Anuncio de 7 de agosto de 2024, del Ayuntamiento de Rota, sobre aprobación definitiva del deslinde parcial del Cordel de Alcántara a su paso por los sectores urbanizables SUNP RI1 y SUNP R2. (PP. 9278/2024).
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EDICTO
LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ROTA
Anuncio del Excmo. Ayuntameinto de Rota (Cádiz) de aprobación definitiva del deslinde del tramo de la vía pecuaria, número 5 de Rota, denominada Cordel de Alcántara (titularidad de la Comunidad Autónoma Andaluza), en el tramo que discurre por el ámbito territorial de los sectores urbanísticos de suelo urbanizable SUNP-RI1 y SUNP-R2 del Plan General de Ordenación Urbana de Rota.
El Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Rota, por Decreto número 2024-4559, de fecha de 6 de julio de 2024, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:
«El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Rota, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales Real Decreto 2.568/1986, ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente
DECRETO
I. Las Juntas de Compensación tanto del Sector SUNP RI1 como del Sector SUNP R2, presentaron por Registro General de entrada de fecha de 15 de septiembre de 2023, una memoria acompañada de la planimetría correspondiente, con el objeto de iniciar el procedimiento de alteración de la vía pecuarias afectada por las obras de urbanización con el objeto de que por parte del Excmo. Ayuntamiento se lleve a cabo la operación de deslinde previa.
Por Providencia del Sr. Alcalde de 10 de octubre de 2023 se acordó la incoación de expediente para el deslinde de la vía pecuaria Cordel de Alcántara, así como la emisión de los informes correspondientes para proceder a la misma.
El Decreto del Sr. Alcalde número 6895 de 2023 acordó continuar con la instrucción del procedimiento de deslinde de la vía pecuaria número 5 de Rota, denominado “Cordel de Alcántara”, clasificada por Orden Ministerial de 9 de diciembre de 1957, en el tramo que discurre por el ámbito territorial de los Sectores Urbanísticos SUNP RI1 y SUNP R2 del Plan General de Ordenación Urbana de Rota. Asimismo, se acordó, entre otros, convocar las operaciones materiales de deslinde, mediante amojonamiento provisional, señalado para el 2.2.24, a las 10:00 h. Asimismo, la referida resolución acordó notificar el acuerdo con la memoria presentada a todos los interesados en el expediente, haciendo constar el lugar, fecha y hora en que comenzarán las labores de amojonamiento provisional.
El citado acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 238, de 18 de diciembre de 2023, en el que se indicaba que el tramo de la vía pecuaria afectada por el deslinde tiene una longitud de 842 metros, una anchura legal y necesaria en todo su recorrido de 37,61 metros y una superficie de 31.811 m².
La memoria obrante en el expediente y notificada a todos los interesados denominada “Memoria de deslinde parcial, desafectación y modificación de trazado del ʻCordel de Alcántara’ del término municipal de Rota, en Cádiz, a su paso por los sectores SUNP RI1 y SUNP R2”, suscrita por los Licenciados en Ciencias Ambientales doña Carmen Torero y don Manuel Ángel Guerrero Redondo, a instancias de las referidas Juntas de Compensación, describe el deslinde parcial como:
“Tramo afectado por los Suelos urbanizables no programados SUNP RI1 y SUNP R2. Desde su inicio (excluido el tramo afectado por la Base Naval de Rota), en la carretera Rota a Chipiona (a-2075, km 2,5) lleva en su interior la Avenida de la Democracia por terrenos del SUNP RI1; al llegar a la Avenida de la Constitución de 1812 discurre por terrenos del SUNP R2 dejando a la derecha la Avenida de Mayeto, la cual atraviesa para seguir por tierras del paraje Caricate, dejando a la izquierda la Avenida de Carboneras; terminando este primer tramo del Cordel de Alcántara en su encuentro con el camino de carboneras, donde finalizan los terrenos del SUNP R2.
Una parte de los terrenos de la superficie legal coinciden con la propuesta de trazado alternativo, por lo que conservarían su condición de dominio público pecuario, considerando el resto de la superficie a desafectar.”
La Memoria igualmente describe la modificación de trazado propuesta y con el visto bueno de la Consejería de Medio Ambiente, las coordenadas del deslinde parcial y de la modificación de trazado propuesto. Asimismo, aparece en la memoria la referencia catastral y registral de las intrusiones en la parte legal, de las parcelas a desafectar, así como de los colindantes, datos estos últimos que han sido incluidos en el anuncio publicado en el BOP de Cádiz número 238, de 18 de diciembre de 2023. Sin perjuicio de lo anterior, se hace constar que el índice de la Memoria (informada favorablemente por la Técnico de Medio Ambiente de 29.11.23 y obrante en el expediente) es el que sigue a continuación:
1. Antecedentes.
2. Justificación.
3. Objetivos.
4. Normativa de aplicación.
5. Descripción de los trabajos:
a) Clasificación de la vía pecuaria.
b) Deslinde parcial.
c) Modificación de trazado.
d)Descripción de la parcela de la vía pecuaria.
e) Superficie que mantiene la consideración de vía pecuaria.
f) Superficie a desafectar.
g) Superficie a compensar por parte de la Junta de Compensación.
6. Coordenadas del deslinde parcial y modificación de trazado:
a) Coordenadas deslinde parcial.
b) Coordenadas modificación de trazado.
7. Listados.
a) Intrusiones enla parte legal.
b) Parcelas a desafectar.
c) Parcelas que aporta la Junta de Compensación.
d) Colindantes.
e) Interesados.
8. Conclusiones.
Anexos.
Consta en el expediente, una vez realizadas las actuaciones previstas en el párrafo anterior, acta de apeo (conforme a lo establecido en el art. 19 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la C.A. de Andalucía (en adelante RVPA), del tramo de la vía pecuaria en cuestión, suscrita por los correspondientes intervinientes, con fecha de 2 de febrero de 2024, donde constan los requisitos exigidos por el referido cuerpo legal.
Una vez levantada el acta correspondiente del apeo previo o amojonamiento provisional se ha procedido a someter el expediente a información pública conforme a lo previsto legalmente, constando en el expediente diligencia de la Sra. Encargada Acctal. del Registro de entrada municipal de fecha de 1 de julio de 2024, en la que se hace constar que no consta alegación alguna registrada respecto del expediente de referencia.
II. Ha sido emitido informe por parte del Asesor del PGOU de fecha de 1 de julio de 2024, el cual consta en el presente expediente, y en base a la previsión del mismo,
DISPONGO
Primero. Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada “Cordel de Alcántara”, clasificada por Orden Ministerial de 9 de diciembre de 1957, en el tramo que discurre por el ámbito territorial de los sectores urbanísticos SUNP RI1 y SUNP R2 del Plan General de Ordenación Urbana de Rota, provincia de Cádiz, a tenor de los datos y en función de la descripción y las coordenadas que se contienen en la “Memoria de deslinde parcial, desafectación y modificación de trazado del ʻCordel de Alcántara’, del término municipal de Rota, a su paso por los Sectores SUNP RI1 y SUNP R2” del PGMOU de Rota vigente, presentada por los promotores (Juntas de Compensación tanto del Sector SUNP RI1 como del Sector SUNP R2), por Registro General de entrada de fecha de 15 de septiembre de 2023, con el objeto de iniciar el procedimiento de alteración de la vía pecuaria afectada por las obras de urbanización de los referidos sectores con el objeto de que por parte del Excmo. Ayuntamiento se lleve a cabo la operación de deslinde previa.
Descripción del tramo a deslindar: Tramo afectado por los Suelos urbanizables no programadas SUNP RI1 y SUNP R2. Desde su inicio, (excluido el tramo afectado por la Base Naval de Rota), en la carretera Rota a Chipiona (A-2075, km 2,5) lleva en su interior la Avenida de la Democracia por terrenos del SUNP RI1; al llegar a la Avenida de la Constitución de 1812 discurre por terrenos del SUNP R2 dejando a la derecha la Avenida de Mayeto, la cual atraviesa para seguir por tierras del paraje Caritate, dejando a la izquierda la Avenida de Carboneras; terminando este primer tramo del Cordel de Alcántara en su encuentro con el camino de Carboneras, donde finalizan los terrenos del SUNP R2.
Así, resulta:
Longitud: 842 metros.
Anchura legal y necesaria en todo su recorrido: 37,61 metros.
Superficie (m²): 31.811 m².
Coordenadas Deslinde Parcial:
Coordenadas UTM en HUSO 30 (ETRS89) de los vértices de la anchura legal y necesaria de la V.P. “Cordel de Alcántara” a su paso por los Sectores SUNP RI1 y SUNP R2 del PGMOU de Rota.
Estaquilla | COORD_X | COORD_Y |
---|---|---|
1II | 198.676,53 | 4.059.866,86 |
2II | 198.546,38 | 4.059.774,73 |
3II | 198.521,14 | 4.059.756,35 |
4II | 198.491,94 | 4.059.740,90 |
5II | 198.403,47 | 4.059.683,40 |
6II | 198.363,58 | 4.059.687,11 |
7II | 198.261,76 | 4.059.759,45 |
8II | 198.213,74 | 4.059.790,15 |
9II | 198.184,96 | 4.059.813,64 |
10II | 198.183,15 | 4.059.814,76 |
11II | 198.133,41 | 4.059.837,31 |
12II | 198.085,34 | 4.059.845,22 |
13II | 198.075,33 | 4.059.845,60 |
14II | 198.056,90 | 4.059.844,35 |
15II | 198.043,30 | 4.059.841,08 |
16II | 197.925,52 | 4.059.825,04 |
1DD | 198.654,80 | 4.059.897,56 |
2DD | 198.524,36 | 4.059.805,23 |
3DD | 198.502,44 | 4.059.789,08 |
4DD | 198.471,35 | 4.059.772,55 |
5DD | 198.394,40 | 4.059.722,35 |
6DD | 198.377,15 | 4.059.723,62 |
7DD | 198.280,87 | 4.059.792,01 |
8DD | 198.233,90 | 4.059.821,90 |
9DD | 198.206,92 | 4.059.844,30 |
10DD | 198.200,81 | 4.059.848,04 |
11DD | 198.144,42 | 4.059.873,60 |
12DD | 198.089,13 | 4.059.882,71 |
13DD | 198.074,76 | 4.059.883,26 |
14DD | 198.051,69 | 4.059.881,68 |
15DD | 198.036,34 | 4.059.878,09 |
16DD | 197.920,01 | 4.059.862,24 |
Intrusiones en el trazado a deslindar:
NÚM. INTRUSIÓN | TITULARIDAD | REF. CATASTRAL | FINCA REGISTRAL | SUPERFICIE m² |
---|---|---|---|---|
1 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | 11030A010000400000FS | 49.193 | 369,84 |
2 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | 11030A010000390000FU | 49.131 | 139,02 |
3 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | 11030A010000170000FQ | 41.641 48.970 | 2.947,48 |
4 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | 11030A010000330000FX | 48.952 | 498,32 |
5 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | 11030A010000250000FM | 49.137 | 414,08 |
6 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | 4875203QA3547N0000JL | 48.981 | 359,40 |
7 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | 4875204QA3547N0000EL | 48.984 | 743,11 |
8 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | 4875205QA3547N0000SL | 48.982 | 2.321,38 |
9 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | 4875206QA3547N0000ZL | 48.983 | 1.043,95 |
10 | INVEROTA S.L. | 4875210QA3547N0000UL | 49.189 | 948,49 |
11 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP RI1 | 11030A010000220000FL | 3.045 | 445,19 |
12 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP RI1 | 11030A010000190000FL | 2.565 | 507,70 |
Relación de colindantes:
NÚM. COLINDANCIA | REF. CATASTRAL | FINCA REGISTRAL | TITULARIDAD | DIRECCIÓN |
---|---|---|---|---|
1 | 11030A010000400000FS | 49.193 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
2.910 | **************** | ********** | ||
2 | 11030A010000390000FU | 49.131 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
5.665 | ********************** | ************ | ||
3 | 11030A010000170000FQ | 41.641 48.970 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
4 | 11030A010000330000FX | 48.952 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
5.755 | ************************ | *************** | ||
5 | 11030A010000250000FM | 49.137 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CADIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
3.925 | TRANSPORTES INTERNACIONALES FERRIS S.A. | CL CRUCERO BALEARES S/N 11520 ROTA CÁDIZ | ||
6 | 4875203QA3547N0000JL | 48.981 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | PZ ESPAÑA 1 11520 ROTA CÁDIZ |
7 | 4875204QA3547N0000EL | 48.984 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | PZ ESPAÑA 1 11520 ROTA CÁDIZ |
8 | 4875205QA3547N0000SL | 48.982 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | PZ ESPAÑA 1 11520 ROTA CÁDIZ |
9 | 4875206QA3547N0000ZL | 48.983 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | PZ ESPAÑA 1 11520 ROTA CÁDIZ |
10 | 4875210QA3547N0000UL | 49.189 | INVEROTA S.L. | CALLE GARCÍA SÁNCHEZ 7 PLT BJ 11520 ROTA CÁDIZ |
11 | 11030A010000220000FL | 3.045 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP RI1 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
************************ | *************** | |||
12 | 11030A010000190000FL | 2.565 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP RI1 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
************************ | ************** | |||
13 | S/R (vial público) | 48.986 50.212 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | PZ ESPAÑA 1 11520 ROTA CÁDIZ |
14 | S/R (vial público) | 48.986 | AYUNTAMIENTO DE ROTA | PZ ESPAÑA 1 11520 ROTA CÁDIZ |
15 | 11030A010000320000FD | 5.665 | ************************ | *************** |
16 | 11030A010000310000FR | 5.665 | ||
17 | 11030A010000300000FK | 48.655 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
4.698 | MACIAS CORDONES, JUAN | CL MADRID 14 PL:1 11520 ROTA CÁDIZ | ||
18 | 11030A010000230000FT | 4.077 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
19 | 11030A010090030000FH (camino) | AYUNTAMIENTO DE ROTA | PZ ESPAÑA 1 11520 ROTA CÁDIZ | |
20 | 11030A010090010000FZ | DIPUTACION PROVINCIAL DE CÁDIZ (SERVICIO DE CTRAS.) | PZ ESPAÑA S/N 11071 CÁDIZ CÁDIZ | |
21 | 11030A010000240000FF | 48.960 | JUNTA DE COMPENSACIÓN SUNP R2 | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
5.365 | MINTHRA GESTIÓN DE PROYECTOS S.A.U. | CL BAHÍA DE CÁDIZ 9 11520 ROTA CÁDIZ |
Segundo. Dar traslado del presente acuerdo de aprobación del deslinde parcial de la vía pecuaria “Cordel de Alcántara” a la Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, así como a los afectados con advertencia de los recursos procedentes para la defensa de sus derechos (a. 21.2 RVPA).
Tercero. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/19987, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia.
Lo manda y firma en la villa de Rota, el Alcalde, Fdo.: José Javier Ruiz Arana.»
Lo que se hace público para su conocimiento y efectos, advirtiéndole, que contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente:
Recurso potestativo de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente de este Excmo. Ayuntamiento de Rota, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Rota, 7 de agosto de 2024.- El Alcalde-Presidente, José Javier Ruiz Arana.
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