Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 03/01/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada Colada del Camino de los Camellos, en el tramo tercero desde su salida del núcleo urbano en el entronque con el anterior tramo modificado hasta finalizar su recorrido en el término por la Dehesa Cabeza del Moro, en el término municipal de El Garrobo, provincia de Sevilla.

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Expte.: VP@01398/2017.

Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada del Camino de los Camellos», en el tramo tercero desde su salida del núcleo urbano en el entronque con el anterior tramo modificado (expte. 43/17) hasta finalizar su recorrido en el término por la Dehesa Cabeza del Moro, en el término municipal de El Garrobo, Sevilla, y vista la propuesta de resolución elevada por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, se desprenden los siguientes

HECHOS

Primero. Que las vías pecuarias del término municipal de El Garrobo (Sevilla), fueron clasificadas y aprobadas por Orden Ministerial de 30 de abril de 1960 (BOE núm. 110, de 7 de mayo de 1960), incluyendo la vía pecuaria denominada Colada del Camino de los Camellos.

Segundo. Por Acuerdo de la extinta Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de fecha 11 de julio de 2022, se inicia el procedimiento de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Colada del Camino de los Camellos» tramo 3.º en el término municipal de El Garrobo, provincia de Sevilla.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (núm. 188), de fecha 16 de agosto de 2022, y notificación a las partes interesadas en el procedimiento, tuvo lugar el día 18 de noviembre de 2021.

Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (núm. 55), de fecha 9 de marzo de 2023, y notificada a las partes interesadas.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad la resolución del procedimiento de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y en el artículo 21.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Colada del Camino de los Camellos», en el término municipal de El Garrobo, provincia de Sevilla, fue clasificada por la citada Orden Ministerial, siendo esta clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «(…) el acto administrativo de carácter administrativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria (...)».

Cuarto. Con base a lo determinado en los artículos 8.1 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y 17.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, la definición de la vía pecuaria se ha ajustado a lo declarado en el acto de clasificación.

Quinto. Durante la instrucción del procedimiento, no se han formulado alegaciones.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos, la propuesta favorable de deslinde formulada por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla, de 1 de agosto de 2023,

RESUELVO

Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Colada del Camino de los Camellos», tramo tercero, desde su salida del núcleo urbano en el entronque con el anterior tramo Modificado (Expte. 43/17) hasta finalizar su recorrido en el término por la Dehesa Cabeza del Moro, en el término municipal de El Garrobo, provincia de Sevilla, de conformidad con el Proyecto que figura anexo y con la descripción y las siguientes características:

- Longitud = 698,08 metros.

- Anchura Legal = 25 metros.

Descripción registral: Finca rústica en el término municipal de El Garrobo, provincia de Sevilla, de forma más o menos rectangular y alargada, con una dirección predominante de noroeste a sudeste y una anchura de 25 metros, la longitud deslindada es de 698,08 metros y la superficie deslindada de 17.465,66 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como «Colada del Camino de los Camellos», tramo tercero desde su salida del núcleo urbano en el entronque con el anterior tramo Modificado (Expte. 43/17), hasta finalizar su recorrido en el término por la Dehesa Cabeza del Moro , en el término municipal de El Garrobo, que linda:

- Inicio (Noroeste): Linda con la continuación de esta Vía Pecuaria, Colada del Camino de los Camellos en el término municipal de El Garrobo deslindado y Modificado su trazado (Expte. 43/17) (Ref. Catastral 41043A00509006*), y con las parcelas catastrales 41043A00500003 y 41043A00209014.

- Margen derecha (Sudoeste): Linda con las parcelas catastrales 41043A00500003, 41043A00509006, 41043A00500004 y 41043A00500005.

- Margen izquierda (Noreste): Linda con las parcelas catastrales 41043A00509006, 41043A00209014 y 41043A00200039.

- Final (Sudeste): Linda con las parcela catastrales: 41043A00500005, 41043A0020914, y 41043A00509006 y con el tramo anterior de la Vía Pecuaria Cordel de Gerena a Extremadura, tramo primero en el término municipal de El Garrobo, incluido en el expediente en trámite de deslinde parcial VP/35/2023.

Relación de coordenadas UTM (ETRS 1989 HUSO 30) de la vía pecuaria denominada «Colada del Camino de Los Camellos», en el tramo tercero desde su salida del núcleo urbano en el entronque con el anterior tramo modificado (expte. 43/17) hasta finalizar su recorrido en el término por la Dehesa Cabeza del Moro, en el término municipal de El Garrobo, son:

PUNTOS COORDENADA (X) COORDENADA (Y) PUNTOS COORDENADA (X) COORDENADA (Y)
1I 220.218,55 4.168.424,79
2I 220.246,28 4.168.416,20
3I 220.269,67 4.168.400,16 4D 220.269,03 4.168.362,75
4I 220.288,47 4.168.378,50 5D 220.299,84 4.168.324,67 5I
220.319,36 4.168.340,30 6D 220.324,90 4.168.293,03 6I 220.344,74
4.168.308,25 7D 220.352,19 4.168.256,36 7I 220.372,88 4.168.270,44
8D 220.382,59 4.168.207,36 8I 220.404,04 4.168.220,20 9D
220.423,20 4.168.137,11 9I 220.444,23 4.168.150,68 10D 220.459,96
4.168.085,83 10I 220.479,84 4.168.101,00 11D 220.506,02 4.168.028,98
11I 220.524,28 4.168.046,16 12D 220.553,92 4.167.985,05 12I
220.571,20 4.168.003,12 13D 220.577,61 4.167.961,42 13I 220.595,86
4.167.978,52 14D 220.674,37 4.167.850,81 14I 220.676,67 4.167.886,14
15D 220.692,62 4.167.831,04 1C
220.676,67 4.167.886,14 2C 220.676,67
4.167.886,14 3C 220.676,67 4.167.886,14
4C 220.676,67 4.167.886,14
5C 220.676,67 4.167.886,14
6C 220.676,67 4.167.886,14
7C 220.676,67 4.167.886,14 8C
220.676,67 4.167.886,14

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente resolución.

Sevilla, 4 de diciembre de 2023.- El Director General, P.S. (Orden de 28.11.2023), el Viceconsejero, Sergio Arjona Jiménez.

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