Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas a las personas que se citan y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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Mediante Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 133, de 10 de julio), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
El artículo 20.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, establece que la falta de incorporación al servicio, institución o centro dentro del plazo, cuando sea imputable al interesado y no obedezca a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo como consecuencia de ese concreto proceso selectivo.
En este sentido, la base general 10.1.4 y 10.1.5 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 (BOJA Extr. núm. 35, de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpos y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, y BOJA núm. 80, de 28 de abril, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal requerirá al Tribunal Calificador/Comisión de Selección una relación complementaria con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento como personal estatutario, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que se produzca la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas, tanto tácita como expresa, o que tenga lugar el fallecimiento de algunos de los aspirantes seleccionadas, antes de su nombramiento o toma de posesión. b) Que alguna de las personas propuestas no acredite los requisitos señalados en la base 4, en forma y plazo establecidos en la base 12.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Habiendo un aspirante que no ha realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada en el plazo establecido en la citada Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 133, de 10 de julio), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, así como una aspirante que no ha subsanado el trámite de audiencia concedido por no cumplir el requisito de superar la edad máxima establecida en las bases de la correspondiente convocatoria para participar en el proceso selectivo en cuestión, y una aspirante que no ha subsanado la falta de presentación de declaración responsable requerida por la citada Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 133, de 10 de julio), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, procede modificar dicha Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 133, de 10 de julio) de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y acudir a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo. Y ello, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que regula que en el caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se acude a la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal. En aplicación de lo establecido en la mencionada base general 13.3, el supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo dispuesto en estas bases.
De conformidad con lo anterior y con lo establecido en las bases 11, 12 y 13 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpos y especialidades, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, y BOJA núm. 80, de 28 de abril, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre de 2024 (BOJA Extr. núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo,
RESUELVE
Primero. Declarar decaídas en su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo a las personas que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, por no haber realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada en el plazo establecido en la Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 133, de 10 de julio), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022 (BOJA Extr. núm. 35, de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, o por no haber subsanado el trámite de audiencia concedido por no cumplir el requisito de superar la edad máxima establecida en las bases de la correspondiente convocatoria para participar en el proceso selectivo en cuestión, o por no haber subsanado la falta de presentación de declaración responsable requerida por la citada Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 133, de 10 de julio), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, procede modificar dicha Resolución de 4 de julio de 2024 (BOJA núm. 133, de 10 de julio) de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud.
Segundo. Publicar como Anexo II a esta resolución, relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de acceso libre, se les requiere presentación de solicitud de petición de centro de destino, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.
Tercero. Las personas aspirantes que figuran en el Anexo II de esta resolución deberán presentar, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, inclusive, la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11 de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes que han superado el concurso, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados en la Resolución de 7 de junio de 2024 (publicada en la web del SAS el 10 de junio de 2024) de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de acceso libre, convocadas mediante Resolución de 22 de diciembre, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, especificando para ello los códigos de centros indicados en su anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
Cuarto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el apartado tercero, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de septiembre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
ANEXO I
Personas aspirantes decaídas en su derecho
APELLIDOS, NOMBRE | DNI |
---|---|
CAMACHO REINA, MARÍA VICTORIA | ***0095** |
DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ, YOLANDA ELENA | ***6159** |
GOITIA PÉREZ, CÉSAR MANUEL | ***2064** |
ANEXO II
Personas aspirantes a las que se requiere para realizar petición de centro de destino
APELLIDOS, NOMBRE | DNI |
---|---|
MOLINA HUELVA, MARÍA | ***2172** |
RUÍZ ESCALERA, JUAN FRANCISCO | ***3814** |
ZAMBRANA MORAL, RAFAEL | ***7921** |
BOJA nº 178 de 12/09/2024