Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de acceso para la adjudicación de plazas de Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00307269.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, por el Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (BOJA de 8 de agosto), reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA de 28 de julio), y a tenor de lo establecido en la Orden de 27 de marzo de 2023, de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, por la que se autoriza a la Universidad de Jaén la convocatoria de plazas de personal docente e investigador, en ejecución de la Oferta de Empleo Público para el año 2023 publicada en el BOJA de 8 de marzo de 2023 y modificada en el BOJA de 28 de diciembre de 2023; este Rectorado, en ejercicio de sus competencias, ha resuelto convocar concurso público de acceso para cubrir plazas de Profesor/a Contratado/a Doctor/a, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales.
Se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración indefinida, las plazas de Profesor/a Contratado/a Doctor/a relacionadas en el Anexo I de la presente resolución.
El procedimiento selectivo se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Decreto Legislativo 1/2013 de 8 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades, el R.D. 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado, y posteriores modificaciones del mismo, el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, así como el Primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 9.5.2008). Además, se regirá por el Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para los concursos de acceso a plazas de Profesorado Permanente Laboral/Profesorado Contratado Doctor aprobado en Consejo de Gobierno en sesión del 25 de junio de 2024 , el cual se puede consultar en el siguiente enlace
https://www.ujaen.es/servicios/servpod/sites/servicio_servpod/files/uploads/normativa/Reglamento%20UJA_PCD_PPL_25.06.2024.pdf
en cuanto no se oponga a las leyes citadas anteriormente, y demás normas que fuesen de aplicación.
Cada plaza convocada se tramitará como un procedimiento independiente.
Las bases de la convocatoria vinculan a la Administración, a las Comisiones de Selección y a todas las personas aspirantes que participen en el presente procedimiento selectivo.
A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en las resoluciones que el Rectorado de la Universidad de Jaén dicte sobre declaración de períodos inhábiles.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales
Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
2.1.1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Las personas aspirantes deberán tener nacionalidad española o extranjera con residencia legal en España.
2.1.4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido o sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
2.2. Requisitos específicos.
Las personas aspirantes, además de los recogidos en el apartado de requisitos generales, deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
2.2.1. Estar en posesión del título de Doctor/a. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, se deberá estar en posesión del certificado de equivalencia al nivel académico de Doctor expedido por la Universidad que lo otorgue.
2.2.2. Contar con la previa evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, para la figura de Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
2.2.3. En aquellas plazas para las que se requiera el dominio de un idioma extranjero (docencia en titulaciones bilingües o en idioma extranjero) será requisito imprescindible acreditar el nivel de idioma exigido, de conformidad con las tablas de certificados oficiales aceptados por las universidades andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el marco común europeo de referencia para las lenguas.
La concurrencia de los requisitos generales y específicos y de los méritos alegados deberá estar referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato.
Para las personas aspirantes extranjeras será necesario el dominio del idioma castellano, cuya acreditación podrá ser requerida por las Comisiones de Selección.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas habrán de utilizar solicitud normalizada, a partir del modelo de instancia-currículum que aparece como Anexo III de la presente convocatoria, y disponible en la página Web de la Universidad de Jaén
(https://www.ujaen.es/servicios/servpod/procesos-selectivos-personal-docente-e-investigador/profesores-contratados).
3.2. La solicitud junto con su documentación anexa se deberá presentar en la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén.
https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/registro-electronico
Si la persona interesada en el procedimiento no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el mismo solicitándolo con los requisitos exigidos por la FNMT, a través del siguiente enlace: http://administracionelectronica.ujaen.es/firma_digital
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilitan los teléfonos (953 212 318/ 953 212 181).
3.3. Las solicitudes se dirigirán a la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
En la siguiente página web de la Universidad de Jaén se puede consultar el calendario de días inhábiles: https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/calendario
3.4. A la solicitud deberá acompañarse la documentación que se señala a continuación. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados. En cualquier momento, el órgano de selección o la administración universitaria podrá requerir a las personas aspirantes la acreditación de cualquier documento de los aportados en el procedimiento o cualquier otro documento que estime necesario.
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.
b) Fotocopia del Título de Doctor/a o, en su defecto, justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo.
c) Resguardo acreditativo que justifique haber ingresado o haber realizado transferencia bancaria a Caja Rural de Jaén, Oficina Universidad, número de cuenta ES79 3067 0109 331150653028 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos para Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
d) Fotocopia de la evaluación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.
e) Currículum vitae del aspirante. Deberá incluir, al menos, los siguientes bloques: actividad investigadora, actividad docente, experiencia profesional y otros méritos que se deseen alegar.
f) Para aquellas plazas en las que se requiera el dominio de un idioma extranjero (docencia en titulaciones bilingües o en idioma extranjero), acreditación del nivel de idioma requerido conforme a lo establecido en el apartado 2.2.3 de esta resolución.
En el caso de que la titulación de Doctor/a haya sido obtenida en el extranjero, deberá acompañarse credencial que acredite su homologación o certificación de equivalencia a titulación y nivel académico universitario oficial en España, o el reconocimiento profesional del título para poder ejercer como profesor/a de universidad, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre .
La no aportación de la documentación referida en los apartados a), b), c), d), e) y en su caso f), en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación concedido al efecto, determinará la exclusión automática de la persona solicitante en este procedimiento. A su vez, la presentación y el pago en el banco de los derechos mencionados en el apartado c) no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la instancia de participación.
3.5. Las personas que opten a más de una plaza, con distinto número de código, deberán presentar solicitud independiente para cada una de ellas, acompañada en cada caso de la documentación y abono correspondiente. Cuando existan varias plazas con un mismo número de código se presentará una sola solicitud.
3.6. Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas interesadas se practicarán a través de la dirección de correo electrónico señalada por el/la aspirante en su solicitud.
4. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo en la página web del Servicio de Personal, las relaciones completas de personas admitidas y excluidas al concurso, con indicación de la causa de exclusión y plazo de subsanación. Transcurrido dicho plazo, sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hubieran podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a definitivas las listas de aspirantes. Esta resolución se publicará por igual cauce y pondrá fin a la vía administrativa.
Los derechos de examen serán reintegrados a los/as aspirantes que hayan sido excluidos/as definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución.
5. Comisiones de Selección.
5.1. En el procedimiento de selección actuarán la Comisión de Contratación conformada según lo establecido en el art. 115 de los Estatutos de la Universidad de Jaén, y una Comisión de Selección, cuyas funciones se recogen en el artículo 5.6 del Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para los concursos de acceso a plazas de Profesorado Permanente Laboral/Profesorado Contratado Doctor. Su composición y demás datos de los miembros se relacionan en el Anexo II de la presente convocatoria.
5.2. Los miembros de las Comisiones deberán abstenerse de intervenir y las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el art. 32.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
La sustitución por este motivo, así como por recusación o cese, se realizará siguiendo el orden de suplencia establecido en el sorteo público para los/as miembros de las comisiones sorteados, y por el Departamento para la suplencia.
5.3. Para la válida constitución de la Comisión de Contratación, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del presidente/a y secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Las Comisiones de Selección, podrán constituirse de forma presencial, virtual o híbrida, siendo necesaria la presencia de todos/as los/as miembros titulares.
5.4. Las Comisiones de Selección se constituirán en el plazo de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas candidatas admitidas al concurso.
5.5. Los currículos de las personas integrantes de las comisiones de Selección se podrán consultar en el siguiente enlace https://bit.ly/3L6eZoW
6. Procedimiento selectivo.
6.1. Los méritos de las personas candidatas serán evaluados por las correspondientes Comisiones de Selección, que valorarán la calidad y pertinencia de los mismos al ámbito de conocimiento de la plaza convocada. El/la presidente/a de la Comisión de Contratación podrá disponer la incorporación a la misma de personas especialistas o de informes elaborados por éstas. No se valorará ningún mérito de fecha posterior a la de fin de presentación de instancias de esta convocatoria.
Las plazas podrán quedar desiertas cuando, a juicio de la Comisión de Contratación, los currículums de las personas aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente e investigadora de la plaza o cuando no se adecuen mínimamente a las exigencias académicas de las mismas.
6.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con arreglo a lo establecido en el Reglamento de la Universidad de Jaén que regula el procedimiento para los concursos de acceso a plazas de Profesorado Permanente Laboral/Profesorado Contratado Doctor aprobado en Consejo de Gobierno en sesión del 25 de junio de 2024.
6.3. Los criterios generales de valoración de las pruebas deberán haber sido fijados por parte de las Comisiones de Selección y publicados en la página web del Servicio de Personal de forma previa a la celebración de estas. Dichos criterios atenderán a los siguientes principios: la adecuación del historial académico, docente, investigador y de gestión de las personas aspirantes a la especialidad de conocimiento de la plaza, así como sus proyectos docente e investigador, los méritos asistenciales, en su caso, y la capacidad para la exposición y debate.
En las áreas de idiomas extranjeros y/o en las asignaturas en bilingüismo, los ejercicios deberán de realizarse en el idioma correspondiente, si así se determina en el Anexo I de esta convocatoria.
6.4. Las personas que presidan las Comisiones de Selección convocarán a las personas candidatas al acto de presentación con al menos 10 días hábiles de antelación, señalando al efecto día, hora y lugar. Las personas candidatas podrán renunciar a este plazo mediante escrito dirigido a las personas que presiden las Comisiones de Selección.
La celebración de las pruebas deberá iniciarse dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de presentación.
El orden de intervención de los/as candidatos/as se realizará siguiendo los resultados del sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo establecido en art. 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
6.5. El concurso constará de las siguientes pruebas:
A) Exposición oral por parte de la persona aspirante, durante un tiempo máximo de noventa minutos, de su historial académico, docente e investigador y de gestión, su Proyecto Docente y su Proyecto Investigador. A continuación, se entablará un debate con los/as miembros de la Comisión de Selección que permita evaluar las capacidades y actitudes de los/as candidatos/as. Dicha prueba constituirá el 60% de la calificación total del concurso. Tendrá carácter eliminatorio para todas las personas que no obtengan al menos el 50% de la puntuación. En ella se evaluarán los siguientes aspectos con sus respectivos pesos:
a) Historial académico: 5%.
b) Experiencia docente: 20%.
c) Experiencia investigadora (incluida la de transferencia e intercambio del conocimiento: 20%.
d) Calidad y adecuación del proyecto docente al perfil de la plaza: 30%.
e) Calidad y adecuación del proyecto investigador al perfil de la plaza: 20%.
f) Capacidades de la persona candidata para la exposición y debate: 5%.
B) Si la primera prueba es superada por más de una persona candidata, se realizará una segunda prueba, consistente en la exposición oral de un tema elegido por la persona aspirante, de entre los reseñados en el proyecto docente. El tiempo máximo para la exposición será de una hora. La Comisión de Selección podrá debatir con el/la aspirante sobre cualquier aspecto relacionado con el tema expuesto. Dicha prueba constituirá el 40% de la calificación total del concurso. Tendrá carácter eliminatorio para todas las personas que no obtengan al menos el 50% de la puntuación. En ella se evaluarán los siguientes aspectos con sus respectivos pesos:
a) Contenidos y metodología de impartición del tema elegido: 80%
b) Capacidades de la persona candidata para la exposición y debate: 20%
6.6. Para la celebración de los ejercicios será necesaria la presencia tanto de las personas candidatas, como la del/la Secretario/a de las Comisiones de Selección.
La Comisión de Selección y la Comisión de Contratación harán públicas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén la lista con las puntuaciones provisionales y definitivas correspondientes. Asimismo, a título informativo, también se publicará en la página web del Servicio de Personal.
7. Relación de aprobados/as. Presentación de documentos y posterior firma del contrato.
7.1. Las Comisiones de Selección elaborarán un informe, en el que se establecerá un orden de prelación donde se ordenen de mayor a menor valoración global a los/as aspirantes que hayan alcanzado una valoración suficiente en las pruebas. Dicho informe será elevado a las Comisiones de Contratación.
7.2. Las Comisiones de Contratación, verificado el cumplimiento de todos los requisitos de orden procedimental establecidos para el desarrollo del proceso selectivo, harán públicas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén las listas con las puntuaciones y la propuesta de contratación provisional. Asimismo, a título informativo, también se publicará en la página web del Servicio de Personal. Contra la propuesta de provisión podrá interponerse reclamación ante las personas que presiden las Comisiones de Contratación en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación provisional de la propuesta de provisión. La propuesta definitiva de contratación laboral también será publicada en el tablón de anuncios mencionado anteriormente una vez que las comisiones hayan resuelto las reclamaciones en el plazo máximo de diez días hábiles, siguiente a la finalización del plazo de presentación de alegaciones. Contra las mismas podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector o Rectora de la Universidad de Jaén en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación. La presentación de dicho recurso no producirá efectos suspensivos en la formalización del contrato, salvo que el Rector o Rectora, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación o de la fundamentación de la impugnación se detecte la existencia manifiesta de motivos de nulidad de pleno derecho. A tal fin, se formalizará el contrato con la persona aspirante propuesta, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso pueda acarrear la extinción automática de la relación contractual de la inicialmente propuesta. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
7.3. Las plazas podrán quedar desiertas a propuesta de las Comisiones de Contratación, previo informe preceptivo de las Comisiones de Selección.
7.4. La documentación de las personas candidatas a plazas que no hayan sido objeto de reclamación podrá ser retirada en los departamentos respectivos por las personas interesadas una vez transcurrido un plazo de tres meses, a contar desde la publicación de la resolución definitiva del Rectorado. Transcurrido un año desde la mencionada fecha se procederá por parte de la Administración a la destrucción de la documentación que no haya sido solicitada.
La documentación de las personas candidatas a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución cuestionada. Una vez resuelta judicialmente la plaza y transcurrido un año, se procederá por parte de la Administración a la destrucción de la documentación que no haya sido solicitada.
7.5. Para la formalización de los contratos, desde el Servicio de Personal se remitirá comunicación a las personas candidatas propuestas, a la dirección de correo electrónico o en su defecto a la dirección postal que figure en su instancia, indicándoles el plazo para su presentación, que no podrá ser superior a diez días hábiles a contar desde la notificación, entendiéndose que renuncia a sus derechos en el caso de no presentarse a la firma del contrato en el referido plazo, salvo casos estimados de fuerza mayor.
En el acto de la firma del contrato las personas adjudicatarias aportarán:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.
b) Original y fotocopia de los títulos académicos.
c) Original y fotocopia de la evaluación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.
d) Certificado médico oficial.
e) Núm. de afiliación a la Seguridad Social (en caso de disponer de él).
f) Datos bancarios.
g) En el caso de extranjeros/as no nacionales de países miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza, deberán aportar autorización de residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo, de conformidad con los artículos 117 a 119 del R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Las personas adjudicatarias de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber firmado el contrato y sin estar dados de alta en Seguridad Social.
No se admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.
7.6. La duración del contrato será por tiempo indefinido, atendiendo a lo establecido en el art. 82 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
7.7. La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de compatibilidad en el caso de que la persona aspirante seleccionada esté desempeñando o pase a desempeñar otra actividad pública o privada, de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal de las Administraciones Públicas.
7.8. Quienes, dentro del plazo establecido al efecto, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o justificantes que les fuesen requeridos por la Comisión o los servicios administrativos de la Universidad, no podrán ser seleccionados, o en caso de que ya lo hubieran sido, será anulada su selección, sin perjuicio de las responsabilidades legales en que pudieran haber incurrido.
En el caso de que no se pueda formalizar la contratación de la persona aspirante, ya sea por renuncia de ésta o por cualquier causa ajena a la Universidad, se considerará que la propuesta de contratación se extiende a los/as siguientes candidatos/as de acuerdo al orden de prelación establecido.
7.9. Cuando la persona contratada cese en la plaza adjudicada antes de transcurrir un año desde la resolución del concurso, la Universidad de Jaén podrá iniciar de oficio el procedimiento para contratar al/la siguiente concursante en el orden de prelación establecido.
8. Norma final.
8.1. Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones de Selección resolverán las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
8.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Jaén, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jaén, 6 de septiembre de 2024.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.
ANEXO I
PLAZAS DE PROFESOR/A CONTRATADO/A DOCTOR/A
CÓDIGO | ÁREA | NÚM. PLAZAS | LOCALIDAD | REQUISITO ESPECÍFICO | PERFIL DOCENTE | PERFIL INVESTIGADOR |
---|---|---|---|---|---|---|
PCD2223-225-1 | Economía Aplicada | 1 | Jaén | Acreditación C1 de inglés | Economía Mundial | Economía Internacional y ODS |
PCD2223-650-2 | Organización de Empresas | 1 | Jaén | Dirección Estratégica de la Empresa | Gestión de Empresas Turísticas | |
PCD2223-650-3 | Organización de Empresas | 1 | Jaén | Administración de Empresas | Gestión de Cadena de Suministro | |
PCD2223-567-2 | Lengua Española | 1 | Jaén | Norma y Uso del Español | Dialectología del Español |
Descargar PDF
BOJA nº 180 de 16/09/2024