Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Veterinaria, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00307591.
De conformidad con lo establecido en las bases 6 y 7 del Anexo I de la Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidades Farmacia y Veterinaria, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 37, de 21 de febrero), resueltas por la Comisión de Valoración las alegaciones formuladas contra la Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Veterinaria, se aprueba la resolución provisional de dicho concurso y se anuncia la publicación de los listados provisionales (BOJA núm. 137, de 16 de julio); a propuesta de dicha Comisión de Valoración, y en uso de las y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 70/2008, de 26 de febrero (BOJA núm. 52, de 14 de marzo), por el que se regula la plantilla orgánica, las funciones, las retribuciones, la jornada y horario de trabajo, el acceso y la provisión de puestos de trabajo del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria, y en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Aprobar, a propuesta de la respectiva Comisión de Valoración, la resolución definitiva del concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias, especialidad Veterinaria.
La presente resolución adjudica definitivamente las plazas ofertadas, así como las plazas acumuladas tras la aplicación del sistema de resultas, a las personas concursantes admitidas al concurso de traslado, atendiendo a las plazas solicitadas por las mismas y al orden determinado por la puntuación obtenida.
Segundo. Publicar como Anexo I de la presente resolución, las listas definitivas de las personas concursantes que obtienen destino, con indicación de la puntuación otorgada por la Comisión de Valoración, así como de la plaza definitivamente adjudicada, y con indicación de no haber sido baremado/a si no ha sido relevante para la adjudicación de dichos destinos.
En dicha lista definitiva también se hará constar las personas concursantes a las que se les ha denegado su participación condicionada por razones de convivencia familiar en aplicación de la base 3.4 por no haber cumplido con alguno/s de los requisitos formales exigidos en dicha base y la/s causa/s de denegación, que han obtenido destino en virtud de su participación ordinaria en el concurso de traslado al cumplir los requisitos para ello.
En dicha lista definitiva se hará constar también las personas concursantes a las que se les ha estimado la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino en el mismo municipio. Se incluye asimismo el destino a los únicos efectos de publicidad. Esta estimación supone que la solicitud de participación realizada por el concursante queda anulada mediante la presente resolución, por lo que se deja sin efecto la adjudicación definitiva de la plaza realizada, al resultar que ambos cónyuges o parejas de hecho no obtienen plaza en el mismo municipio, lo cual se notificará asimismo a la persona interesada. La plaza adjudicada realizada en su favor en esta resolución no podrá ser asignada a ningún/a otro/a concursante.
Tercero. Publicar como Anexo II de la presente resolución, las listas definitivas de las personas concursantes que no obtienen destino, con indicación de la causa de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de no haber sido baremado/a en caso de no tener opciones de obtener plaza en función de la puntuación del autobaremo de méritos y de los destinos solicitados o solicitar el mismo destino que ya ostenta.
Cuarto. Publicar como Anexo III de la presente resolución, la relación de causas de exclusión.
Quinto. Publicar como Anexo IV de la presente resolución, la relación de causas de denegación de la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino en el mismo municipio.
Sexto. Conforme a lo establecido en la base 7.1 de la convocatoria, los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación de destino o certificado expedido por el Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión del mismo.
Séptimo. Conforme a lo establecido en la base 8.1 de la convocatoria, las personas adjudicatarias deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñan dentro de tres días hábiles, contados a partir del día 3 de octubre inclusive, iniciándose el cómputo de dicho cese a la finalización de los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas, salvo que por causas justificadas esta Dirección General acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Conforme a lo establecido en la citada base 8.3 de la convocatoria, la toma de posesión de la nueva plaza de las personas adjudicatarias, deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si no comporta cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o se trata de reingreso al servicio activo.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso administrativa, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de septiembre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
ANEXO I
LISTAS DEFINITIVAS DE PERSONAS CONCURSANTES QUE OBTIENEN DESTINO
APELLIDOS, NOMBRE | DNI/NIE | BAREMADO | TOTAL BAREMO | COD. DEST. ADJ. | DESTINO ADJUDICADO |
---|---|---|---|---|---|
RIVERA ZAMORANO, ARTURO | ***0984** | SI | 103,993 | 3210 | DISPOSITIVO DE APOYO GUADALQUIVIR |
CARRASCOSA SALMORAL, JESÚS | ***1833** | SI | 80,689 | 8217 | DISPOSITIVO DE APOYO SEVILLA |
NARANJO MAINE, RAFAEL ANTONIO | ***5423** | NO | 0,000 | 8219 | DISPOSITIVO DE APOYO ALJARAFE |
ANEXO II
LISTAS DEFINITIVAS DE PERSONAS CONCURSANTES QUE NO OBTIENEN DESTINO
APELLIDOS, NOMBRE | DNI/NIE | BAREMADO | TOTAL BAREMO | ADMITIDA/ EXCLUIDA | CAUSA DE EXCLUSÓN/ SIN DESTINO | SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN CONDICIONADA ESTIMADAS | SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN CONDICIONADA DENEGADAS Y CAUSAS DE DENEGACIÓN |
---|---|---|---|---|---|---|---|
ANTON GONZALO, LUISA MARIA | ***1895** | SI | 72,054 | ADMITIDA | SIN DESTINO | ||
VALLADOLID ACOSTA, ROSAURA | ***4475** | SI | 71,887 | ADMITIDA | SIN DESTINO | ||
SAIZ CARRASCO, ESTHER | ***5422** | SI | 69,012 | ADMITIDA | SIN DESTINO | ||
MARTIN ABAD, JOAQUIN | ***6080** | SI | 60,172 | ADMITIDA | SIN DESTINO | ||
GIL TORIL, MARÍA DOLORES | ***6920** | SI | 57,311 | ADMITIDA | SIN DESTINO | ||
PEÑA MOLINA, MARÍA JOSE | ***9764** | SI | 47,902 | ADMITIDA | SIN DESTINO | ||
CHACON GARCÍA, AURORA | ***6366** | SI | 36,579 | ADMITIDA | SIN DESTINO | ||
BARRENA HERRERA, MARÍA TERE | ***8125** | NO | 0,000 | EXCLUIDA | E06, E07 | D01, D02, D05 | |
BERNAL VELA, FRANCISCO JOSE | ***2646** | SI | 72,029 | EXCLUIDA | E10 | ||
CEREZO LORENTE, JOAQUÍN | ***1339** | SI | 73,990 | EXCLUIDA | E10 | ||
ELIAS ORDOÑEZ, MARÍA ISABEL | ***9848** | NO | 41,487 | EXCLUIDA | E43 | ||
GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, MARÍA DEL CARMEN | ***4432** | SI | 90,888 | EXCLUIDA | E10 | ||
HINOJOSA MERINAS, FRANCISCO | ***0999** | SI | 63,459 | EXCLUIDA | E10 | ||
JIMÉNEZ JIMÉNEZ, ENRIQUE MANUEL | ***2515** | SI | 62,258 | EXCLUIDA | E10 | ||
ORTIZ MARTÍNEZ, ANTONIO | ***2199** | SI | 37,866 | EXCLUIDA | E10 | ||
RUIZ GARCÍA, FRANCISCO MANUEL | ***1638** | NO | 78,374 | EXCLUIDA | E10 | ||
SANTO DOMINGO LÓPEZ, MARÍA DEL CARMEN | ***4116** | NO | 0,000 | EXCLUIDA | E05, E06, E07 | D01,D02,D05 |
ANEXO III
CAUSAS DE EXCLUSIÓN
01. | PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO O NO ACREDITAR SELLO O FECHA DE REGISTRO OFICIAL | |||
03. | NO JUSTIFICA SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DESDE LA QUE SE CONCURSA | |||
04. | PERSONAL EN SITUACIÓN DISTINTA A LA DE ACTIVO SIN RESERVA DE PLAZA, QUE NO REÚNE LOS REQUISITOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS PARA INCORPORARSE AL SERVICIO ACTIVO | |||
05. | NO ACREDITA EN PLAZO CUMPLIR CON EL REQUISITO DE SER FUNCIONARIO DE CARRERA DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO DE INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN LA ESPECIALIDAD A LA QUE SE CONCURSA | |||
06. | NO PRESENTA AUTOBAREMO DE MÉRITOS | |||
07. | DE ACUERDO CON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA LAS PERSONAS CONCURSANTES DEBERÁN PROCEDER A LA AUTOBAREMACIÓN DE SUS MÉRITOS EN EL PLAZO HABILITADO AL EFECTO NO ACREDITA EN PLAZO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO | |||
08. | JUBILACIÓN | |||
09. | FALLECIMIENTO | |||
10. | DESISTIMIENTO | |||
11. | NO PRESENTA PETICIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO | |||
43. | NO HAN TRANSCURRIDO DOS AÑOS DESDE LA TOMA DE POSESIÓN DEL ÚLTIMO DESTINO DEFINITIVO OBTENIDO |
ANEXO IV
CAUSAS DE DENEGACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CONDICIONADA POR RAZONES DE CONVIVENCIA FAMILIAR A OBTENER DESTINO EN EL MISMO MUNICIPIO
D01 | NO SE IDENTIFICA AL CÓNYUGE O PAREJA DE HECHO (no aporta documentación o la aportada es incompleta/ilegible) |
D02 | NO ACREDITA VÍNCULO MATRIMONIAL O DE PAREJA DE HECHO (no aporta documentación o la aportada es incompleta/ilegible) |
D03 | NO SE AJUSTA AL SUPUESTO RECOGIDO EN LA BASE 3.4. PARTICIPACIÓN CONDICIONADA POR RAZONES DE CONVIVENCIA FAMILIAR A OBTENER DESTINO EN EL MISMO MUNICIPIO |
D04 | PERSONAL ESTATUTARIO FIJO QUE SE ENCUENTRA EN SITUACIÓN DE REINGRESO PROVISIONAL AL SERVICIO ACTIVO EN EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. DE CONFORMIDAD CON LA BASE 3.4 NO PODRÁN ACOGERSE A ESTE SUPUESTO LAS PERSONAS OBLIGADAS A CONCURSAR CONFORME A LA BASE 2.2 |
D05 | NO IDENTIFICA LA CATEGORÍA/ESPECIALIDAD EN LA QUE EL/LA CONYUGE O PAREJA DE HECHO CONDICIONARÁ SU PARTICIPACIÓN POR RAZONES DE CONVIVENCIA FAMILIAR A OBTENER DESTINO EN EL MISMO MUNICIPIO (no aporta documentación o la aportada es incompleta/ilegible) |
Descargar PDF
BOJA nº 183 de 19/09/2024