Resolución de 17 de septiembre de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se deposita la modificación estatutaria del sindicato que se cita.
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Resolución de fecha 17 de septiembre de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia el depósito de la modificación de los estatutos del sindicato denominado Sindicato de Trabajadores Unidos en siglas STUNI con número de depósito 71100270.
Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por doña Alejandra Martín Sánchez mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2024/000368.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 16.9.2024 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el mismo día 16.9.2024.
La Asamblea General Extraordinaria, en sesión celebrada el día 13 de agosto de 2024, adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar el artículo 2 de los estatutos de esta asociación, relativo a su ámbito territorial, pasando de ámbito provincial a autonómico.
El certificado figura suscrito por don José Luis Lozano Rodas como Secretario, con el visto bueno del Presidente don Juan José Rivilla Santana.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General, acuerda:
1. Admitir el depósito de la modificación de los estatutos del sindicato denominado Sindicato de Trabajadores Unidos, en siglas STUNI, con número de depósito 71100270.
2. Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre deposito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 17 de septiembre de 2024.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
Descargar PDFBOJA nº 186 de 24/09/2024