Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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Con fecha 5 de agosto de 2024 se ha suscrito Adenda al Convenio de Colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Granada sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha Adenda, como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 19 de septiembre de 2024.- El Director, Manuel Ignacio Castaño Sousa.
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA SOBRE EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA CALLEJERO DIGITAL DE ANDALUCÍA UNIFICADO Y SOBRE ACCESO, INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y REUTILIZACIÓN DE OTROS PRODUCTOS, INFRAESTRUCTURAS DE INFORMACIÓN Y SERVICIOS CARTOGRÁFICOS
REUNIDOS
De una parte, don Manuel Ignacio Castaño Sousa, Director del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA), en virtud de nombramiento efectuado por el Decreto 318/2022, de 30 de agosto (BOJA núm. 170, de 5 de septiembre), y con capacidad suficiente para formalizar convenios, en nombre y representación del IECA, a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13.c) del Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Sistema Estadístico de Andalucía.
Y de otra parte, don Francisco Pedro Rodríguez Guerrero, Presidente de la Diputación Provincial de Granada, en virtud del nombramiento efectuado en la Sesión Constitutiva de dicha Corporación de fecha 13 de julio de 2023, en ejercicio de las atribuciones que les están legalmente conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1.b) y n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local.
Cada uno en nombre y representación de las entidades a las que pertenecen, en virtud de las facultades conferidas por sus respectivos cargos, y reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que con fecha 21 de junio de 2021 se suscribió el Convenio de Colaboración entre el IECA y la Diputación Provincial de Granada, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado (en adelante, CDAU) y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
Segundo. Que la cláusula octava del mencionado Convenio, relativa a la duración y modificación del mismo, se establece que «El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes, a propuesta de cualquiera de éstas, mediante la suscripción de la oportuna adenda de modificación, formalizada durante el periodo de vigencia».
Tercero. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 25 de abril de 2024 y, entre los puntos del orden del día, trató la propuesta de modificación del Convenio, indicando que la misma se efectuará mediante la suscripción de una Adenda de modificación, en los términos que establece el Convenio.
Cuarto. Que ambas partes están interesadas en modificarlo, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente Adenda modificar el Convenio de Colaboración suscrito el 21 de junio de 2021 sobre el mantenimiento del sistema CDAU y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos, modificando la cláusula cuarta, letra a), en el punto referido a la composición de la Comisión de Seguimiento y adaptando la parte expositiva a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029.
Segunda. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente Adenda conforme a lo establecido a continuación:
- Se modifica el expositivo primero sustituyendo «Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades» por «Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos».
- Se modifica el expositivo tercero quedando como sigue: «Que en el ejercicio de estas competencias el IECA está desarrollando bajo su responsabilidad y coordinación un conjunto de actividades que se encuentran incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029».
- Se modifica el expositivo cuarto sustituyendo «infraestructuras básicas» por «actividades».
- Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
- Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
- Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte, conforme al art. 27.4 de la Ley 3/2013, de 24 de julio» por «Que la IDEAndalucía es otra de las actividades incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029».
- Se modifica el expositivo duodécimo sustituyendo «2013-2020» por «2023-2029».
- Se modifica el expositivo decimoquinto quedando como sigue: «Que de acuerdo con la Resolución de Presidencia de la Diputación Provincial de Granada de fecha 18 de julio de 2023, la Delegación de Transparencia, Recursos Humanos y Administración Electrónica es la competente en las materias objeto de este Convenio y, en consecuencia, los compromisos y tareas derivados de la ejecución de este Convenio corresponderán a dicha Delegación de la Diputación Provincial de Granada».
- Se modifica parcialmente el apartado a) Composición de la cláusula cuarta quedando como sigue: «a) Composición: Estará integrada por ocho miembros, cuatro en representación de la Diputación Provincial de Granada y cuatro en representación del IECA.
• Por parte de la Diputación Provincial, el/la Diputado/a Delegado/a de Transparencia, Recursos Humanos y Administración Electrónica, la persona titular de la Dirección General de Transformación Digital y Territorios Inteligentes, la persona titular del Servicio de Desarrollo de Aplicaciones Municipales y Asesoría Tecnológica a municipios y la persona responsable de Bases de Datos Territoriales, pudiendo designar suplentes.
• Por parte del IECA, la persona titular del Área de Infraestructuras de Información, que actuará como Presidente, la persona titular del Servicio de Gestión de la Información, la persona titular del Gabinete Investigación y Métodos Estadísticos, que actuará como Secretario/a y un/a Técnico/a de este Servicio, pudiendo designar suplentes.
Según los temas a tratar, a la Comisión podrá incorporarse, con voz pero sin voto, el personal técnico de ambas partes que se estime oportuno».
Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman electrónicamente la presente Adenda en el día señalado en el sellado de tiempo de las firmas digitales de cada parte, lo que se certifica por esta Secretaría General a los efectos de garantizar la autenticidad e integridad del documento, de conformidad con el art. 3.2.i) del R.D. 128/2018, de 16 de marzo.
El Director del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, fdo.: Manuel Ignacio Castaño Sousa; el Presidente de la Diputación Provincial de Granada, fdo.: Francisco Pedro Rodríguez Guerrero.
Descargar PDFBOJA nº 188 de 26/09/2024