Artesanal de Montilla, la Asociación Cultural de Artesanos de Montilla «Solano Salido» solicita la inclusión del taller Carrasco & González Artesanía en Acero Inoxidable, S.L. en la Zona de Interés Artesanal.
Segundo. La Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, en informe de fecha 29 de enero de 2024 traslada a esta Dirección General que el taller Carrasco & González Artesanía en Acero Inoxidable, S.L., cumple los requisitos establecidos en la Orden de 8 de septiembre de 2011, estimando procedente la modificación, con el alta mencionada, de la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Montilla.
Tercero. Fue oída la Comisión de Artesanía de Andalucía manifestándose la misma favorablemente en su sesión celebrada el día 12 de junio de 2024, respecto a la inclusión del nuevo taller propuesto en la Zona de Interés Artesanal de Montilla.
Cuarto. De las actuaciones realizadas se dio traslado con fecha 24 de junio de 2024 a la Asociación Cultural de Artesanos de Montilla «Solano Salido», que con esa misma fecha comunicó su conformidad a la actualización de la Zona de Interés Artesanal de Montilla.
Quinto. Con fecha 2 de julio de 2024, el Servicio de Promoción Comercial y Artesana suscribe la propuesta por la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Montilla (Córdoba).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 58.1.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo; y en la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.
Segundo. El artículo 4 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 establece los requisitos para los que un determinado territorio pueda ser declarado Zona de Interés Artesanal.
Tercero. En el artículo 14.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011, se señala que cuando de la comprobación se derive la constatación de alteraciones sobrevenidas que no sean sustanciales pero afecten a la ampliación o reducción del ámbito territorial, al número de talleres o locales afectados o a otras circunstancias contenidas en la declaración efectuada, la Delegación Provincial tramitará el procedimiento de modificación de la declaración de Zona o Punto de Interés Artesanal que, previa audiencia de las personas interesadas, y, una vez oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, será resuelto por la Dirección General competente en materia de artesanía, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de artesanía.
Cuarto. En el artículo 4.a)3.º, del Decreto 214/2006, de 5 de diciembre, por el que se regula la organización, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Artesanía de Andalucía, modificado por el Decreto 163/2014 de 25 de noviembre, y de conformidad con el artículo 20 de la Ley 15/2005 de Artesanía de Andalucía, se establece que la Comisión será oída preceptivamente en el procedimiento para la declaración y modificación de Zonas y Puntos de Interés Artesanal.
Por cuanto antecede, teniendo en cuenta los hechos y fundamentos de derecho y demás normas de general y particular aplicación, a propuesta del Servicio de Promoción Comercial y Artesana, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Declarar incluido en la Zona de Interés Artesanal de Montilla, con todos los derechos inherentes a su inclusión en la misma, de conformidad con la Orden de 8 de septiembre de 2011, al taller que a continuación se relaciona:
Núm. | Denominación del taller |
---|---|
1 | Carrasco & González Artesanía en Acero Inoxidable, S.L. |
La declaración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, tendrá carácter indefinido, pudiendo dejarse sin efecto por variación sustancial de las circunstancias que dieron lugar a la declaración, a petición de quienes instaron la declaración o por otras causas que se puedan establecer reglamentariamente. En este sentido, la Orden de 8 de septiembre de 2011, establece en su artículo 13, que las entidades afectadas deberán comunicar las variaciones en cuanto al número de locales o talleres, o titulares de los mismos, el cambio de titularidad, en su caso, o cualesquiera otras circunstancias tenidas en cuenta para la declaración de Zona de Interés Artesanal, en el plazo de tres meses desde la fecha en que se hubiesen producido.
Segundo. Autorizar al taller relacionado el uso del distintivo, que podrá exhibir en el exterior del mismo, de conformidad con el artículo 12.6 de la Orden de 8 de septiembre de 2011. Las características del distintivo estarán sujetas a lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 y conforme a las medidas y contenido del modelo que se incluye como Anexo V de la misma.
Tercero. Ordenar la inscripción en la hoja abierta en el Registro de Artesanía de Andalucía de la persona artesana afectada, de conformidad con el artículo 6.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.
Cuarto. Conforme a lo establecido en los puntos anteriores la relación actualizada de los talleres incluidos en la Zona de Interés Artesanal de Montilla es la que se detalla en el anexo a esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o bien ser impugnada directamente ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en aplicación de lo establecido en la disposición transitoria tercera de la misma, en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de julio de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 8.9.2011, BOJA núm. 189, de 26.9.2011), la Directora General, Cecilia Ortiz Carrasco.
ANEXO
Zona de Interés Artesanal de Montilla (Córdoba) | |||
---|---|---|---|
Número de Talleres (14) | Taller: Denominación / Titular | Domicilio | Oficio |
1 | Tonelería Juan Pino, S.L. | Ctra. Córdoba-Málaga Km.47,5 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Tonelería |
2 | Tonelería José Luis Rodríguez | Ctra. Córdoba-Málaga Km.42,1 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Tonelería |
3 | Antonio Romero Arroyo | Ctra. Córdoba-Málaga Km. 48 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Tonelería |
4 | Tonelería del Sur, Rafael Cabello S.L. | Avda. Marqués de la Vega y Armijo, 110, Montilla, 14550 (Córdoba) | Tonelería |
5 | José Bellido Jiménez (Canelonsa) |
C/ Feria, 13 B Montilla, 14550 (Córdoba) |
Cerrajería |
6 | Carpinfe S.L. | Ctra. Nueva Carteya, Km. 0.800 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Carpintería |
7 | Miguel Bellido Márquez | C/ Cuesta Barraruela, 48 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Forja y Herrería |
8 | Antonio Urbano Madrid | C/ Batalla de Garellano, n.º 28 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Forja y Herrería |
9 | Joaquín Berral Garrido | Avda. Antonio y Miguel Navarro, 12 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Guarnicionería y Talabartería |
10 | Ricardo Ruz Ortiz (Erreuzeta) | Avda. de Europa, s/n Montilla, 14550 (Córdoba) |
Bisutería |
11 | José Antonio Herrador Luque (Caprimar) |
Avda. Italia, n.º 20 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Forja y Herrería |
12 | María Luisa Rodas Jurado | Camino del Hoyo, A.C. 175 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Encuadernación |
13 | Arahí Cosmética Natural, S.L. | Calle Río de la Hoz, 10 Montilla, 14550 (Córdoba) |
Cosméticos Naturales |
14 | Carrasco & González Artesanía en Acero Inoxidable, S.L. | Calle Julio César, Urb. Villarriba, s/n Montilla, 14550 (Córdoba) |
Calderería |
BOJA nº 142 de 23/07/2024