Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), de aprobación y publicación de las bases reguladoras del proceso de selección para la cobertura del puesto de Técnico/a de Servicios Jurídicos con complemento de Asesor/a, adscrito a la Secretaría General, por el sistema de provisión de puesto por movilidad entre el personal indefinido procedente de otras entidades del sector público.
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RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE TÉCNICO/A DE SERVICIOS JURÍDICOS CON COMPLEMENTO DE ASESOR/A, ADSCRITO A LA SECRETARÍA GENERAL, POR EL SISTEMA DE PROVISIÓN DE PUESTO POR MOVILIDAD ENTRE EL PERSONAL INDEFINIDO PROCEDENTE DE OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
ANTECEDENTES
Primero. De conformidad con el artículo 13.3 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, el 31 de octubre de 2023 se solicita a la Secretaría General Técnica y ésta a su vez, a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en particular a la Dirección General del Sector Público Instrumental, autorización para proceder a la incorporación de nuevo personal mediante contratación indefinida, en aplicación de la tasa de reposición de efectivos en la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (en adelante, Agencia).
Segundo. Con fecha 19 de diciembre de 2023, la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia y la Secretaría General de la Administración Pública autorizan varias contrataciones con cargo a la Tasa de Reposición de 2023 considerando que cumple con los requisitos establecidos en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normativa de aplicación.
Tercero. Con fecha 10 de junio de 2024, esta Agencia solicita transformar la contratación indefinida con cargo a la Tasa de Reposición autorizada, por el sistema de provisión de puesto entre personal indefinido procedentes de otras entidades del Sector Público; siguiendo lo establecido en la disposición final cuarta de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024 que modifica la disposición adicional decimonovena de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014 por las que se establecen los criterios para la contratación de personal por las entidades instrumentales y consorcios pertenecientes al sector público.
Cuarto. Con fecha 3 de julio de 2024 la Dirección General de Sector Público Instrumental confirma la autorización para la actuación propuesta en la solicitud anterior.
Quinto. En base al artículo 14 de los Estatutos de la Agencia aprobados por Decreto 69/2023, de 21 de marzo,
RESUELVO
Primero. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria del proceso de selección para cubrir un puesto de Técnico/a de Servicios Jurídicos con complemento de Asesor/a, adscrito a la Secretaría General.
Segundo. Publicar las citadas bases en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en el Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, a los efectos de su conocimiento general.
Tercero. Iniciar el proceso selectivo correspondiente, mediante convocatoria pública, una vez obtenidos los informes preceptivos establecidos en la legislación presupuestaria, cuyo tenor se desarrolla a continuación.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Objeto de la convocatoria.
Se convoca públicamente, con arreglo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, un proceso selectivo que se regirá por lo dispuesto en estas Bases; por lo preceptuado en el Estatuto Básico del Empleado Público; por lo establecido en la normativa del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por lo dispuesto en la autorización de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia de fecha 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea. El objeto de este proceso es la cobertura de un puesto de trabajo de carácter indefinido de Técnico/a de Servicios Jurídicos con complemento de Asesor/a en la Secretaría General de la Agencia, con referencia de la convocatoria: E-TSSJJ-01 Técnico/a de Servicios Jurídicos con complemento de Asesor/a.
De acuerdo con el régimen retributivo de esta entidad, se ha establecido una retribución máxima de 51.051,29 euros brutos anuales, incluyendo las retribuciones básicas, así como otros conceptos que pudieran ser de aplicación, según la normativa de desarrollo citada por la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El centro de trabajo estará ubicado en los Servicios Centrales de esta entidad.
2. Información del puesto ofertado.
Misión del puesto:
Asesorar y apoyar en el ámbito jurídico/legal en materia civil, mercantil, administrativa, laboral y procesal a la Dirección General, a la Gerencia y a todos los órganos directivos de la entidad, así como representar y defender a la organización en los procedimientos administrativos y judiciales que se le encomiende, en cualquier instancia o jurisdicción, principalmente en materia administrativa y ante la jurisdicción contenciosa administrativa.
Funciones del puesto:
1. Función consultiva o de asesoramiento jurídico elaborando informes en derecho sobre las cuestiones jurídicas que se planteen facultativamente por los órganos de la Agencia.
2. Formalización jurídica de las operaciones aprobadas por los órganos de gestión de la Agencia, así como el análisis previo de la legalidad de las resoluciones, acuerdos, subvenciones, contratos, convenios y otros que deba suscribir la Agencia.
3. Elaboración de informes sobre resoluciones, convenios de colaboración, contratación administrativa, encargos a medios propios, expedientes para la revisión de oficio de actos administrativos nulos y de asuntos en los que la Dirección, la Gerencia o la Secretaría General así lo ordene. Gestión de reclamaciones y recursos relativos.
4. Preparación de informes en materia de subvenciones y otros incentivos que adjudique y/o gestione la Agencia. Gestión de reclamaciones y de recursos relativos.
5. Actividad de apoyo con Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en todas las materias que se requieran y en especial en asuntos relacionados con la gobernanza de la Secretaría del Consejo Rector.
6. Tramitación de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín oficial del Estado de resoluciones, actos administrativos y anuncios.
7. Representación y defensa procesal de la Agencia en procesos judiciales y en sus diferentes instancias, así como ante órganos administrativos.
8. Realizar toda aquella función que se le delegue y que esté dentro de su línea de influencia, manteniendo comunicación con el responsable directo, con el fin de cubrir funciones fuera del propio puesto de trabajo cuando las circunstancias así lo requieran.
3. Requisitos de admisión.
Para ser admitidas en el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación los siguientes requisitos de admisión:
a) Ser personal funcionario de carrera o laboral fijo procedente de las consejerías y sus agencias administrativas y de régimen especial, así como a personal laboral indefinido procedente de otras entidades del sector público instrumental andaluz.
b) Titulación Universitaria Superior de Licenciatura o Grado en Derecho, en este último caso se requiere además el Máster habilitante para ejercer la abogacía.
c) Experiencia profesional como empleado/a en entidades del sector público de un mínimo de tres años, al menos en cuatro de las siete primeras funciones relacionadas en el punto 2.º de esta convocatoria.
d) Estar colegiado/a para ejercer la abogacía.
e) Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores, conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Se exigirá tanto el Permiso de Residencia como el de Trabajo, de los extranjeros no contemplado en lo anterior.
f) Ser mayor de edad y no exceder la edad máxima de la jubilación forzosa.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las administraciones públicas o de sus organismos, entidades, empresas, fundaciones o cualesquiera empleadoras dependientes o vinculadas a las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para empleo o cargo público, ni para el desempeño de la profesión o funciones relacionadas con el puesto objeto de la convocatoria. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
h) No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
4. Comité Calificador.
A efectos de valoración del proceso de selección, la Dirección General de la Agencia ha designado a través de resolución, según criterios recogidos en artículo 60 del Estatuto Básico del Empleado Público, la composición del Comité Calificador, que estará integrado por:
• Presidencia.
• Secretaría.
• Vocal.
A cada uno de los miembros se le designará un suplente.
El procedimiento de actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre; en la Ley 40/2015 de 1 de octubre; en la Ley 19/2013 de 9 de noviembre; y a las demás disposiciones vigentes.
Corresponde al Comité Calificador la valoración de los méritos de las personas aspirantes, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que se estimen pertinentes.
El Comité Calificador queda facultado para resolver las dudas que puedan surgir en la aplicación de las presentes bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en caso de requerir el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto. También podrán nombrar personal o empresa que colabore temporalmente en el desarrollo del procedimiento de selección con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que le atribuya el Comité Calificador, y que ejercerá sus funciones conforme a las instrucciones que éste le curse al efecto.
El Comité Calificador tendrá su sede a efectos de comunicaciones y demás incidencias en los Servicios Centrales de la Agencia, C/ Leonardo da Vinci, 17 A- 41092 Sevilla, debiendo dirigirse al mismo a través de la siguiente dirección de correo electrónico seleccion@andaluciatrade.es
Participará como observador en el proceso selectivo un Representante de los Trabajadores de la Agencia, recibiendo información sobre el desarrollo del proceso en todas las fases y actos que los integren, con voz, pero sin voto.
El Comité Calificador se reserva la facultad de descartar del proceso a aquellas candidaturas que incurran en falsedad documental o que no acrediten de forma suficiente los requisitos exigidos.
5. Solicitudes de participación y documentación a presentar.
Solicitudes de participación:
Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán cumplimentar el modelo de solicitud de participación y autobaremación, disponible en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía (apartado Empleo Público: Ofertas de Empleo de entidades Instrumentales). Toda la información asociada a este proceso selectivo se publicará igualmente en este Portal de Transparencia.
La presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigida en la convocatoria, se realizará preferentemente en formato electrónico, según lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o en formato papel, en cualquier Registro oficial habilitado para ello.
En el supuesto de presentar la documentación en formato papel, la persona interesada deberá comunicarlo dentro del plazo de los 2 días naturales posteriores a la presentación de dicha solicitud, mediante correo electrónico a la dirección
seleccion@andaluciatrade.es,
aportando copia de la solicitud y de toda la documentación que le acompañe.
No se admitirán solicitudes de participación remitidas por otras vías. Tanto la no entrega de solicitudes o documentación como su presentación fuera de plazo, serán causa de exclusión provisional del proceso de selección. Será igualmente causa de exclusión del proceso de selección, cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en los datos o documentos aportados.
Documentación a presentar:
Para formar parte del proceso selectivo se deberá presentar obligatoriamente:
• Solicitud de participación y autobaremación cumplimentada y firmada (Anexo I).
• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite la nacionalidad.
• Documentación acreditativa que demuestre el cumplimiento del requisito 3.a de estas bases.
• Fotocopia del anverso y reverso del título de la Licenciatura o Grado exigido como requisito de acceso.
• En el caso de Grado en Derecho, fotocopia del título Máster habilitante para ejercer la abogacía.
• Certificado actualizado de colegiado/a ejerciente.
• Fotocopia de la documentación acreditativa de la formación complementaria susceptible de valoración mediante el certificado o diploma correspondiente.
• Fotocopia de la documentación acreditativa de la experiencia profesional exigida y autobaremada. Se acreditará mediante certificado de funciones en el que conste por función desempeñada la fecha de inicio y fecha fin. Adicionalmente, se podrá entregar contrato de trabajo y/o cualquier otro documento admitido en derecho, que permita constatar que la experiencia aportada se corresponde con la exigida en el puesto convocado.
• Informe de Vida Laboral actualizado.
Esta documentación deberá ir numerada y con su índice correspondiente. Los originales y cualquier otra documentación aclaratoria podrán ser requeridos en cualquier momento del proceso por parte del Comité Calificador.
Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, no se considerará la documentación justificativa de méritos no incorporada ni autobaremada durante el plazo de presentación de solicitudes.
6. Proceso de selección.
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
Fase 1: Preselección.
A la vista de las solicitudes presentadas en plazo y forma, el Comité Calificador se reunirá para decidir las candidaturas que acrediten los requisitos de admisión y las candidaturas que provisionalmente quedarían excluidas.
Se publicará el listado provisional de las candidaturas admitidas y excluidas (incluyendo causa de exclusión), que contendrá como dato identificativo las posiciones 4.ª, 5.ª, 6.ª y 7.ª del DNI.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del citado listado, para poder subsanar los defectos causantes de la exclusión o de la omisión de la lista provisional, mediante la presentación de alegaciones que se remitirán a través del Registro Electrónico, advirtiendo de su presentación mediante mail al buzón seleccion@andaluciatrade.es, dentro del plazo estipulado.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, quedarán excluidos definitivamente de la participación en el proceso selectivo.
Transcurrido dicho plazo y una vez estudiadas y valoradas las alegaciones, el Comité Calificador declarará aprobado y publicará el listado definitivo de personas admitidas y excluidas que pasan a la siguiente fase del proceso de selección. Este listado servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.
Fase 2: Baremación de los méritos (80 puntos).
El proceso de selección se llevará a cabo por el sistema de concurso, y se iniciará con la valoración de los méritos presentados por las candidaturas que hayan superado la fase de preselección.
Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos, conforme al baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto el Anexo I. Esta autobaremación vinculará al Comité Calificador en el sentido de que solo podrán valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la asignada por los mismos en el baremo de méritos, salvo que se aprecien errores aritméticos.
Se puntuará y baremará:
1. La experiencia estará dividida en las siguientes categorías:
a) Categoría 1: Por cada mes completo, adicional a los tres años mínimos requeridos como requisito de admisión, de servicios prestados en agencias públicas empresariales pertenecientes al sector público instrumental andaluz, desarrollando tareas directamente relacionadas con al menos cuatro de las siete primeras funciones del puesto convocado (0,58 por mes), máximo: 70 puntos.
b) Categoría 2: Por cada mes completo, adicional a los tres años mínimos requeridos como requisito de admisión, de servicios prestados en consejerías y sus agencias administrativas y de régimen especial pertenecientes al sector público instrumental andaluz, desarrollando tareas directamente relacionadas con al menos cuatro de las siete primeras funciones del puesto convocado (0,45 por mes), máximo: 70 puntos.
c) Categoría 3: Por cada mes completo, adicional a los tres años mínimos requeridos como requisito de admisión, de servicios prestados en otras entidades, distintas de las recogidas en los apartados a y b, pertenecientes sector público instrumental andaluz, desarrollando tareas directamente relacionadas con al menos cuatro de las siete primeras funciones del puesto convocado (0,39 por mes), máximo: 70 puntos.
La máxima puntuación a alcanzar en el apartado de experiencia será de 70 puntos.
2. Formación:
Formación de Postgrado o Máster en derecho público, diferente al máster para ejercer la abogacía (10 puntos).
La puntuación a alcanzar en el apartado de formación será de 10 puntos.
A la vista de los méritos presentados, el Comité Calificador los valorará y aprobará para su publicación Listado provisional de Méritos.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del citado listado, para poder subsanar los defectos causantes de la exclusión o de la omisión de los méritos no considerados en la lista provisional, mediante la presentación de alegaciones que se remitirán a través de Registro Electrónico, advirtiendo de su presentación mediante mail al buzón de
seleccion@andaluciatrade.es,
dentro del plazo estipulado.
Transcurrido dicho plazo y una vez valoradas las alegaciones por el Comité Calificador, se declarará aprobado mediante acta, y se publicará el listado definitivo con la puntuación de baremación de los méritos de las personas aspirantes que pasan a la siguiente fase del proceso y servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.
Pasarán a la siguiente fase las cinco primeras candidaturas que obtengan las mejores puntuaciones y que hayan superado el 70% de la puntuación de méritos asignada a esta fase. En caso de empate numérico de la puntuación, se tendrá en cuenta el género menos representado en la Agencia para el grupo profesional a cubrir. En caso de continuar el empate, se ordenará aplicando el resultado del sorteo público que ha efectuado la Junta de Andalucía para el año 2024 para determinar el orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen en el ámbito de la Junta de Andalucía y cuya letra es “G”. En caso de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la mencionada letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra siguiente, y así sucesivamente (Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública).
Fase 3: Entrevistas personales (20 puntos).
El Comité Calificador realizará las entrevistas personales en las que se determinará el ajuste del candidato/a al puesto ofertado y la idoneidad de la persona aspirante al mismo. Cada persona deberá realizar la defensa curricular de sus méritos, teniéndose en cuenta:
- Las aptitudes personales de la candidatura.
- La compatibilidad de la persona con el equipo de trabajo en el que se integrará, en caso de ser seleccionada.
- Las competencias, habilidades y conocimientos de la candidatura con el desarrollo eficaz del puesto de trabajo convocado.
La entrevista se realizará en fecha, lugar y hora que oportunamente será comunicada a los candidatos/as a través del correo electrónico especificado en la solicitud a efectos de comunicaciones.
La puntuación mínima a superar en la entrevista personal será, al menos, el 50% de la puntuación asignada. El Comité Calificador se reserva el derecho de declarar desierta la convocatoria ofertada, en el supuesto de que no haya ninguna candidatura que al menos, obtenga el porcentaje establecido.
Asimismo, se reserva la facultad de descartar aquellas candidaturas que incurran en falsedad documental y/o no ratifiquen la experiencia requerida conforme a los requisitos exigidos.
7. Propuesta de adjudicación.
El Comité Calificador, una vez finalizadas todas las fases del proceso, declarará aprobado el Listado Definitivo junto con la puntuación total obtenida de los participantes, con el orden de prelación de puntuaciones sobre las fases del concurso.
La candidatura que supere el proceso de selección será aquella que obtenga la mayor puntuación en el sumatorio final de todas las fases (baremación de méritos y entrevista personal).
8. Finalización proceso.
El proceso finalizará mediante resolución de adjudicación motivada por la persona titular de la Dirección General de la Agencia.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Agencia de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, bien recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.
Sevilla, 7 de octubre de 2024.- El Director General, Antonio Castro Jiménez.
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