Decreto 216/2024, de 24 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
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El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, le otorga en su artículo 1 a esta Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma en materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y de desarrollo rural, las relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos marinos, así como las competencias en materia de protección y tenencia de animales de compañía.
La citada Consejería ha venido desarrollando un proceso de análisis y evaluación de las unidades administrativas y de los puestos de trabajo de sus centros directivos, que dio lugar, en una primera fase, a la aprobación del Decreto 236/2023, de 19 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, con la finalidad de dotarla de aquellos puestos de trabajo que resultaban necesarios para el adecuado ejercicio de las competencias horizontales atribuidas, el asesoramiento jurídico, la contratación administrativa, la gestión de los recursos humanos y la gestión económica y presupuestaria.
En la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se pretende reforzar la estructura encargada de la planificación, coordinación y seguimiento de las tareas de inspección y control con cuatro objetivos fundamentales: la protección en el ámbito de la seguridad alimentaria, de la salud y de los derechos de las personas consumidoras; la garantía del cumplimiento de la normativa sectorial en los ámbitos agrario, pesquero y agroalimentario; la dinamización de la economía, protegiendo así las rentas de los agricultores, de los ganaderos y de los pescadores, evitando el despoblamiento de las zonas donde su presencia es mayor; y la contribución a la protección del medio ambiente y a la lucha contra el cambio climático, protegiendo los usos del agua.
Así, se crean en la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul puestos de trabajo de inspección pesquera y de asesoramiento técnico en materia de pesca para reforzar el control de la actividad pesquera.
Por otro lado, en el ámbito de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, se amplía la estructura de la unidad administrativa de producción agraria, que actúa como Organismo Especializado de Control y responsable de coordinar todas las actividades derivadas del Plan de Control de la Condicionalidad reforzada en Andalucía.
Asimismo, en la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, se refuerza la unidad administrativa de promoción y cadena agroalimentaria y la unidad administrativa de calidad y control agroalimentario en el área de gestión, seguimiento, control y supervisión de los organismos de evaluación de la conformidad de productos agroalimentarios y pesqueros que operan en Andalucía y en el área de inspección de calidad.
En el ámbito de la organización territorial provincial, se modifican y amplían los puestos de trabajo adscritos al área de calidad y desarrollo agrícola y ganadero, al área de recursos y expedientes sancionadores, al área de inspección, vigilancia y control del dominio público hidráulico, al área de infracciones y sanciones pesqueras y a las unidades administrativas de agricultura, ganadería, industrias y calidad y de desarrollo pesquero.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de septiembre de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se amplía en noventa puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de septiembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública |
BOJA nº 189 de 27/09/2024