Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se modifica la Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2023.
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Con fecha 21 de febrero de 2023, BOJA núm. 35, se publicó Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2023, con fecha 10 de julio de 2024, BOJA núm. 133, se publica corrección de errores por la que se incluyen plazas de Catedrático de Universidad, para la provisión de plazas mediante procesos de promoción interna, modificación aprobada en Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga celebrado el 27 de junio de 2024 que corrige la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2023.
Así mismo, detectado que, no se ha incluido en la Oferta de Empleo Público del año 2023 la categorización de las plazas reservadas a personas con discapacidad, de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación, se incluye en la presente modificación.
Esta modificación no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos por la correspondiente Universidad, ni a los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, ni a las convocatorias efectuadas a tenor de la Orden de 29 de mayo de 2023 correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2023.
Por todo lo cual, visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga de 27 de junio de 2024, previa negociación con los representantes de los trabajadores de la Universidad de Málaga,
RESUELVO
Único. Modificar el apartado segundo, en lo que respecta a la categorización de las plazas reservadas a personas con discapacidad, de la Oferta de Empleo Público de PDI del año 2023, aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión del 8 de febrero de 2023, publicada en el BOJA del 21 de febrero de 2023.
De este modo, en el apartado segundo. Cuantificación de las plazas, debe decir:
Segundo:
El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2023 es el siguiente:
I. Personal Docente e Investigador funcionario. Turno libre.
Categoría | Subgrupo | Total plazas |
---|---|---|
Profesor/a Titular de Universidad | A1 | 61 |
Profesor/a Titular de Universidad | A1 | 10 (*) |
Profesor/a Titular de Universidad (Reserva enfermedad mental) |
A1 | 1 (**) |
Profesor/a Titular de Universidad (Reserva otras discapacidades) |
A1 | 6 (**) |
Profesor/a Titular de Universidad | A1 | 2 (*) (**) |
(*) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3, en virtud del artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
(**) En aplicación del artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. El cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual (2%), toda vez que este tipo de discapacidad se caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativo, que abarca muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible con la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté acreditado para las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o Catedrático/a, queda incluido en las plazas reservadas para discapacidad general.
II. Personal Docente e Investigador contratado con vinculación permanente.
Categoría | Subgrupo | Total plazas |
---|---|---|
Profesor/a Permanente Laboral | A1 | 37 |
Profesor/a Permanente Laboral | A1 | 7 (*) |
Profesor/a Permanente Laboral (Reserva enfermedad mental) |
A1 | 1 (**) |
Profesor/a Permanente Laboral (Reserva otras discapacidades) |
A1 | 4 (**) |
Profesor/a Permanente Laboral | A1 | 1 (*) (**) |
(*) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3, en virtud del artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
(**) En aplicación del artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. El cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual (2%), toda vez que este tipo de discapacidad se caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativo, que abarca muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible con la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté acreditado para las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o Catedrático/a, queda incluido en las plazas reservadas para discapacidad general.
III. Personal Docente e Investigador funcionario. Promoción interna.
Categoría | Subgrupo | Total plazas (*) |
---|---|---|
CU | A1 | 10 |
CU (Reserva otras discapacidades) | A1 | 1 (**) |
CU (Reserva enfermedad mental) | A1 | 1 (**) |
(*) En aplicación de la tasa de reposición que establece el artículo 20.Tres.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, artículo 71.2 (provisión mediante procesos de promoción interna) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
(**) En aplicación del artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. El cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual (2%), toda vez que este tipo de discapacidad se caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativo, que abarca muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible con la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté acreditado para las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o Catedrático/a, queda incluido en las plazas reservadas para discapacidad general.
Málaga, 6 de septiembre de 2024.- El Rector, Juan Teodomiro López Navarrete.
Descargar PDFBOJA nº 188 de 26/09/2024