Acuerdo de 24 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución de régimen de relaciones familiares aprobado por la Comisión Provincial de Tutela y Guarda en relación con el menor I.C.A.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00308158.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la Resolución de Régimen de Relaciones Familiares en relación al (DPCO) 352-2013-00004328-1 a don Ismael Abdel-Lah Hammadi, con respecto a I.C.A. Contra esta resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de Córdoba, por los trámites que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada ley procesal.
Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta localidad, el reconocimiento del derecho la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996 de 10 de enero, el cual comprende, ente sus prestaciones la defensa y representación gratuita por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familiase Igualdad, sito en c/ Blanco Soler, 4, de Córdoba, para la notificación del citado trámite de audiencia en un plazo de diez días desde la presente publicación.
Córdoba, 24 de septiembre de 2024.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Descargar PDFBOJA nº 190 de 30/09/2024