Acuerdo de 5 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución en el procedimiento de acogimiento familiar temporal en el expediente.
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Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución en el procedimiento de acogimiento familiar temporal en el expediente (DPCO)373-2024-00000838-1 a don José Manuel Gómez Gonzáez con respecto a C.G.G.
Contra la presente resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Se le significa que los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tendrán carácter preferente según el artículo 779 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, sito en C/ Blanco Soler, 4, de Córdoba, para la notificación de la citada resolución en un plazo de diez días desde la presente publicación.
Córdoba, 5 de agosto de 2024.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Descargar PDFBOJA nº 163 de 22/08/2024