Orden de 29 de julio de 2024, por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocado por Orden de 12 de diciembre de 2022, y por la que se le nombra con carácter provisional funcionario en prácticas.
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Por Orden de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de 12 de diciembre de 2022, se efectuó convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
Por Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de 22 de julio de 2024, se han hecho públicas las listas del personal seleccionado ordenado, independientemente del turno por el que haya sido seleccionado, por la puntuación global obtenida, resultado de la ponderación en un sesenta por ciento de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en un cuarenta por ciento de la obtenida en la fase de concurso.
La citada Orden de 12 de diciembre de 2022 establece que las listas del personal seleccionado se publicarán mediante orden de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se nombrará provisionalmente a sus integrantes funcionarios o funcionarias en prácticas.
En su virtud, en uso de las competencias que me confiere el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
DISPONGO
Primero. Hacer públicas las listas del personal que ha superado las fases de oposición y concurso del procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, con indicación de la puntuación global obtenida, que figura en el anexo de esta orden.
Segundo. Nombrar, con carácter provisional, personal funcionario en prácticas, hasta su nombramiento como funcionario de carrera, a quienes figuran en el citado anexo, de conformidad con lo establecido en la base decimotercera de la Orden de 12 de diciembre de 2022. La fecha en que comenzará a surtir efectos dicho nombramiento es la de 1 de septiembre de 2024.
Tercero. El personal referenciado en el apartado anterior deberá realizar la fase de prácticas en el destino provisional que a tal efecto se le adjudique, destino que tendrá carácter de irrenunciable. En el caso de no incorporarse al citado destino en los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre de 2024, se entenderá que renuncia al procedimiento selectivo, salvo que se hubiese concedido el aplazamiento de dicha fase de prácticas o que concurra causa de fuerza mayor, debidamente acreditada.
Cuarto. Quienes hayan superado el procedimiento selectivo al amparo de lo establecido en la base novena de la Orden de 12 de diciembre de 2022, convocado por la Administración educativa de Andalucía, y a su vez en otra u otras Administraciones educativas, deberán optar por uno de ellos, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en los restantes. La renuncia se realizará mediante solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Si no se produjese la renuncia expresa, la aceptación del primer nombramiento se considerará renuncia tácita a las restantes plazas en los términos indicados.
Quinto. En aplicación de lo dispuesto en el apartado quinto de la base novena de la Orden de convocatoria, la renuncia a los derechos derivados del procedimiento selectivo no supondrá modificación en las plazas asignadas al resto de aspirantes.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de julio de 2024
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
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BOJA nº 152 de 06/08/2024