Anuncio de 22 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por el que se hace pública la resolución del concurso público de registros mineros en la provincia de Málaga, publicado en BOJA número 243, de fecha 21 de diciembre de 2023.
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El Delegado Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga hace saber que, por Resolución de 18 de octubre de 2024, ha sido resuelto el concurso público de registros mineros en la provincia de Málaga convocado en el BOJA número 243, de 21 de diciembre de 2023, la cual se hace pública de conformidad con el artículo 73 del R.D. 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el régimen de la minería.
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se declara franco y registrable el terreno del concurso público de registros mineros, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 243, de 21 de diciembre de 2023.
Visto el expediente instruido por esta Delegación Territorial, referente a la convocatoria de concurso público de derechos mineros, resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Minas, se declararon francos los terrenos y se convocó concurso público para investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en la provincia de Málaga, publicada en el BOJA núm. 243, de 21 de diciembre de 2023, y en el BOE núm. 292, de 7 de diciembre de 2023.
Segundo. Con fecha 8.1.2024 la entidad Federación de Ecologistas en Acción- Andalucía interpone recurso de alzada contra la citada resolución de fecha 19.10.2023.
Dicho recurso fue desestimado por Resolución de la Consejería de Industria, Energía y Minas, de fecha 5.2.2024.
Tercero. Con fecha 27.2.2024 se publica en BOJA núm. 41, Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Minas, por la que se modifica la base tercera del Anexo II de la resolución por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público para la investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros que se citan, comprendidos en la provincia de Málaga.
Tercero. La Mesa para el Concurso Público para Investigación Minera se constituyó el 4 de marzo de 2024, presidida por el Secretario General Provincial de Industria, Energía y Minas.
Se constató la entrada a través del Sistema de Información de Relaciones Electrónicas en materia de Contratación SIREC-Portal de licitación, dentro del plazo establecido, de una única solicitud, correspondiente a la entidad Demoliciones, Transportes y Excavaciones José María Alarcón Moreno, S.L., y se procedió a la apertura del sobre número 1.
Analizada la documentación presentada, se detectó que no reunía alguno de los requisitos exigidos en las bases, por lo que se acordó requerir a la entidad concursante para que subsanara la falta en el plazo de 3 días hábiles.
Cuarto. El día 8 de abril de 2024 se reunió la Mesa, para comprobar la documentación presentada por la empresa, acordando su admisión y procediendo a la apertura del sobre número 2.
La entidad concursante solicita la totalidad de la superficie del derecho «La Inesperada» núm. 6018.
Comprobada la documentación aportada por la licitadora, la Mesa consideró necesario pedir una serie de subsanaciones, aclaraciones y ratificaciones a la entidad Demoliciones, Transportes y Excavaciones José María Alarcón Moreno, S.L., de conformidad con el apartado 5 del Anexo II de las Bases, en el plazo de 3 días hábiles.
Quinto. Reunida la Mesa el 5 de septiembre de 2024 y examinada la documentación aportada por los licitadores en respuesta al requerimiento de subsanación referido al segundo sobre, se determinó que se debe excluir la solicitud de Demoliciones, Transportes y Excavaciones José María Alarcón Moreno, S.L., para el derecho minero «La Inesperada» núm. 6018, por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases del concurso, en concreto, por no quedar acreditada la solvencia económica y financiera de la empresa conforme a ninguno de los dos medios especificados en la base primera, epígrafe 5, apartado e) y por no cumplir el documento de Plan de Restauración con el contenido mínimo establecido en el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos mineros de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para resolver el procedimiento según lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; en los artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, modificado por el Decreto 116/2023, de 23 de mayo, y el Decreto 171/2024, de 26 de agosto; el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, y el Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
Segundo. El artículo 73 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería, establece que: «Si el concurso quedase desierto, la Delegación Provincial declarará el terreno franco y registrable, haciéndolo constar así en el acto de celebración de aquel y lo publicará en los Boletines Oficiales correspondientes, con la indicación de que podrá ser solicitado después de transcurridos ocho días desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado».
Tercero. Según la base novena del Anexo II del concurso convocado por Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Minas, en el supuesto que no se hubieran presentado solicitudes para todos, alguno, o parte de la superficie de los registros, o en el caso que no quedara ninguna solicitud válida tras los procesos de subsanación y admisión de solicitudes, el órgano competente declarará desierto el concurso para tales derechos mineros, así como la condición de francos y en su caso registrables a los terrenos para solicitudes de nuevos derechos mineros según la normativa vigente.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, esta Delegación Territorial
RESUELVE
Declarar desierto el concurso público para investigación minera en los terrenos comprendidos en los registros mineros comprendidos en la provincia de Málaga, así como, declarar franco y en su caso registrable el terreno ocupado por los derechos mineros que figuran en la siguiente relación, pudiendo ser solicitado después de transcurridos ocho días desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
NÚM. | TIPO DERECHO | NOMBRE | RECURSO | TÉRMINOS MUNICIPALES | SUPERFICIE |
---|---|---|---|---|---|
1908 | CE | RAFAELA | Esteatita | Mijas | 12 Pertenencias |
5942-1 | CE | ESPERANZA FRACC1 | Talco | Mijas | 39 Pertenencias |
5942-2 | CE | ESPERANZA FRACC2 | Talco | Mijas | 18 Pertenencias |
6018 | CE | LA INESPERADA | Talco | Mijas | 14 Pertenencias |
6314 | CE | YEBOSA | Yeso | Antequera | 19 CM |
6771 | PI | EL BUHO | Caliza y dolomía | Antequera y Valle de Abdalajís |
21 CM |
6817 | PI | VERDIALES | Calizas y arenas | Villanueva de Tapia y Villanueva de Algaidas |
4 CM |
6823 | PI | YEBOSA 3 | Yeso | Antequera | 13 CM |
30578 | PI | LOS HOYOS | Sección C) | Loja (Granada) y Archidona (Málaga) |
3 CM |
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de recepción de esta comunicación, de conformidad con los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el art. 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Málaga, 22 de octubre de 2024.- El Delegado, Carlos García Giménez.
Descargar PDFBOJA nº 210 de 28/10/2024