Decreto 218/2024, de 24 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Patronato de la Alhambra y Generalife.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00308111.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
El Patronato de la Alhambra y Generalife (en adelante Patronato), agencia administrativa adscrita a la Consejería de Cultura y Deporte, que fue creado como organismo autónomo de carácter administrativo por el artículo 29 de la Ley 9/1985, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1986, tiene encomendadas las funciones relacionadas con el conjunto monumental que abarcan, entre otras, las actuaciones de custodia, conservación y administración de la Alhambra y Generalife, Palacio de Carlos V y todas sus edificaciones, parques, jardines y sus terrenos; las de conservación, restauración y mantenimiento; las arqueológicas; las de administración y gestión de la visita pública; la difusión y gestión del legado cultural que representa, así como el fomento e incorporación del mismo a la sociedad de la información y conocimiento. Asimismo, como institución de referente cultural, debe llevar a cabo tareas de gestión de biblioteca, archivo, museo y difusión con acciones continuas en colaboración con otros organismos e instituciones.
Resulta esencial resaltar la importancia que, desde el punto de vista turístico y económico y social, tiene el conjunto monumental al ser uno de los monumentos más visitados de España, superando en 2023 la cifra de 2,6 millones de visitantes.
La naturaleza jurídica de la agencia administrativa determina que el Patronato se rija por el mismo régimen jurídico de personal, presupuestario, económico-financiero, de control y contabilidad que el establecido para la Administración General de la Junta de Andalucía, lo que exige una adecuada dotación de puestos de trabajo para su aplicación.
Mediante el Decreto 97/2017, de 27 de junio, se modificó parcialmente la actual relación de puestos de trabajo del Patronato dando respuesta a determinadas necesidades urgentes cuyo objeto fue dar soporte a una estructura insuficiente en servicios horizontales, fundamentalmente en el área de gestión económica y contratación.
En la actualidad, se ha realizado un análisis de situación del que se desprende que es necesario abordar otras importantes necesidades que derivan de las crecientes cargas de gestión del conjunto monumental al que se le han incorporado mayores competencias y se le han adscrito nuevos bienes para su recuperación, gestión y difusión para la visita pública, sin que se haya traducido en un incremento proporcional de los recursos humanos.
Así, la estructura existente se debe completar para atender adecuadamente a las distintas áreas del Patronato, creando unidades administrativas y rediseñando la estructura de algunas de las mismas por razones de eficacia y eficiencia administrativa, incrementando tanto con puestos de estructura, singulares y puestos base de distintos cuerpos de personal funcionario allí donde se identifican como esenciales y ampliando el número de puestos de personal laboral de distintas categorías profesionales.
Por último, se modifican determinadas características de puestos de adscripción a personal laboral y se eliminan aquellos que, actualmente, resultan innecesarios.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de septiembre de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Patronato de la Alhambra y Generalife.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente al Patronato de la Alhambra y Generalife, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía se amplía en veinticinco puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de septiembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS | |
Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública |
BOJA nº 189 de 27/09/2024