Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 10/10/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se modifica la Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.

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Con fecha 10 de julio de 2024, BOJA núm. 133, se publicó Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.

Habiéndose recibido petición de subsanación por parte de la Dirección General de Coordinación Universitaria, adscrita a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, solicitando, de una parte, identificar el número de plazas reservadas para personas con discapacidad, de conformidad con lo previsto al artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como al artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, y; de otra, eliminar la referencia a plazas de promoción interna cuyo destino es profesor/a titular de Universidad y profesor permanente laboral al entender que no se contempla en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, ni el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero. Atendiendo a dicho requerimiento de subsanación, se acuerda:

Primero. Modificar la redacción del apartado primero de la citada Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024, con el objeto de clarificar el porcentaje de tasa de reposición objeto de aprobación.

De esta forma, dicho apartado queda redactado del modo siguiente:

«En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (prorrogada para 2024), se acuerda, dentro de los márgenes legales establecidos a dichos efectos, con un tope superior del 120%, la aprobación de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024 considerando una tasa de reposición del 100%.»

Segundo. Modificar el apartado segundo, tanto en lo que respecta a la categorización de las plazas por el turno de discapacidad y personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3, como para proceder a la eliminación de la referencia a plazas de promoción interna, en la categoría de profesor/a titular de Universidad y profesor permanente laboral, sin que ello afecte al número de efectivos totales aprobados mediante la reiterada Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.

De este modo, en el apartado segundo. Cuantificación de las plazas, debe decir:

«Segundo. Cuantificación de las plazas.

El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2024 es el siguiente:

I. Personal Docente e Investigador funcionario.

Categoría Subgrupo Total plazas Régimen
Catedrático de Universidad A1 23 Promoción interna
Profesor/a Titular de Universidad A1 55 Turno libre
Profesor/a Titular de Universidad (Reserva otras discapacidades) A1 7 (*) Turno libre
Profesor/a Titular de Universidad A1 15 (**) Turno libre

(*) En aplicación del artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. El cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual (2%) y a personas con enfermedad mental (1%), toda vez que este tipo de discapacidad se caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativo, que abarca muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible con la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté acreditado para las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o Catedrático/a, queda incluido en las plazas reservadas para discapacidad general.

(**) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3, en virtud del artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

II. Personal Docente e Investigador contratado con vinculación permanente.

Categoría Subgrupo Total plazas Régimen
Profesor/a Permanente Laboral A1 27 Turno libre
Profesor/a Permanente Laboral (Reserva otras discapacidades) A1 7 (*) Turno libre
Profesor/a Permanente Laboral A1 6 (**) Turno libre

(*) En aplicación del artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. El cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual (2%) y a personas con enfermedad mental (1%), toda vez que este tipo de discapacidad se caracteriza por limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativo, que abarca muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible con la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté acreditado para las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o Catedrático/a, queda incluido en las plazas reservadas para discapacidad general.

(**) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3.»

En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, éstas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3, en virtud del artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Málaga, 1 de octubre de 2024.- El Rector, Teodomiro López Navarrete.

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