Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Viceconsejería, por la que se convoca la XXXIX Edición de los Premios Andalucía de Periodismo, correspondiente al año 2024.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00309234.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
Mediante la Orden de 11 de noviembre de 2021, se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se regula el Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo (BOJA núm.221, de 17 de noviembre de 2021).
La Consejería competente en materia de la Presidencia convoca anualmente los Premios Andalucía de Periodismo a fin de fomentar el tratamiento en los medios de comunicación de temas referidos a Andalucía, contribuir a la difusión de los aspectos sociales, económicos y culturales de la Comunidad Autónoma y el conocimiento de su Estatuto de Autonomía y reconocer la calidad de dichos trabajos periodísticos.
De esta manera, tras la celebración de los Premios en sus XXXVIII ediciones anteriores, procede en este ejercicio 2024, mediante la presente resolución, convocar la XXXVIX edición de los Premios Andalucía del Periodismo, de conformidad con las modalidades de Premios creadas en las citadas bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 11 de noviembre de 2021, así como conceder la IV edición del Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo.
Según las citadas bases reguladoras, hay hasta siete modalidades de premios a convocar, dotadas cada una en la cuantía de 10.000 euros, por lo que, en principio, sería necesaria una dotación económica total de 70.000 euros.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se regula el Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo,
RESUELVO
Primero. Convocatoria y modalidades de los Premios Andalucía de Periodismo.
Se convoca la XXXVIX edición de los Premios Andalucía de Periodismo, correspondiente al año de 2024.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, los premios se concederán en las siguientes modalidades:
a) Prensa escrita.
b) Radio.
c) Televisión.
d) Fotoperiodismo.
e) Infografía.
f) Proyección internacional de Andalucía.
Segundo. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo establecido en el artículo 2 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.
Tercero. Solicitudes. Plazo, forma y lugar de presentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del mismo día de la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Las personas interesadas en participar en estos Premios deberán dirigir las solicitudes a la Viceconsejería de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
3. Las personas físicas referidas en los apartados a) y b) del artículo 4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, podrán optar por la presentación de las solicitudes a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, que será preferente, y en los restantes registros electrónicos del artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, por los otros lugares y registros a que se refiere el artículo 16.4.
4. Las personas jurídicas referidas en el apartado c) del artículo 4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, deberán presentar las solicitudes a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, que será preferente, o en los restantes registros electrónicos a que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. Las solicitudes se presentarán ajustándose a los formularios que constan como anexo I de la presente resolución de convocatoria, que además estará disponible en soporte papel y en el portal de la administración la Junta de Andalucía, a través de la página web de la Consejería competente en materia de la Presidencia. En la solicitud deberá constar la identidad de las personas interesadas y se acompañará de la documentación exigible para cada modalidad, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden de 11 de noviembre de 2011.
Cuarto. Requisitos de publicación de los trabajos a presentar y documentación a presentar.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Orden de 11 de noviembre de 2021, los trabajos que se presenten deberán haber sido difundidos o publicados en los medios de comunicación dentro del periodo comprendido entre el 27 de octubre de 2022 y el día anterior a la publicación de la presente convocatoria en el BOJA. Debiendo constar expresamente su fecha de publicación.
2. Con carácter general, como requisitos de los trabajos a presentar, se deberán cumplir los establecidos en el artículo 4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.
3. La documentación a presentar será la establecida en el artículo 6 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.
Quinto. Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo.
1. Sin sujeción al procedimiento de concurrencia competitiva, a propuesta motivada de los miembros del Jurado se podrá proponer la concesión del Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional, que deberá ser concedido por acuerdo de la mayoría del jurado.
2. El Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo reconocerá en cada edición la labor de una persona profesional del periodismo o la comunicación de reconocido prestigio que haya contribuido a la defensa y proyección de Andalucía a lo largo de su carrera.
Sexto. Cuantía de los premios, imputación presupuestaria y fiscalización previa.
1. Los Premios Andalucía de Periodismo estarán dotados para cada una de las modalidades a que se refiere el apartado primero de la presente resolución, en la cuantía de 10.000 euros; ello sin perjuicio de que se puedan otorgar las menciones especiales que se indican en el artículo 3.4 de la Orden de 11 de noviembre de 2021.
2. El Premio Andaluz a la Trayectoria Profesional del Periodismo estará dotado en la cuantía de 10.000 euros.
3. La dotación económica de los premios asciende para esta convocatoria a 70.000 euros. Los pagos se imputarán a la partida presupuestaria G/11A/480.01/00 del estado de gastos del presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2025, o la que corresponda, previa modificación presupuestaria, en función del tipo de persona beneficiaria.
4. El gasto que genere la concesión de los premios está sometido a fiscalización previa. Igualmente, la concesión de los premios estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
Séptimo. Designación de los miembros del Jurado.
El Jurado para esta convocatoria estará compuesto por los siguientes miembros:
- Presidencia: Tomás Burgos Gallego.
- Vocalías:
Juan Manuel Márquez Vergara.
Inmaculada León Castro.
Beatriz Rodríguez Fernández.
Elena María Carazo García.
María José López Olmedo.
Sebastián Torres Haro.
- Secretaría: Jorge Conde López.
Octavo. Instrucción del procedimiento.
Los actos de instrucción del procedimiento corresponden a la Viceconsejería de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
Noveno. Resolución de concesión.
La resolución motivada de concesión de los premios corresponderá al Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, siendo publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Décimo. Formularios.
1. Se aprueban los siguientes formularios del procedimiento:
- Formulario de presentación de solicitudes (Anexo I de esta convocatoria).
- Formulario de alegaciones/aceptación (Anexo II de esta convocatoria).
- Formulario de declaración de los grupos de trabajo (Anexo III de esta convocatoria).
2. Los formularios que se acompañan a la presente convocatoria se podrán obtener
en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.
Undécimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efecto el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de octubre de 2024.- El Viceconsejero, Tomás Burgos Gallego.
Descargar PDFBOJA nº 203 de 17/10/2024