Extracto de la Orden de 20 de octubre de 2024, por la que se convocan subvenciones de la línea de fomento de acciones dirigidas a la seguridad del paciente a través de la promoción de la salud de las personas profesionales sanitarias, en régimen de concurrencia no competitiva.
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BDNS: 793087.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 12.1 de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, en adelante Bases Reguladoras Tipo, se publica el Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria y objeto.
Convocar subvenciones conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 1 de agosto de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo (BOJA núm. 151, de 8 de agosto) en proyectos destinados a la siguiente Línea:
Línea 3. Fomento de acciones dirigidas a la seguridad del paciente a través de la promoción de la salud de las personas profesionales sanitarias.
Segundo. Personas beneficiarias.
1. Los requisitos generales que han de acreditar las entidades interesadas, la presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones, su abono, la justificación de gasto y destino se regirán por lo previsto en la citada Orden de 1 de agosto de 2022.
2. En atención a lo contemplado en el apartado 4.a)1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea, sólo se podrán subvencionar proyectos presentados por colegios oficiales de profesionales sanitarios de Andalucía y sus consejos generales.
Tercero. Financiación y cuantía máxima de las subvenciones a otorgar con la convocatoria.
1. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
2. Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos asignados a las partidas y programas presupuestarios siguientes del programa 41D, por una cuantía máxima de 150.000,00 €, con la siguiente distribución:
Ejercicio | Partida Presupuestaria | Crédito |
---|---|---|
2024 | 1300010000 G/41D/48103/00 | 150.000,00 € |
Cuarto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de las Bases Reguladoras Tipo, el plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria y de su extracto.
2. El lugar de presentación de las solicitudes de subvención será, según lo previsto, en el artículo 10.c) del Cuadro Resumen, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
3. Los formularios de solicitud, y en su caso, de alegaciones y otras posibles actuaciones a realizar, se encuentran publicadas en BOJA, junto con la convocatoria, y que igualmente se puede acceder a ellos través del Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones.
Quinto. Cuantía máxima a conceder por solicitud presentada y duración de los proyectos subvencionables.
1. La cuantía máxima a conceder a cada solicitud presentada, que reúna los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, será de 150.000 €.
2. Los proyectos deberán realizarse en los ejercicios presupuestarios 2023 y 2024, salvo modificación de la resolución de concesión.
Sevilla. La Consejera de Salud y Consumo, Rocío Hernández Soto.
Descargar PDFBOJA nº 210 de 28/10/2024