Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 09/08/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Energía y Minas

Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se somete a audiencia e información pública el proyecto de decreto por el que se crean y regulan los premios «Nuestra industria, energía y minas de Andalucía».

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Por Acuerdo del Consejero de Industria, Energía y Minas, de 30 de julio de 2024, se acordó el inicio del procedimiento de elaboración del proyecto de decreto por el que se crean y regulan los premios «Nuestra industria, energía y minas de Andalucía».

El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, establece que cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, esta será sometida a audiencia directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición, así como a información pública, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la Junta de Andalucía y pudiendo el trámite ser abreviado hasta el mínimo de siete días hábiles por razones debidamente motivadas que lo justifiquen. Todo ello además de conformidad con lo establecido en el artículo 133, en sus apartados 2 y 3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación a los trámites de audiencia e información pública.

El proyecto de decreto tiene por objeto la creación y regulación de los premios de carácter honorífico en el ámbito de las competencias de la Consejería de Industria, Energía y Minas, al objeto de reconocer la labor meritoria de personas, entidades o instituciones, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que contribuyan a la generación de valor a la sociedad destacando proyectos de alto impacto, calidad, responsabilidad social y sostenibilidad en Andalucía.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de dar a conocer dicho documento a la ciudadanía y los agentes con interés en la materia para que puedan realizar las observaciones y aportaciones que estimen de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con la normativa mencionada, y atendiendo al Acuerdo del Consejero de Industria, Energía y Minas, de 30 de julio de 2024,

RESUELVO

Primero. Someter el proyecto de decreto por el que se crean y regulan los premios «Nuestra industria, energía y minas de Andalucía», al trámite de audiencia e información pública, desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 23 de agosto de 2024.

Segundo. El texto del proyecto de decreto quedará expuesto durante dicho plazo, para su general conocimiento:

a) En formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «participación pública en proyectos normativos»:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/524827.html

b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, sita en calle Castelar, núm. 22, planta 1.ª, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, y se presentarán:

a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus escritos en formato digital y abierto en la dirección electrónica:

participanormas.ciem@juntadeandalucia.es

Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Industria, Energía y Minas, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/524674.html

Sevilla, 6 de agosto de 2024.- La Secretaria General Técnica, Julia Molina Candau.

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