Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 167 de 28/08/2024

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Anuncio de 8 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por el que se somete a información pública el proyecto de una instalación de distribución de energía eléctrica a efectos de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública. (PP. 9305/2024).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00306428.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Expte. AT 56/2022.

De conformidad con lo establecido en:

1. Los artículos 53, 54, 55, y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

2. Los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en su redacción dada por el Real Decreto Ley 23/2020 de 23 de junio.

3. Artículo 161 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

4. Artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

6. Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

7. Artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto de utilidad pública, del «Proyecto de ejecución de reforma de LAMT denominada “Ballesta” a 20 kV procedente de la Subestación Vaguadas, entre el apoyo existente A547903 y el apoyo existente A548168, situado en los términos municipales de Espiel y de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba)» cuyas características principales se señalan a continuación:

a) Peticionario: Edistribución Redes Digitales, S.L.U., con domicilio a efectos de notificaciones en Carretera del Aeropuerto, p.k.: 2,1, 14005 Córdoba (Córdoba).

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Desde Pol. 13, par. 120, en el término municipal de Espiel hasta PC 3058604UH2135N en el término municipal de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba).

c) Finalidad de la instalación: Mejora del suministro eléctrico.

d) Características principales de la instalación:

Tensión (kV): 20.

Tipo: Reforma de línea aérea de media tensión denominada «Ballesta».

Conductores: 47-AL1/8-ST1A.

Origen: Apoyo A547903.

Final: Apoyo A548168.

Longitud (m): 14.198,80.

La nueva instalación objeto del proyecto está motivada por la reforma de la instalación existente de la línea aérea de media tensión a 20 kV «Ballesta» construida mediante conductor simple circuito de la LAMT. Se realizará la reconexión de los conductores existentes entre los apoyos contiguos y entronques en iguales condiciones mecánicas para no afectar mecánicamente a los apoyos existentes.

La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013 llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha ley.

La relación de bienes y derechos afectados por la instalación están detallados en la tabla que se adjunta (ver Anexo I).

Las afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:

- Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.

- Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.

- Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento, etc.

- Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados cuya relación se inserta al final de este anuncio.

El trámite de información pública se llevará a cabo durante un plazo de 30 días hábiles a partir del día siguiente del de publicación de este anuncio, plazo durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas, conforme a lo establecido en el art. 125 del R.D. 1955/2000 de 1 de diciembre.

Durante el periodo de información pública, la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Transparencia:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html

Con independencia de lo anterior, la documentación también estará disponible para su consulta en las dependencias administrativas de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de Córdoba, sitas en C/ Tomás de Aquino, s/n, Edificio Servicios Múltiples (1.ª Planta), y C/ Gondomar, 10 (2.ª planta), mediante cita previa en el teléfono 955 041 111.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 56.2 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados, una vez publicada la relación de los bienes afectados por la expropiación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

En cualquier caso, las alegaciones dirigidas a la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de Córdoba, deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, o en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Córdoba, 8 de agosto de 2024.- El Delegado, Agustín López Ortiz.

Descargar PDF