Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el nombramiento de personal funcionario de carrera en ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla.
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 29 de marzo de 2021, que resolvía el recurso de reposición formulado por él contra la resolución del mismo órgano por la que procedía al nombramiento como personal funcionario de carrera, por el procedimiento de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ingeniería Técnica Forestal de la Junta de Andalucía, (A2.2006), así como contra la resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 3 de diciembre de 2020, por la que se dejan sin efecto las actuaciones relativas al nombramiento de don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra como funcionario de carrera del mismo cuerpo.
Segundo. En relación con el recurso contencioso-administrativo formulado por don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra, se dictó por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Sevilla, la Sentencia núm. 105/2022, de 8 de junio, en cuya parte dispositiva se acuerda «Estimar el recurso contencioso-administrativo núm. 213/2021 (PA), anulando el acto recurrido y reconociendo el derecho del actor, al haber superado el proceso selectivo de promoción interna para el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ingeniería Técnica Forestal, a ser nombrado funcionario de este Cuerpo, con efectos económicos y administrativos desde la fecha de nombramiento de las personas que superaron el proceso selectivo, [...]».
Tercero. Posteriormente, se formuló, contra lo dispuesto en la Sentencia núm. 105/2022, recurso de apelación núm. 896/2022, por la Letrada de la Junta de Andalucía, que fue admitido a trámite, dictándose finalmente Sentencia núm. 469/2024, de 15 de mayo, por la que «se desestima el recurso de apelación interpuesto por la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que ostenta de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Sevilla, en el procedimiento abreviado allí seguido con el número de registro 213/2021, que se confirma».
Cuarto. Con fecha 10 de julio de 2024, se expidió por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Sevilla, decreto por el que se declara firme la Sentencia dictada con fecha 15 de mayo de 2024.
Quinto. En este sentido, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Sentencia núm. 469/2024, de 15 de mayo, que confirma lo establecido en la parte dispositiva de la Sentencia núm. 105/2022, el Instituto Andaluz de Administración Pública ha remitido con fecha 27 de agosto de 2024, el listado de personas que superaron el correspondiente proceso selectivo, ordenado en función de la puntuación obtenida tanto en fase de oposición como en fase de baremación de méritos, de fecha 20 de diciembre de 2019, y del que se deduce que el recurrente obtuvo un total de 111,200 puntos, lo que le sitúa en el número de orden 3 del listado de personas aprobadas con plaza.
Sexto. Posteriormente, se ha presentado, con fecha 20 de septiembre de 2024, por don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra, la correspondiente documentación haciendo constar expresamente en el Anexo II de petición de destino su conformidad con el puesto de trabajo con código 953620, Titulado de Grado Medio, adscrito a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en Granada, al que se hacía referencia en el Anexo I que fue remitido al recurrente con fecha 9 de septiembre de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2.q) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en materia general de Función Pública y que afectan al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se atribuye a la persona titular de esta Dirección General.
Segundo. Asimismo, el citado Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en su artículo 12, apartado 1.c), dispone:
«1. A la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, así como las siguientes competencias:
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera […]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión de puestos de trabajo y promoción profesional [...].»
Tercero. En el artículo 24, en su apartado 2.º, del Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, se puntualiza que:
«2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.»
Cuarto. Por otra parte, se debe tener en cuenta lo previsto en la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, (BOJA núm. 248, de 29 de diciembre), que, en el mismo sentido que las anteriores leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, manifiesta en su artículo 23, apartado 4, que «las retribuciones de cualquier clase que hayan de abonarse con carácter retroactivo al personal deberán hacerse efectivas por el organismo o centro bajo cuya dependencia orgánica y económica se encuentre adscrito cada puesto de trabajo al que hayan de imputarse los atrasos, en el momento de hacer efectivo el abono».
Quinto. Finalmente, en el apartado 3.º, del artículo 103 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se manifiesta que:
«3. Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo para la debida y completa ejecución de lo resuelto.»
Por cuanto antecede, teniendo en cuenta hechos, fundamentos de derecho y demás disposiciones de general y pertinente aplicación, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública
RESUELVO
Primero. Dictar resolución por la que se proceda, en ejecución de lo dispuesto en las citadas Sentencias núm. 105/2022, de 8 de junio y núm. 469/2024, de 15 de mayo, al nombramiento de don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra, con DNI núm. ***8677**, como funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ingeniería Técnica Forestal, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2018, en el puesto de trabajo con código 953620, Titulado de Grado Medio, adscrito a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en Granada, con una puntuación reconocida de 111,200 puntos, por lo que le corresponde el puesto número 3 del listado de personas que superan la oposición conforme al número de plazas convocadas.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionario de carrera, el interesado deberá realizar acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Andalucía y del resto del Ordenamiento Jurídico, y tomar posesión en la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en Granada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en BOJA de la presente resolución por la que se dispone el cumplimiento de las Sentencias núm. 105/2022, de 8 de junio y núm. 469/2024, de 15 de mayo.
Tercero. Los efectos administrativos y económicos derivados de la presente resolución se computarán, desde el día 4 de diciembre de 2020, primer día del plazo posesorio otorgado a los aspirantes seleccionados en el proceso selectivo de referencia, conforme a lo dispuesto en la Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de promoción interna, del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ingeniería Técnica Forestal, de la Junta de Andalucía (A2.2006), (BOJA núm. 228, de 25 de noviembre de 2020).
Cuarto. Remitir copia de la resolución que se dicte a la Delegación Territorial de de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en Granada, al objeto de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23, apartado 4, de la citada Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, se proceda a efectuar la liquidación correspondiente, así como al abono, con carácter provisional, al interesado de la suma que resulte en virtud de dicha liquidación, debiendo detraer las cantidades que, en su caso, don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra, hubiera percibido en otras actividades incompatibles realizadas a partir del día 4 de diciembre de 2020.
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, para tomar posesión, don Enrique Rafael Urbano Fuentes-Guerra, deberá realizar la declaración a que se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplados en el artículo 10 de la citada Ley 53/1984.
Sexto. El centro en el que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, tramitará por el Sistema de Información de Recursos Humanos, la toma de posesión ante el Registro General de Personal de conformidad con la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de fecha 24 de septiembre de 1999, por la que se adopta la aplicación del SIRhUS.
Sevilla, 26 de septiembre de 2024.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.
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