Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 21/10/2024

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Anuncio de 3 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad sobre el pago de expediente de expropiación forzosa que se cita.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00309440.

PAGO DE EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN

Aprobado el expediente de expropiación, de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras de obras de emergencia para reparación de socavón bajo carril y arcén derechos en el p.k. 101+600 y reparación de IDT en el p.k. 103+600 de la carretera A-348, Clave: 02-AL-2060-MA-1 y una vez hecho efectivo el libramiento para el pago del percibo de 30.128,49 €, importe del Mutuo Acuerdo, Remesa núm. 01, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa, modificado por disposición adicional 10 de la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre.

Para el percibo de las cantidades que le corresponden mediante transferencia bancaria y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, modificado por disposición adicional 10 de la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre, y del artículo 52 y siguientes del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, se deberá de presentar la documentación que se detalla a continuación en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 15 días a computar desde el día siguiente a la presente notificación.

1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario, indicando la cantidad que le corresponde a cada uno, acreditando el porcentaje de participación de cada uno de ellos, y, en su defecto, conste en el expediente autorización expresa para que figure en la propuesta contable uno de ellos.

2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o Pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.

3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o Poder «Apud Acta», otorgado ante el secretario/a del Ayuntamiento o ante la Secretaria General Provincial de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho Poder, así como fotocopia del DNI del representante.

4. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia de la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.

5. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o en su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificación negativas del Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.

6. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada, deberán aportar autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.

7. Certificado bancario original con el sello original de la entidad, con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.

A estos efectos el Registro Electrónico único de la Junta de Andalucía está accesible en la siguiente sede electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/servicios.html

De no presentar la documentación solicitada, el importe del Mutuo Acuerdo, será depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en Almería, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.

En el supuesto de que desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la Delegación Territorial.

Al mismo tiempo se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan comparecer en la Delegación Territorial y formular la reclamación que en su derecho convenga, para la cual deberán ir provistos de los documentos en que fundamenten su intervención, previa solicitud de cita previa.

ANEXO I

Expediente de Mutuo Acuerdo. Remesa núm. 01. Obra: Obras de emergencia para reparación de socavón bajo carril y arcén derechos en el p.k. 101+600 y reparación de IDT en el p.k. 103+600 de la carretera A-348 Clave: 02-AL-2060-MA-1 t.m.: Canjáyar (Almería).

Número Finca Plano Parcelario Titular
FINCA 1 MARÍA ISABEL RODRÍGUEZ TAMAYO

Almería, 3 de octubre de 2024.- La Delegada, Dolores Martínez Utrera.

Descargar PDF